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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (24/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2007 352077 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. Nº 261-2007-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolución de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueba modi fi cación de proyecto de habilitación urbana de terreno 352118 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza Nº 348-MDEA.- Prohiben la actividad ambulatoria de alquiler de telefonía móvil al paso y venta de tarjetas de telefonía en la vía pública 352119 Ordenanza Nº 349-MDEA.- Prohiben la venta y prestación de servicios de lubricantes, lavado, mantenimiento y reparación de equipos y vehículos y de actividades similares en la vía pública 352119 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Acuerdo Nº 031-2007-MDLCH.- Exoneran de proceso de selección la contratación de escultor para el acondicionamiento y ornamentación del Parque Central Emilio Del Solar 352120 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 264-MM.- Modi fi can la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Mira fl ores, aprobado por Ordenanza N° 186-MM 352121 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza Nº 137/MDSM.- Aprueban Régimen Especial de Conexiones Domiciliarias de Gas Natural en el distrito de San Miguel 352122 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA D.A. Nº 004-2007-MDB-AL.- Aprueban reajuste del cronograma del Reglamento del Presupuesto Participativo del distrito de Bellavista para el Ejercicio 2008 352123MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Fe de Erratas Ordenanza Nº 012-2007-MDLP 352124 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA R.A. Nº 057/2007-M.D.A..- Designan Registrador Civil Suplente de la O fi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad 352124 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCA Acuerdo Nº 003-2007.MDM/A.- Exoneran de proceso de selección la ejecución de obras de construcción del canal de regadío de Acopampa-Churap-Tramo I desde las Progresivas 352124 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Acuerdo Nº 436-2007-MDPL/AJ.- Exoneran de proceso de selección la contratación de ingeniero civil para que trabaje como residente de obra de mejoramiento de la Carretera Pueblo Libre - Pamparomas 352126 Acuerdo Nº 437-2007-MPDL.- Exoneran de proceso de selección la adquisición e implementación de medidores electrónicos en caseríos y centro poblado y ejecución de obra de mejoramiento de la Red Primaria a Pallanca 352127 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUERTO BERMUDEZ Fe de Erratas Acuerdo Nº 078-2007/MDPB 352128 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO RR.AA. Nºs. 182, 183, 184, 185 y 186-A/MDS-SG-07.- Instauran procesos administrativos disciplinarios a ex funcionarios de la Municipalidad 352128 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29077 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA EL DESPACHO DE MERCANCÍAS EN CASOS DE ESTADO DE EMERGENCIA POR DESASTRE NATURAL; Y MODIFICA LA LEY GENERAL DE ADUANAS Artículo 1º.- Disposiciones para el despacho de mercancías en casos de estado de emergencia por desastre natural En los casos en los que ingrese ayuda humanitaria, como consecuencia de la declaración de un estado de emergencia por desastre natural y durante el plazo que dure el mismo, serán de aplicación los siguientes lineamientos: a) La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT no exigirá garantía, carta de donación ni presentación o transmisión de autorizaciones, permisos o resoluciones que deban emitir los sectores competentes o correspondientes; b) no será necesaria la transmisión o presentación del mani fi esto de carga y de los demás documentos a que se re fi ere el artículo 24º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 011-2005-EF y modi fi catorias, cuando la carga arribe en calidad de ayuda humanitaria y no ingrese a un terminal de almacenamiento; c) las infracciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y modi fi catorias, que a continuación se detallan y que se encuentran relacionadas con el ingreso y despacho de la ayuda humanitaria no serán consideradas como tales: i) artículo 103º inciso a) numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 inciso b) numerales 1, 2 y 3 inciso d) numerales 2, 3, 4, 5 y 7 inciso e) numerales 1, 2, 3, 7, 9, 10 y 11 ii) artículo 108º incisos a), b), d), e), g), h), i), j) y k) d) La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, remitirá o transmitirá copia de las declaraciones de aduanas correspondientes