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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2007 358909 José Emilio ESCALANTE MONTES, para que continúe su tratamiento médico quirúrgico especializado en OFTALMOS S.A Clínica Barraquer de Bogotá - Colombia por US$ 3,885.97 (TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 97/100 DÓLARES AMERICANOS), asimismo comunica que sufragará la suma por concepto de pasaje y tasa de embarque para el mencionado Ofi cial en Situación de Retiro de la Policía Nacional del Perú y su acompañante; Que, mediante Informe N° 215-2007-DIREJADM- DIRECFIN-PNP/DA, SDB del 6 de octubre de 2007, se establece que la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, abonará el concepto de remuneración por tratamiento médico quirúrgico especializado ascendente a la suma de US$ 9,240.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, el artículo 2º del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidameníe sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4° de la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a los dispositivos legales antes mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Teniente de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro José Emilio ESCALANTE MONTES, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Ley N°28927 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley N° 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2005-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud para el Personal de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 1472-2006-IN/PNP del 09 de junio de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1°- Autorizar el viaje al extranjero al Teniente de ia Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro José Emilio ESCALANTE MONTES, en compañía de su señor padre Antonio ESCALANTE RAMOS, para ser sometido a tratamiento médico quirúrgico especializado, en OFTALMOS S.A Clínica Barraquer de Bogotá-Colombia, por un período de dos (2) meses, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Teniente de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro José Emilio ESCALANTE MONTES, la cantidad de US$ 9,240.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) por concepto de remuneración por tratamiento médico quirúrgico especializado en el extranjero, por el período de dos (02) meses.Artículo 3°.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, transferirá el monto que demande el tratamiento médico quirúrgico especializado del Teniente de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro José Emilio ESCALANTE MONTES, en OFTALMOS S.A Clínica Barraquer de Bogotá-Colombía, por la suma de US$ 3,885.97 (TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 97/100 DOLARES AMERICANOS) asimismo sufragará el gasto por concepto de pasaje Lima-Bogotá-Lima para el mencionado Ofi cial de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro y su acompañante por la suma de US$ 698.89 (SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 89/100 DÓLARES AMERICANOS) por cada uno y tasa de embarque por la cantidad de US$ 30.50 (TREINTA CON 00/50 DOLARES AMERICANOS) por cada uno. Artículo 4°- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 139140-6 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 100-2007-IN/PNP Lima, 1 de diciembre de 2007VISTO, la propuesta de autorización de viaje al extranjero a Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, efectuado por el Director General de la Policía Nacional del Perú, mediante Ofi cio Nº 7150-2007-DIRGEN.PNP/SG del 24 de julio de 2007; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 0232-2005-IN/ PNP del 21 de abril de 2005, se autorizó al Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, para viajar al extranjero y someterse a tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación, en el Complejo Científi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, por un período de veintidós (22) días; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0893-2006- IN/PNP del 27 de marzo de 2006, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior del mencionado Subofi cial para continuar con el tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación, en el Complejo Científi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, por un período de ciento veinte (120) días; Que, con Resolución Directoral Nº 884-2006-DIRGEN/ DIRREHUM, del 28 de abril de 2006, el Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, pasó de la Situación de Actividad a la de Retiro por la causal de Incapacidad Psicofísica para el servicio policial, lesión sufrida en “ACCIÓN DE ARMAS”; Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Nº 612.06- HN.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA, del 7 de julio de 2006 y Nº 301.07.HN.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA del 8 de mayo de 2007 y el Acta de la Junta Inter Sanidades Nº 008-06-HN.LN.PNP.DIVCIR.DEPTRA del 10 de julio de 2006, el Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, requiere de un tratamiento médico quirúrgico de