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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de agosto de 2007 350522 en concesión la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en el extremo referido a la modalidad del otorgamiento de la concesión, estableciendo que será a título gratuito conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 3 del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobar las modi fi caciones al Plan de Promoción de la Inversión Privada, debiendo el acuerdo correspondiente ser rati fi cado mediante resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rati fi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 26 de junio de 2007, mediante el cual se acordó aprobar la modi fi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión de la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en el extremo referido a la modalidad del otorgamiento de la concesión, estableciendo que será a título gratuito, conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 90805-6 Exoneran de proceso de selección la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2007-EF/43 Lima, 27 de julio de 2007Vistos: el O fi cio Nº 267-2007-EF/42.01 de la O fi cina General de Informática y Estadística y los Informes N°s. 214-2007-EF/43.50 y 1501-2007-EF/60.01 de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan la confi guración del supuesto de servicios que no admiten sustitutos, previsto en el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modi fi catorias para la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, según el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modi fi catorias, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modi fi catorias, señala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, actualmente 612 unidades ejecutoras del Gobierno Nacional y Regional, así como 1831 municipalidades a nivel nacional registran información para el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF SP, utilizando como un medio de transmisión el Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, Telefónica del Perú S.A.A., es la única empresa que tiene una cobertura de telefonía básica a nivel de todos los departamentos y distritos del país, pudiendo brindar el Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas, a todos aquellos que cuenten con una línea instalada en su local; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas sólo es posible obtenerlo de Telefónica del Perú S.A.A., por ser la única empresa que brinda cobertura local y nacional del servicio de telefonía básica, en consecuencia su contratación se enmarca dentro del supuesto previsto en el artículo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por tanto procedería la misma en vía de exoneración bajo la causal de servicios que no admiten sustitutos; Que, con la Resolución Directoral N° 342-2007- EF/43.01 se aprobó la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas, para el Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2007, del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, para tal efecto, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Memorando N° 867-2007-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la contratación del mencionado servicio; Que, el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas que brinda la empresa Telefónica del Perú S.A.A., como servicios que no admiten sustitutos de conformidad con el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modi fi catorias. Artículo 2°.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del Servicio de Transmisión de Datos a la Red Privada (Intranet) del Ministerio de Economía y Finanzas que brindará la empresa Telefónica del Perú S.A.A.