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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2007 359303 Turcos, Baños Sauna, Salones de Belleza y Salones de Masaje, toda vez que dichas actividades comerciales tienden a desconfi gurar el entorno urbano, perturbando la tranquilidad del vecino, además de producir una tugurización de actividades similares en las citadas avenidas y consecuentemente en el distrito, existiendo demasiadas actividades comerciales con estos giros, por lo que se encuentra cubierta la demanda de los mismos; Que, la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones es la unidad orgánica responsable del fortalecimiento del crecimiento ordenado y armónico del distrito con relación al desarrollo de las actividades comerciales, garantizando el respeto a la zonifi cación e índice de usos; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N 27972 y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 715-2007-MSB-GAJ; con dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo Municipal aprobó por mayoría, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 393-MSB Articulo Primero.- Modifi car el artículo 2º de la Ordenanza Nº 393-MSB modifi cado con la Ordenanza Nº 404-MSB, bajo los siguientes términos: “Artículo 2º.- Suspéndase la Tramitación, Emisión y Expedición de Licencia Municipal de Funcionamiento así como Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Licencia de Construcción, Remodelación, Ampliación, Modifi cación y/o Regularización para los giros de Centros de Estética, Peluquería, Baños Turcos, Baños Sauna, Salones de Belleza y Salones de Masaje, en las siguientes avenidas del distrito. 1. Av. Aviación. 2. Av. San Luis3. Av. Javier Prado Este” Artículo Segundo.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Fiscalización. .Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 140217-2 Adecúan y modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2007-MSB-A San Borja, 30 de noviembre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 394-MSB, publicada el 10 de Noviembre de 2007, se aprueba la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Ordenanza 401-MSB, publicada el 10 de Noviembre de 2007, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Ordenanza 346-MSB, publicada el 07 de Julio de 2005, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Ordenanza 317-MSB, publicada el 15 de Noviembre de 2004, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Decreto se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, conforme a lo establecido en el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de Rango equivalente o Decreto de Alcaldía o, por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el gobierno respectivo. Que, para la normal marcha de la administración, se hace necesario adecuar las denominaciones y funciones de las Unidades Orgánicas de la Corporación Municipal a los instrumentos de gestión vigentes, aprobados por las disposiciones antes referidas. Que, del mismo modo, habiendo sido fusionadas, cambiadas de ubicación y creadas nuevas unidades orgánicas, se hace necesario poner en conocimiento a los administrados dichas modifi caciones específi cas. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planifi cación Estratégica, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Rentas y Gerencia de Fiscalización; acorde a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. DECRETA:Artículo Primero: Adécuese y Modifíquese, en términos generales, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza 346-MSB, la denominación de la autoridad que aprueba y resuelve los procedimientos de acuerdo a la Nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza 394-MSB. Artículo Segundo: Adécuese y Modifíquese el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante Ordenanza 317-MSB, en similares términos a los establecidos en el artículo primero del presente Decreto. Artículo Tercero: Adécuense y Modifíquense, en términos generales, los demás instrumentos normativos de la Municipalidad de San Borja, en lo que corresponde a la denominación de las Unidades Orgánicas, así como a las competencias asignadas mediante Ordenanza 394-MSB. Artículo Cuarto: Encárguese a la Gerencia de Planifi cación Estratégica y Unidad de Racionalización, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 140217-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Otorgan la Medalla al Mérito de la Orden Santiago Apóstol a diversas personalidades ACUERDO DE CONCEJO Nº 101-2007-ACSS. Santiago de Surco, 28 de noviembre del 2007