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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/12/2007)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359309 perdido sus viviendas a raíz del sismo del 15 de agosto del 2007. Que, la División de Estudios de la Gerencia de Infraestructura y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad Distrital de Ilabaya, ha elaborado el expediente técnico denominado “Suministro e instalación de módulos básicos de vivienda para los damnifi cados del distrito de San Clemente de la provincia de Pisco del departamento de Ica” con un presupuesto total ascendente a S/. 1´894,062.44 (Un millón ochocientos noventa y cuatro mil sesenta y dos con 44/100 Nuevos Soles); expediente que ha sido aprobado a través de la Resolución de Alcaldía Nº 813-2007. Que, la División de Obras de la Gerencia de Infraestructura y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad Distrital de Ilabaya en su Informe Técnico (Informe Especial de Emergencia Nº 0012-2007-D.O.-G.I.O.T.-M.D.I. de la fecha 28 de noviembre del 2007; en el que se indica los siguientes objetivos y acciones a realizar: i) Urgencia Nº 01 (San Clemente), en la que describe el apoyo humanitario con maquinaria, comprendiendo los siguientes trabajos: Trabajos de eliminación de escombros provenientes de los lotes de viviendas derruidas; trabajos de demolición de predios con maquinaria y acumulación para eliminación; limpieza de vías trabajadas; otras actividades que la maquinaria destinada actúe para apoyo humanitario; actividades que ascienden a un presupuesto de S/. 200,000.00 (Doscientos mil con 00/100 Nuevos Soles). ii) Urgencia Nº 02 (El Carmen), en lo que describe el apoyo humanitario con maquinaria, comprendiendo los siguientes trabajos: Trabajos de eliminación de escombros provenientes de los lotes de viviendas derruidas; trabajos de demolición de predios con maquinaria y acumulación para eliminación; limpieza de vías trabajadas; otras actividades que la maquinaria destinada actúe para apoyo humanitario; activ idades que ascienden a un presupuesto de S/. 1´000,000.00 (Un millón con 00/100 Nuevos Soles). iii) Urgencia Nº 03 (San Clemente - Módulos), en lo que describe el apoyo humanitario con maquinaria, comprendiendo los siguientes trabajos: Trabajos preliminares: Movilización de equipo, limpieza de terreno, trazo y replanteo, eliminación de desmonte, transporte; Varios: Estructura prefabricada de madera, curado con preservante para madera, punto de luz, instalación sobre losa de concreto; se colocará una puerta principal con bisagras y chapas, así como ventanas corredizas con vidrios transparentes, un punto de luz. Como los sistemas de agua y desagüe de las zonas afectadas están en proceso de rehabilitación, no se considera los puntos de agua y desagüe; actividades que ascienden a un presupuesto de S/. 1´894,062.44 (Un millón ochocientos noventa y cuatro mil sesenta y dos con 44/100 Nuevos Soles). Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el artículo 142º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la causal de situación de emergencia se configura en aquellos casos en donde la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecte la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario, para prevenir y atender desastres, debiendo fundamentar las razones que motivan la contratación definitiva, en el informe técnico-legal, cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, por lo que, debido a la magnitud del desastre, así como la naturaleza de los servicios a contratar podría autorizarse el agotamiento del requerimiento. Que, los correspondientes informes técnico-legal, han dado por verifi cada la causal de exoneración así como la fundamentación de la contratación defi nitiva, y estando a lo aprobado por unanimidad en Sesión de Concejo, convocada a efecto de evaluar la procedencia de la exoneración en cuestión.Por lo que de conformidad con lo dispuesto por el inciso 3) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades .promulgada mediante la Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR LA EXONERACIÓN bajo la causal de emergencia, del correspondiente proceso de selección de la ejecución de los servicios que a continuación se detallan: 1. “Suministro e instalación de módulos básicos de vivienda para los damnifi cados del distrito de San Clemente de la provincia de Pisco del departamento de Ica” con un valor referencial ascendente a S/. 1´894,062.44 (Un millón ochocientos noventa y cuatro mil sesenta y dos con 44/100 Nuevos Soles); consistente en la instalación de 330 módulos básicos de madera. 2. Remoción de escombros en el distrito de San Clemente de la Provincia de Pisco del departamento de Ica, por un valor referencial de S/. 200,000.00 (Doscientos mil con 00/100 Nuevos Soles). 3. Remoción de escombros en el distrito de El Carmen de la Provincia de Pisco del departamento de Ica, por un valor referencial de S/. 1´000,000.00 (Un millón con 00/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- DETERMÍNESE que el plazo de ejecución de la prestación de los servicios que se indican en el artículo precedente, es hasta el 31 de diciembre del presente año. Artículo Tercero.- LA EJECUCIÓN de los servicios descritos en el artículo precedente serán efectuados con cargo a la Fuente de Financiamiento de Canon, Sobrecanon y Regalías, estando la contratación exonerada a cargo de la Unidad de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital de Ilabaya. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación dentro de diez (10) días de aprobado el presente Acuerdo, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la remisión de los correspondientes informes técnico y legal al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República en igual plazo; y remitir lo actuado a la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y archívese.MANUEL R. OVIEDO PALACIOS Alcalde 140598-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RAPAYAN Exoneran de proceso de selección la adquisición de volquete y cargador frontal para la construcción, mantenimiento y rehabilitación de carreteras ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 0014-2007-MDR Rapayan, 3 de diciembre de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE RA PAYAN VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de diciembre del 2007, el contenido del