Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2007 (12/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8°.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12° de la Directiva 001-2007-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 382007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera la informacion y/o documentacion financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

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RELACIONES EXTERIORES
Aprueban Carta del Limite Exterior Sector Sur- del dominio maritimo del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 047-2007-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 54º de la Constitucion Politica del Peru establece que el dominio maritimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, asi como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las lineas de base que establece la ley; Que, en cumplimiento del citado dispositivo constitucional y de conformidad con el derecho internacional, se expidio la Ley Nº 28621 - Ley de Lineas de Base del Dominio Maritimo del Peru-, el 3 de noviembre del 2005, a partir de las cuales se mide la anchura del dominio maritimo del Estado hasta la distancia de doscientas millas marinas; Que, el articulo 4º de la citada ley dispone que el limite exterior del dominio maritimo del Peru es trazado de modo que cada punto del citado limite exterior se encuentre a doscientas millas marinas del punto mas proximo de las lineas de base, en aplicacion de los criterios de delimitacion establecidos por el derecho internacional; Que, el articulo 5º de la referida ley senala que el Poder Ejecutivo queda encargado de levantar la cartografia correspondiente al limite exterior del dominio maritimo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de dicha ley; Que, la labor cartografica empleada se ha basado en el calculo de MORDAZA de circulo cuyos radios tienen una longitud de doscientas millas marinas medidas a partir de las lineas de base, de modo que cada punto del limite exterior se encuentre a doscientas millas marinas del punto mas proximo de la linea de base; Que, se ha visto la conveniencia de levantar la cartografia del limite exterior del dominio maritimo del Peru en tres sectores: sector sur, del punto contribuyente Nº 146 al Nº 266 de las lineas de base; sector centro, del punto contribuyente Nº 74 al Nº 146 de las lineas de base, y sector norte, del punto contribuyente Nº 1 al Nº 74 de las lineas de base, en el orden que se indica; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la carta anexa, que grafica el limite exterior -sector sur- del dominio maritimo del Peru trazado de acuerdo con lo dispuesto en los articulos 4º y 5º de la Ley Nº 28621 y el derecho internacional. Articulo 2º.- La presente MORDAZA rige desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los EE.UU. para participar en MORDAZA de relaciones civico militares
RESOLUCION MINISTERIAL N° 613-2007 DE/SG
MORDAZA, 10 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 949 de fecha 03 de agosto de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores informa sobre el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el Centro de Relaciones Civico Militares, bajo el programa de Companeros Contra Terrorismo (CTFP) del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, ha programado la realizacion de un MORDAZA Regional sobre "Inteligencia y Terrorismo"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 13 al 17 de agosto para participar en el MORDAZA de Relaciones Civico Militares que dictara el Centro de Relaciones Civico Militares, bajo el programa de Companeros Contra Terrorismo (CTFP).

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