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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2007 358910 Transposición Tendinosa y Tenodesis según la Técnica de Zancolle para extensor y fl exor del brazo derecho y rehabilitación pre y post-operatorio; por lo que se recomienda sea realizado en el Complejo Científi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, lugar donde le fue realizado el retiro de fi jador externo del húmero, rehabilitación del hombro, codo y mano derecha y exploración y neurolisis de los tres (3) nervios (mediano, cubital y radial del superior derecho), por padecer de secuela de fractura por Proyectil de Arma de Fuego, húmero derecho con lesión del nervio radial cubital y mediano; Que, mediante carta del 15 de setiembre de 2006, el citado Complejo Científico Ortopédico Internacional señala que el Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION debe permanecer ochenta y ocho (88) días en La Habana - Cuba, siendo el costo de su permanencia de aproximadamente US$ 13,160,40 (TRECE MIL CIENTO SESENTA CON 40/100 DOLARES AMERICANOS); Que, mediante Devolución Nº188-2007-SD- FOSPOLI del 11 de mayo de 2007, el Directorio del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú informa que en la Sesión Ordinaria Nº 05 del 10 de mayo de 2007, se acordó autorizar a la Dirección Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú, para que realice la transferencia de US$ 13,160.40 (TRECE MIL CIENTO SESENTA CON 40/100 DÓLARES AMERICANOS) al Complejo Científico Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, para el tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION; Que, mediante Ofi cio Nº 184-2007-DIRSAN.PNP. DIREJASS-DTE del 17 de mayo de 2007, el Director Ejecutivo de Administración de la Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú, solicita la expedición de la Resolución Suprema que autorice el viaje del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, para que continúe su tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación en el Complejo Científi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, asimismo comunica que sufragará la suma de US$ 763.07 (SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS), por concepto de pasaje y tasa de embarque para el mencionado Subofi cial de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante Informe Nº 123-2007-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB del 7 de junio de 2007, se establece que la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, abonará el concepto de remuneración por tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación ascendente a la suma de US$ 10,841.60 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 60/100 DÓLARES AMERICANOS; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;Que, de acuerdo a los dispositivos legales antes mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud para el Personal de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1472-2006-IN/PNP del 9 de junio de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, para ser sometido a tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación, en el Complejo Científi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, por un período de ochenta y ocho (88) días, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú abonará al mencionado Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, la cantidad de US$ 10,841,60 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 60/100 DÓLARES AMERICANOS) por concepto de remuneración por tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación en el extranjero, por el período de ochenta y ocho (88) días; Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, transferirá el monto que demande el tratamiento médico quirúrgico especializado y de rehabilitación del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Percy ABARCA CARRION, en el Complejo Científico Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de La Habana - Cuba, por la suma de US$ 13,160.40 (TRECE MIL CIENTO SESENTA CON 40/100 DÓLARES AMERICANOS), asimismo sufragará el gasto por concepto de pasaje y tasa de embarque por la suma de US$ 763.07 (SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS), para el mencionado Suboficial de la Policía Nacional del Perú. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 139140-7