Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (24/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2007 352084 Velho - BRASIL, del 9 al 15 de setiembre de 2007, a fi n de reforzar los lazos de cooperación y viabilizar una estrategia común para operaciones contra actividades ilícitas y coordinación de acciones cívicas en zonas de frontera con la fi nalidad de promover el desarrollo y bienestar de sus poblaciones; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata César Emilio ZELADA Levy, con la fi nalidad de participar en la XIII Reunión Regional Intercambio Militar Brasil - Perú a realizarse en la ciudad de Porto Velho - BRASIL, del 9 al 15 de setiembre de 2007, por cuanto las acciones a realizarse fortalecerán los vínculos de amistad e incrementarán la relación y medidas de con fi anza mutua a nivel Zonas Navales entre ambos países, en bene fi cio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata César Emilio ZELADA Levy, CIP 01808795 y DNI 43339696, con la fi nalidad de participar en la XIII Reunión Regional Intercambio Militar Brasil - Perú a realizarse en la ciudad de Porto Velho - BRASIL, a partir del 9 al 15 de setiembre de 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: Iquitos - Leticia (COLOMBIA) - Iquitos US$ 198.76 x 1 persona Pasaje: Tabatinga - Manaos (BRASIL) - Tabatinga US$ 477.02 x 1 persona Pasaje: Manaos - Porto Velho - Manaos (BRASIL) US$ 665.84 x 1 persona Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 7 días Tarifa de Uso de Aeropuerto: Iquitos - Leticia (COLOMBIA) - Iquitos US$ 23.65 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado O fi cial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 100472-11Autorizan viaje de Oficial del Ejército a Brasil para participar en la Reunión Preparatoria de la XXVII Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 215-2007-DE/EP/A-1.a/3-1 Lima, 23 de agosto de 2007 Visto, la H/R Nº 025 H-2c/SD-AI/DIPLAN de junio 2007, de la Dirección de Planeamiento, aprobada por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, el 20 Jun 07; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales Nombrar en Comisión de Servicio al señor Coronel de Caballería Fernando Arturo YAÑEZ BOLUARTE, Ofi cial de Asuntos Internacionales del Ejército, desempeñándose como el O fi cial de Enlace del Ejército del Perú ante la Secretaría Técnica Permanente de la Conferencia de Ejércitos Americanos (SEPCEA), para participar en la Reunión preparatoria de la XXVII Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos (CCEA), a realizarse en la ciudad de Brasilia - Brasil, en el período comprendido del 9 al 14 de septiembre del 2007, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, así como el fortalecimiento de los lazos de amistad y camaradería con dicha Nación, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004 modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, al señor Coronel de Caballería Fernando Arturo YAÑEZ BOLUARTE, O fi cial de Asuntos Internacionales del Ejército, para participar en la Reunión Preparatoria de la XXVII Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en la ciudad de Brasilia - Brasil, en el período comprendido del 8 al 14 de septiembre del 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: Lima - Sao Paulo - Río de Janeiro - Sao Paulo - Lima$ 686.00 x 1 persona VIÁTICOS: $ 200.00 x 7 días x 1 persona = $ 1,400.00 TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO (TUA) $ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- El citado O fi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y, a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.