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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (12/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de agosto de 2007 351363 Artículo 5º.- La conformación de los Comités será la siguiente: 1.- Comité Técnico Permanente a. El Coordinador Nacional de la estrategia Sanitaria Nacional, quien la presidirá; b. Un representante de la Dirección General de Promoción de la salud; c. Un representante de la O fi cina General de Comunicaciones; d. Un representante de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas; e. Un representante de la Dirección General de Epidemiología; f. Un representante del Instituto Nacional de salud. 2.- El Comité Consultivo: a. Instituciones Académicas; b. Organizaciones No Gubernamentales relacionadas con la Estrategia Sanitaria Nacional; c. Organizaciones de personas afectadas en el marco de la Estrategia Sanitaria Nacional. Artículo 6º.- Para la conformación del Comité Técnico Permanente, cada Dirección General u Organismo Público Descentralizado nombrará un Titular y Suplente. Para la conformación del Comité Consultivo, el Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal procederá a convocar a un miembro, como mínimo de cada Institución. Ambos Comités deberán constituirse y elaborar su reglamento dentro del plazo de treinta (30) días calendario de publicada la presente Resolución. Artículo 7º.- Los órganos estructurales y entidades de salud, a nivel nacional, implementarán la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal y brindarán el apoyo que se requiera para garantizar el logro de los objetivos establecidos en la presente Resolución Ministerial. Artículo 8º.- En el nivel regional, los responsables de la implementación de la Estrategia Sanitaria Nacional serán los Directores Regionales de Salud o quienes hagan sus veces. Artículo 9º.- Por Resolución Ministerial de Salud, se aprobará el Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 95457-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Amplían área de concesión otorgada a persona natural para la prestación de servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 449-2007-MTC/03 Lima, 8 de agosto de 2007 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2006- 033018, por MORONI KAROL ESPEJO AGUILAR, sobre modi fi cación del contrato de concesión por ampliación de área para prestar el servicio de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03, de fecha 21 de febrero de 2006, se otorgó a don MORONI KAROL ESPEJO AGUILAR, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito del Callao, de la Provincia Constitucional del Callao; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 6 de abril de 2006; Que, mediante la solicitud de VISTA, el concesionario solicita la modi fi cación de su contrato de concesión a fi n de ampliar el área de concesión del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03, a la Provincia Constitucional del Callao; Que, el numeral 16.01 de la Cláusula Décimo Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03, establece que las partes podrán acordar, por escrito, la modi fi cación o cambio del presente Contrato sujetándose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, asimismo, el numeral 16.02 de la citada cláusula establece que en caso la modi fi cación del contrato esté referida a ampliar el área de concesión incorporando la provincia de Lima y/o la Provincia Constitucional del Callao, el concesionario deberá presentar carta fi anza conforme al porcentaje establecido en el Reglamento General para el otorgamiento de concesiones, respecto del proyecto de inversión inicial del área ampliada, a fi n de asegurar el inicio de operaciones; Que, el artículo 124° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que la suscripción del contrato de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada la resolución correspondiente, previa presentación de la carta fi anza de ser el caso, plazo que también es aplicable para la suscripción de las adendas a los contratos de concesión, caso contrario, la resolución que la sustenta quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº 083-2007-MTC/17.01. ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, opina que procede modi fi car el contrato de concesión, aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03, en lo referente a la ampliación del área de concesión para la Provincia Constitucional del Callao, así como aprobar el Plan de Cobertura de dicha área y, modi fi car el literal c) del numeral 3.04 de la cláusula tercera y los numerales 6.01 y 6.03 de la cláusula sexta de dicho contrato de concesión; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el área de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03 a don MORONI KAROL ESPEJO AGUILAR, a la Provincia Constitucional del Callao, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente resolución, la cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 157- 2006-MTC/03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se re fi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03. Artículo 3º.- Aprobar la modi fi cación del literal c) del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y los numerales 6.01 y 6.03 de la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03. Artículo 4º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la ampliación del área de concesión, la aprobación del correspondiente plan de cobertura y la modi fi cación del literal c) del numeral 3.04 de la Cláusula Tercera y de los numerales 6.01 y 6.03 de la Cláusula Sexta, así como la sustitución de los Anexos 1 y 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 157-2006-MTC/03; autorizándose al Director General de Gestión