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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2007 358904 Visto el Ofi cio N° 0273-2007-SUNAT/100000 de la Superintendente Nacional de Administración Tributaria, sobre modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos a aprobación automática, silencio administrativo positivo y silencio administrativo negativo, a fi n de ofrecer una mejor atención y de no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007- PCM se dictan los lineamientos para la elaboración y la aprobación del TUPA, el cual establece las disposiciones que se deberá tener en cuenta para dar cumplimiento a la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por Ley N° 27444, y a la Ley N° 29060 de modo que los TUPA cumplan con sus propósitos de ser documentos compiladores, informativos y simplifi cadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las entidades públicas; Que, el numeral 7 de la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, dispone que sólo se podrá aprobar por Resolución Ministerial las modifi caciones que simplifi quen procedimientos, así como toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos o de requisitos; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2007-EF publicado el 28 de enero de 2007, se aprobó el actual Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, cuyo texto se encuentra en el anexo adjunto a la citada norma; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA es el documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general, la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades públicas;Que, como consecuencia de las disposiciones legales señaladas precedentemente, se ha desarrollado un proceso de simplifi cación de los procedimientos administrativos, que llevó a evaluar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la SUNAT, a fi n de adecuarlo a las modifi caciones producto de la simplifi cación administrativa realizada; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT; Ley N° 29060 Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo N° 115-2002-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Suprimir del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2007-EF, los procedimientos consignados en el Anexo I de la presente Resolución. Artículo 2°.- Modifi car la califi cación de los Procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2007-EF, que se señalan en el Anexo II de la presente Resolución. Artículo 3°.- Simplifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2007-EF, de acuerdo a lo señalado en el Anexo III de la presente Resolución. Artículo 4°.- Sustituir el texto de los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2007-EF, por los textos descritos en el Anexo IV de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL