Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2007 (01/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de agosto de 2007

Su funcion se rige por la Constitucion Politica del Peru, su ley de organizacion y funciones, la presente Ley y demas normas legales pertinentes. Articulo 30º.- Comandante General La Fuerza Aerea es comandada por el Comandante General. Este Comandante es designado por el Presidente de la Republica y depende del Ministro de Defensa. El Comandante General es designado entre los tres (3) Tenientes Generales de MORDAZA, Comando y Combate de mayor antiguedad en el escalafon de oficiales en actividad. Ejerce el cargo por un periodo no mayor de dos (2) anos. Ostenta los distintivos correspondientes y la denominacion de General del Aire. TITULO VI ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DEL SECTOR CAPITULO I ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Articulo 31º.- Organismos Publicos Descentralizados Los Organismos Publicos Descentralizados del Sector son entidades de derecho publico interno con autonomia tecnico-administrativa. Contribuyen a implementar la politica de Defensa Nacional. El Ministro dicta sus lineamientos de politica institucional. Son Organismos Publicos Descentralizados del Sector: 1. El Instituto Geografico Nacional (IGN); 2. El Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia (SENAMHI); 3. El Servicio Aerofotografico Nacional (SAN); 4. La Escuela Nacional de MORDAZA Mercante (ENAMM); y, 5. La Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA). CAPITULO II EMPRESAS DEL SECTOR Articulo 32º.- Empresas del Sector Las Empresas del Sector son entidades estatales de derecho privado. Tienen a su cargo la produccion de bienes o la prestacion de servicios en funcion de los objetivos de la Politica de Defensa Nacional. Las empresas del Sector pueden asociarse con capitales privados, nacionales e internacionales, a fin de ampliar su MORDAZA al MORDAZA comercial. El Ministro dicta los lineamientos de politica institucional para promover el desarrollo tecnologico de estas empresas. El Ministro cuenta con un representante en el directorio. Se rigen por la Constitucion Politica del Peru, por sus respectivas leyes de creacion, la presente Ley, por la normativa de la actividad empresarial del Estado y, supletoriamente, por la Ley General de Sociedades. Son empresas del Sector: 1. El Servicio Industrial de la MORDAZA (SIMA S.A.) 2. La Industria Aeronautica del Peru (INDAER PERU S.A.) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Estructura organica y presupuesto del Ministerio de Defensa Los gastos que genere la implementacion de las acciones dispuestas en la presente MORDAZA se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. SEGUNDA.- Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA) La Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA) es una institucion publica con fines pacificos, con el estatus de Agencia Espacial del Peru.

TERCERA.- Reglamento de Organizacion y Funciones El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa se sometera a consideracion del Consejo de Ministros, para su respectiva aprobacion, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la vigencia de la presente Ley. El Reglamento de Organizacion y Funciones desarrollara las relaciones funcionales y administrativas de los organismos y organos del Sector. CUARTA.- Cuadro de Asignacion de Personal y Manual de Organizacion y Funciones Facultase al Ministerio de Defensa para formular, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, computados a partir de la entrada en vigencia de su Reglamento, el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) y el Manual de Organizacion y Funciones (MOF), aprobados por resolucion suprema. QUINTA.- Adecuacion de la estructura organica Facultase al Ministro de Defensa para emitir las disposiciones pertinentes a efecto de la implementacion de la nueva estructura organica del Ministerio, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. SEXTA.- Industria Aeronautica del Peru S.A. (INDAER-PERU S.A.) Facultase al Ministerio de Defensa para que, en el plazo de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, formule los estudios y analisis economicos destinados a definir la situacion institucional y viabilidad economica de INDAERPERU S.A. SETIMA.- Transportes Aereos Nacionales de MORDAZA (TANS S.A.) El Ministerio de Defensa debera disponer las acciones de su competencia sectorial a efectos de la disolucion y liquidacion de la empresa de Transportes Aereos Nacionales de MORDAZA (TANS S.A.) dispuesta por Decreto Supremo Nº 130-2006-EF. En tanto culmine su MORDAZA de liquidacion, sera considerada como una empresa del Sector Defensa. OCTAVA.- Existencia legal y personeria juridica de los Organismos Publicos Descentralizados Los Organismos Publicos Descentralizados, a que se contrae el articulo 31º de la Ley, adquieren existencia legal y personeria juridica a efectos de lo dispuesto por el articulo 76º, in fine, del Codigo Civil, con la entrada en vigencia de la presente Ley. DISPOSICION DEROGATORIA UNICA.- Derogacion de la Ley Nº 27860. Derogase la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa. DISPOSICION FINAL UNICA.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de su Reglamento en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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