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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2007 352085 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 100472-12 Autorizan viaje de Personal Militar del Ejército para participar en la XIII Reunión Regional de Intercambio Militar Perú - Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2007-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 23 de agosto de 2007Visto, la Hoja de Recomendación Nº 004 H-2b/SD-AI/ DIPLAN, de abril del 2007, y el O fi cio Nº 382 H-2b/SD- AI/DIPLAN, del 15 de mayo del 2007, de la Dirección de Planeamiento. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 004 H-2b/SD-AI/DIPLAN, de abril del 2007, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba la participación del Personal Militar del Ejército del Perú, en la “XIII Reunión Regional de Intercambio Militar Perú - Brasil”, entre la Región Militar del Oriente (RMO) y 5ta. Brigada de Montaña (5ta. Brig Mont) del Ejército del Perú, y la 16º y 17º Brigada de Infantería de Selva del Ejército de Brasil, a realizarse en la ciudad de Porto Velho - Brasil en el período comprendido del 10 al 14 de setiembre de 2007; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar de la Región Militar del Oriente y la 5ta. Brigada de Montaña del Ejército del Perú, para participar en la “XIII Reunión Regional de Intercambio Militar Perú - Brasil”, conjuntamente con la 16º y 17º Brigada de Infantería de Selva del Ejército de Brasil, a realizarse en la ciudad de Porto Velho - Brasil en el período comprendido del 10 al 14 de setiembre del 2007; Que, la participación del Personal de Militar del Ejército del Perú, en la “XIII Reunión Regional de Intercambio Militar Perú - Brasil”, que se realizará en la ciudad de Porto Velho - Brasil, es bene fi ciosa para la Institución, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos que demande el viaje al exterior en Comisión de Servicio, serán efectuados por el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, del 26 de enero del 2004, y su modi fi catoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG, del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo opinado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar de la Región Militar del Oriente y la 5ta. Brigada de Montaña del Ejército del Perú, para participar en la “XIII Reunión Regional de Intercambio Militar Perú - Brasil”, a realizarse en la ciudad de Porto Velho - Brasil en el período comprendido del 9 al 14 de setiembre del 2007, y que a continuación se detalla: REGIÓN MILITAR DEL ORIENTE- Gral Brig Abilio Raúl FOX CALLE (CG - RMO) - Crl Cab Miguel Angel ALIAGA HINOJOSA (DEPLANO - RMO) 5ta. BRIGADA DE MONTAÑA- Gral Brig Jorge Aquiles CARCOVICH CORTELEZZI (CG 5ta Brig Mont - RMS) - Crl Inf José Gabriel PAREJA PUENTE DE LA VEGA (JEMO 5ta Brig Mont - RMS) Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Cusco - Lima - Iquitos (Ida y Vuelta)$ 246.00 x 2 personas = $ 492.00 Iquitos - Porto Velho (Brasil) - Iquitos $ 1,275.00 x 4 personas = $ 5,100.00 Viáticos: $ 200.00 x 4 personas x 6 días = $ 4,800.00 TUUA Cusco - Lima - Iquitos (Ida y Vuelta)$ 6.05 x 4 x 2 personas = $ 48.40 Iquitos - Porto Velho (Brasil) $ 30.25 x 4 personas = $ 121.00 Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y, a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 100472-13 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 664-2007-DE/SG Lima, 22 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 983 de fecha 7 de agosto de 2007 el Director General para Asuntos de Seguridad y