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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2007 358915 Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y el numeral 7 del Artículo 1º de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor abogado JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANIBAR, en el cargo de Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 139140-9 Encargan funciones de Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROjoven RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 315-2007-TR Lima, 30 de noviembre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 019-2007- TR de fecha 25 de Enero de 2007, se designó al señor VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA, como Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROjoven del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; por lo que cabe emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta su renuncia; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; y lo dispuesto en el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por el señor VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA al cargo de Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROjoven del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- ENCARGAR, a partir de la fecha, con retención a su cargo, al Economista FRANK MARTIN TADEO CASTRO BARCENAS, Director Nacional de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, el puesto de Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROjoven del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- El encargo a que se refi ere el artículo precedente, no generará pago por diferencia de remuneraciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 139142-1VIVIENDA Incluyen adquisición de equipos de cómputo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 003 en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio 2007 RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 113-2007-VIVIENDA-SG Lima, 30 de noviembre de 2007VISTO:El Memorándum Nº 539-2007-VIVIENDA-OGEI de fecha 22 de noviembre del 2007, emitido por el Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática, y el Informe Nº 273-2007/VIVIENDA-OGA-UA de fecha 28 de noviembre del 2007 de la Unidad de Abastecimiento; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 008- 2007-VIVIENDA/SG de fecha 22 de enero del 2007, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2007 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, de acuerdo con el artículo 27º del Texto Único del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual puede ser modifi cado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, a través del Memorándum Nº 539-2007- VIVIENDA-OGEI el Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática solicita la adquisición de ciento seis (106) equipos de cómputo, la misma que cuenta con disponibilidad presupuestal para su fi nanciamiento, según el visto bueno de los coordinadores presupuestales de las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 003 , razón por la cual, la Unidad de Abastecimiento, en su Informe Nº 273-2007/VIVIENDA-OGA-UA recomienda la inclusión del proceso de selección respectivo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2007 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a la Unidades Ejecutoras comprometidas, por un valor referencial de S/. 457,728.14; Que, teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, resulta procedente modifi car el Plan Anual de adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2007 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 003; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; En uso de sus facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 001-2007-VIVIENDA, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 099-2007-VIVIENDA y por Resolución Ministerial Nº 414-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- INCLUIR en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio 2007, aprobado mediante Resolución de Secretaría General Nº 008-2007-VIVIENDA/SG, la Adquisición de Ciento Seis (106) equipos de cómputo, por un valor referencial de S/. 457,728.14 (Cuatrocientos Cincuenta y Siete