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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de agosto de 2007 351344 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Fijan montos de derechos de trámite de procedimientos administrativos establecidos en la Ordenanza Nº 117 vinculados al funcionamiento de establecimientos DECRETO DE ALCALDÍA N° 021 San Juan de Lurigancho, 2 de agosto de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Memorándum Nº 542-GDE-2007/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 0078-2007-GP/MDSJL de la Gerencia de Plani fi cación, el Informe Nº 324-2007-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 1642-2007-GM/ MDSJL de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su Artículo 38º, numeral 5), establece que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 117, de fecha 18 de julio del 2007, el Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho aprobó la Ordenanza que regula los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el distrito, adecuándose a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 117 autoriza al despacho del señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar los plazos señalados, así como para que dicte las disposiciones necesarias para su mejor cumplimiento; Que, mediante el Informe Nº 0078-2007-GP/MDSJL, la Gerencia de Plani fi cación remite la estructura de costos de los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 117-2007, que regula los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el distrito; Que, cabe precisar que el citado informe señala que la estructura de los derechos de trámite antes indicada, no representa un incremento respecto de los costos establecidos en la Ordenanza Nº 028, que aprueba los procedimientos, requisitos y costos administrativos de esta entidad edil, ni en la Ordenanza Nº 029 que aprueba el TUPA, y tampoco en la Ordenanza Nº 047 que regula el trámite de licencia de funcionamiento en el distrito; Estando a lo antes expuesto, y de conformidad con el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Fijar los derechos de trámite de los procedimientos administrativos establecidos en la Ordenanza Nº 117, de fecha 18/07/2007, que se encuentran sustentados en la estructura de costos anexa al Informe Nº 0078-2007-GP/MDSJL, los cuales se detallan a continuación: PROCEDIMIENTODERECHO DE TRÁMITEDEFENSA CIVIL TOTAL Licencia de Funcionamiento Grupo 1Evaluación Ex Post.S/.180.00* S/.41.40 S/.221.40 Licencia de Funcionamiento Grupo 2Evaluación Ex Ante.S/.180.00 S/.141.45 S/.321.45 Licencia de Funcionamiento Grupo 3 Evaluación INDECIS/.400.00 - - S/.400.00 Cambio de denominación y/o razón social de la persona jurídica autorizada.S/.90.00 ** S/.90.00 + ** Modi fi cación de giro y/o área del establecimiento.S/.90.00 *** S/.90.00 + *** Autorización de Funcionamiento para cesionarios.S/.50.00 **** S/.50.00 + **** Constancia de Licencia de Funcionamiento.S/.50.00 - - S/.50.00 Duplicado de Licencia S/.40.00 - - S/.40.00 * Los establecimientos ubicados en AA.HH. para el Grupo 1, tendrán un descuento del 30% en el Derecho de Trámite de la Licencia. ** En los casos que el cambio de la denominación y/o razón social de la persona jurídica conlleve la emisión de más de una licencia, se deberá abonar el monto de la licencia adicional, encontrándose sujeto al cumplimiento de las disposiciones de Defensa Civil. *** La modi fi cación o cambio de giro conlleva al cumplimiento de las exigencias en Defensa Civil que corresponda de acuerdo a la normatividad vigente. **** Encontrándose sujeto al cumplimiento de las disposiciones de Defensa Civil según corresponda. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico; Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 95268-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000340-2007-MDSJM-A Mediante O fi cio Nº 261-2007-MDSJM-SG, la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 000340-2007-MDSJM-A, publicada en nuestra edición del día 2 de agosto de 2007.