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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (08/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350950 ENERGIA Y MINAS Aprueban donación del Fondo Fiduciario de múltiples donantes a favor de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2007-MEM/DM Lima, 3 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, con fecha 16 de marzo de 2005, el Gobierno del Perú, a través de sus representantes, expresó su apoyo a la Declaración de la Conferencia de Londres, sobre la Iniciativa de Transparencia en las Industrias Extractivas (EITI), la misma que ha sido promovida por el Gobierno del Reino Unido, como parte del Grupo de los Ocho; Que, el 15 de mayo de 2005, mediante un comunicado público, el Ministerio de Energía y Minas, manifestó la adhesión del Gobierno Peruano a los principios del EITI y a su proceso de implementación, situación que implica el compromiso de un esfuerzo sistemático y compartido entre organizaciones de la sociedad civil, instituciones del Estado y empresas de las industrias extractivas, particularmente en el ámbito del Sector de Energía y Minas; Que, la adhesión del Gobierno del Perú a la EITI, tiene por objeto hacer transparente los ingresos y pagos provenientes de los sectores petrolero, gasífero y minero hacia el Estado, así como desde éste, hacia entidades fi nales de gasto público; Que, en abril del año 2005, con la participación del Ministerio de Energía y Minas, representantes de las diferentes entidades del Estado, empresas y organizaciones de la sociedad civil, vinculados a las industrias extractivas, se formuló el “Plan de Acción para la Implementación de la EITI”, el cual ha sido sometido a consulta y divulgación en el portal electrónico del Ministerio de Energía y Minas; Que mediante el Decreto Supremo Nº 027-2006-EM, se aprobó el “Plan de Acción para la Implementación de la Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas – EITI”, disponiéndose su implementación y ejecución dentro del marco de los compromisos asumidos por el Gobierno del Perú. Asimismo, se creó la Comisión de Trabajo de la EITI para la ejecución del referido Plan de Acción; Que, el artículo 11º del mencionado Decreto Supremo, estableció que la vigencia y funcionamiento de la Comisión de Trabajo de la EITI sería hasta diciembre de 2006, y posteriormente, el Decreto Supremo Nº 030-2007-EM, modi fi có la norma anteriormente citada, ampliando el plazo de vigencia y funcionamiento de la Comisión hasta junio del año 2008; Que, el proceso de implementación de la EITI, en sus tareas iniciales, se realizará con el apoyo del Banco Mundial, institución que también auspicia a la EITI, para lo cual el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito un Memorando de Entendimiento que precisa los compromisos recíprocos que harán viable la ejecución en el Perú del “Plan de Acción para la Implementación de la EITI”; Que, en ese sentido, resulta necesario la suscripción de la Carta de Acuerdo a suscribirse entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial) y el Ministerio de Energía y Minas en representación del Gobierno Peruano, a fi n de que nos sea otorgada la donación efectuada a favor de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica de Sector Energía y Minas, y en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la donación del Fondo Fiduciario de múltiples donantes a favor de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas del Perú – Donación Nº TF057870 administrada por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento por el monto de US$ 300 000 (Trescientos Mil y 00/100 Dólares Americanos), copia de cuyo texto se adjunta a la presente Resolución. Artículo Segundo.- Designar la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, a cargo de la Secretaría Técnica de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI), como Unidad Ejecutora en el ámbito de la cooperación internacional de la donación aprobada en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo Tercero.- Agradecer la donación del Fondo Fiduciario de múltiples donantes a favor de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas del Perú, administrada por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 92815-1 Prorrogan plazo para la culminación del proceso de fusión dispuesto por el D.S. Nº 026-2007-EM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2007-MEM/DM Lima, 6 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 26 de junio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, disponiéndose en la Única Disposición Complementaria Final que el plazo de conclusión del proceso de fusión señalado en la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 026-2007-EM, podrá ser prorrogado por 30 días calendario, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión de Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Informe Nº 0029-2007-MEM-VME- FONER y Memorándum (M) N° 0450-07-MEM/DEP-DAF, el Gerente del Proyecto Foner y el Director de Administración y Finanzas de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, respectivamente, solicitan la ampliación de plazo para la culminación del proceso de fusión dispuesto por el Decreto Supremo N° 026-2007-EM, hasta por un plazo de 30 días calendario; Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinión favorable a la recomendación efectuada por los documentos señalados en el considerando anterior referido al proceso de fusión dispuesto en el Decreto Supremo N° 026-2007-EM; Que, en consecuencia, corresponde expedir la Resolución Ministerial que disponga la prórroga del plazo para la conclusión del proceso de fusión a que se re fi ere la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, por un período de 30 días calendario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prorrogar, por un período de 30 días calendario, el plazo para la conclusión del proceso de fusión a que se re fi ere la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 031-2007-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 93738-1