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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (11/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de agosto de 2007 351333 Fondos Regionales y Provinciales contra accidentes de tránsito), se considerará como válido para la tramitación de solicitudes, control y la fi scalización a que se re fi ere la presente Ordenanza. Quinto.- Los conductores de vehículos menores sin prejuicio de lo dispuesto en la presente Ordenanza, deberán cumplir con las normas de código de tránsito, reglamento de tránsito y seguridad vial además de todas !as disposiciones que la Municipalidad emita. Sexto.- Para la prestación de servicios en vehículos menores con los distritos colindantes la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, se deberá suscribir el Convenio de Gestión Común. Sétimo.- La Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, dentro del plazo de 120 (ciento veinte) días calendarios de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, procederá a la señalización de la vía arterial, especí fi camente en los cruces transversales que cumplan con las condiciones técnicas. Octavo.- APRUÉBESE en 0.03% de la UIT como tasa especial por concepto de guardianía por cada día que el vehículo menor se encuentre internado en el Depósito Ofi cial Municipal de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo como consecuencia de las sanciones impuestas. Noveno.- DECLÁRESE en reorganización por un periodo de 30 días el servicio urbano de pasajeros y carga en vehículos menores a partir de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, a fi n de que las personas jurídicas que vienen prestando el servicio a la fecha, se adecuen y procedan regularizar y/o formalizar su inscripción. Las empresas o asociaciones para prestar el servicio especial de pasajeros y carga en vehículos menores deben contar como mínimo con diez (10) unidades y como máximo con ochenta (80) unidades, de acuerdo a la densidad poblacional. Cumplida dicho plazo, no se aceptará más inscripciones, cerrándose de fi nitivamente el parque automotor de vehículos menores. Solo se podrán inscribir a vehículos que reemplacen a unidades ya inscritas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Municipal Nº 060 - 2003 - MDCH de fecha 27 de Junio del 2003 y demás disposiciones y normas municipales que se oponga a la presente ordenanza. Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía y dentro del plazo que no exceda (30) días calendario, apruebe los formatos y dicte las demás disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Tercero.- Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, regirán las disposiciones contenidas en la Ordenanza marco Nº 241-99 de la MML. Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO VALCÁRCEL CAHEN Alcalde ANEXO 1 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE VEHÍCULOS MENORES Personas Jurídicas (Porcentaje tiene como referencia la UIT) CÓDIGO INFRACCIÓN MONTO OTRAS SANCIONE VMPJ-02Contar con un número mayor o diferente de vehículos menores con el que fue autorizado para prestar el servicio de trasnporte5%Cancelación de Resolución de Circulación VMPJ-02No mantener actualizado los datos de su domicilio legal, identi fi cación de su representante legal y los datos del vehículo menor y de sus conductores, ante los registros, de la Municipalidad.1% VMPJ-03No mantener vigente La Póliza de Seguro Vigente (SOAT, AFOCAT) para pasajeros, terceros, conductores.2% VMPJ-04Prestar el servicio sin contar con la Resolución de Circulación y el Certi fi cado de Operación.5%Internamiento de vehículos VMPJ-05Prestar el servicio cuando la Resolución de Autorización y/o el Certi fi cado de Operación se encuentren vencidos.4%Internamiento de vehículosCÓDIGO INFRACCIÓN MONTO OTRAS SANCIONE VMPJ-06No controlar ni señalizar verticalmente los paraderos autorizados.0.5% VMPJ-07No cumplir con la revisión técnica de características semestral de las unidades3% VMPJ-08Usar paraderos no autorizados o paradero autorizado a otra persona jurídica.3%Internamiento VMPJ-09Entregar o transferir la Resolución de Circulación, Certi fi cado de Operación o la Credencial del Conductor a Personas Jurídicas y/o Conductores no Autorizados.4%Cancelación de Resolución de Circulación VMPJ-10Por no cumplir con mantener uniformados a los conductores de su Empresa y/o Asociación2% VMPJ-11Por permitir a los conductores integrantes de la persona jurídica prestar servicios sin estar registrados y/o autorizados4% VMPJ-12Por negarse a participar en los cursos de educación y seguridad vial dirigidos a los conductores, programados por la autoridad competente.1% VMPJ-13Por permitir conductores menores de edad y/o que carezcan de licencia de conducir4% VMPJ-14Por no controlar que sus vehículos menores lleven en la parte lateral y posterior el número de codifi cación.1% VMPJ-15Por mantener en mal estado de presentación, funcionamiento y seguridad sus vehículos menores, o cuando prestan el servicio sin cumplir con los requerimientos técnicos mínimos4%Internamiento en caso del segundo supuesto CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE VEHÍCULOS MENORES Conductores (Porcentaje tiene como referencia la UIT) CODIGO INFRACCION MULTAOTRAS SANCIONES VMC-01 Por no contar con Credencial del Conductor o Certi fi cado de Operación 4% Internamiento VMC-02 Por transportar más de tres pasajeros adultos por servicio o llevar pasajero al costado del conductor 4%Internamiento VMC-03 Por tener los accesorios, paredes o ventanas plasti fi cadas o deterioradas.1% VMC-04 No completar el servicio contratado, salvo por un desperfecto mecánico de vehículo1% VMC-05Por negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos y minusválidos y/o maltratar verbal o físicamente al pasajero.2% VMC-06 Por no mantener en lugar visible, la credencial del conductor.1% VMC-07 Por transferir a terceros la Credencial del Conductor.3% VMC-08Por estacionarse o esperar pasajeros en paraderos no autorizados, en zonas rígidas o paraderos autorizados a otra persona jurídica. 5%Internamiento VMC-09 Por abastecer el vehículo de combustible estando con pasajeros.4%Internamiento VMC-10 Por conducir el vehículo en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias tóxicas. 5%Internamiento, cancelación defi nitiva de Credencial de Conductor y del Certi fi cado de Operación VMC-11 Por prestar servicio sin contar con la Resolución de Circulación.4%Internamiento VMC-12 Por conducir el vehículo a una velocidad mayor de 30 km/h.3%Internamiento VMC-13 Por conducir el vehículo sin contar con el uniforme asignado por la persona jurídica2% VMC-14Por efectuar maniobras temerarias 3% VMC-15Por prestar el servicio en vehículos que se encuentran en mal estado de conservación y funcionamiento.3% VMC-16Por dejar o recoger pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten su integridad física.3% Internamiento VMC-17 Por no contar con cobertor, (máscara o protector) y/o parabrisas3% VMC-18 Por fugarse o hacer caso omiso al requerimiento del Inspector Municipal4%Internamiento VMC-19Por transitar en sentido contrario a la vía, cruzar las carreteras, vías arteriales por los lugares no señalizados o no semaforizados.5%Internamiento VMC-20Por usar equipos de sonido, bocinas que perturben la tranquilidad de los vecinos o de los usuarios (tanto en circulación como en paraderos establecidos).3%Decomiso de Accesorios VMC-21Por fumar, ingerir alimentos y bebidas, o no tener el aseo o cuidado personal mientras se presta el servicio1% VMC-22Por no contar con botiquín o dispositivos de primeros auxilios o dispositivos de seguridad (cinturón de seguridad, cinta re fl exiva o luces de peligro).4%Internamiento VMC-23 Por prestar el servicio de Transporte sin Póliza de Seguro vigente.5%Internamiento