Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2007 (24/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2007

al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, dentro de las veinticuatro (24) horas de numeradas las mismas. Articulo 2º.- Modificacion del articulo 92º de la Ley General de Aduanas Incorporase como tercer parrafo del articulo 92º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y modificatorias, el siguiente texto: "Articulo 92º.- (...) En los casos en que se declare el estado de emergencia por desastre natural y durante el plazo que dure el mismo, la SUNAT dispone la adjudicacion de mercancias restringidas en abandono legal o comisadas, a favor de las entidades que se senalen mediante decreto supremo, a fin de atender las necesidades de las zonas afectadas. Dichas entidades requeriran, previamente, al sector competente la respectiva constatacion del estado de las mercancias, en los casos que sea necesario." Articulo 3º.- Modificacion del articulo 93º de la Ley General de Aduanas Adicionase un parrafo al articulo 93º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y modificatorias, con el siguiente texto: "Articulo 93º.- (...) Lo dispuesto en el parrafo precedente, no sera de aplicacion en los casos en que se declare un estado de emergencia por desastre natural." Articulo 4º.- Mercancias que pueden acogerse a lo dispuesto en la presente Ley El decreto supremo que declare el estado de emergencia por desastre natural, a que se refiere el articulo 1º, debera establecer las mercancias que MORDAZA necesarias para la atencion de la poblacion afectada. Articulo 5º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Otorga fuerza de ley Otorgase fuerza de ley al Decreto Supremo Nº 0702007-PCM y modificatorias. DISPOSICION FINAL UNICA.- Responsabilidad de entidades receptoras Las mercaderias que ingresan al MORDAZA de la presente Ley, seran derivadas a las zonas de emergencia, bajo responsabilidad de la entidad receptora. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 100472-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a Australia y encargan su Despacho al Ministro de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 145-2007-PCM MORDAZA, 23 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, senora MORDAZA MORDAZA ARAOZ MORDAZA, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, Australia, del 1 al 9 de setiembre de 2007, para participar en la Reunion de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC) y a la Reunion Conjunta de Ministros de Comercio y de Relaciones Exteriores que se realiza previamente; asimismo, sostendra reuniones bilaterales con sus contrapartes, a partir del dia 4 de setiembre de 2007; Que, conforme al articulo 2º de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Titular de este Sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, en el ambito de su competencia; Que, por las razones expuestas, es necesario otorgar la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 28927, de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA ARAOZ MORDAZA, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA, Australia, del 1 al 9 de setiembre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : Viaticos : Tarifa CORPAC : US$ US$ US$ 2 956,09 1 680,00 30,25

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a partir del 1 de setiembre de 2007 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 100472-8

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