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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de diciembre de 2007 360274 encuentren en peligro inminente o que hayan sobrevivido a los efectos dañinos de un fenómeno natural o inducido por la actividad del hombre. Básicamente, consiste en la asistencia para evitar y/o reducir los efectos negativos y brindar techo, abrigo, alimento, asistencia médica, etc.; así como la recuperación provisional de los servicios necesarios. La atención será efectuada con los medios disponibles en la localidad y/o comunidad afectada, especialmente por los organismos de primera respuesta, incluyendo la participación organizada de la población, bajo la dirección y coordinación de los Comités de Defensa Civil. Si los requerimientos sobrepasan los medios disponibles, se recurrirá a coordinar el apoyo de los Comités Provinciales de Defensa Civil y así sucesivamente hasta el Comité Regional de Defensa Civil. El Plan ha sido concebido en dos Fases: Fase I Preparación de la Atención Fase II Atención Propiamente Dicha La información de detalle se encuentra en el Anexo D Concepto de la Operación. b. Tareas1) Comunes a los Organismos del SINADECI.a) Formular los Planes de Operaciones de Emergencia Regionales y Sectoriales derivados del presente Plan, en concordancia con los lineamientos contenidos en el mismo, los cuales deberán a su vez considerar los lineamientos para el planeamiento subsidiario en los niveles subordinados de su organización. b) Supervisar el proceso de planeamiento a ser desarrollado por los Comités Provinciales y Distritales de Defensa Civil y, en general, del planeamiento subsidiario en los niveles subordinados de su organización, brindando asesoría técnica pertinente. c) Poner en ejecución, hacer el seguimiento, supervisar y evaluar las acciones dispuestas para las fases de aplicación del presente Plan, en los aspectos de su competencia. d) Supervisar la puesta en ejecución de los Planes de Operaciones de Emergencia Regionales, Sectoriales y de Nivel Local, según corresponda y evaluar las acciones realizadas. e) Efectuar la determinación de pérdidas (cuantifi cación) en el ámbito de su competencia, originadas por la emergencia. f) Realizar el estudio e investigación posterior a las emergencias presentadas en su jurisdicción, con la fi nalidad de fortalecer la gestión del riesgo de los desastres, remitiendo al INDECI y a los organismos de su organización, las recomendaciones y medidas a adoptarse para minimizar las pérdidas humanas y daños materiales. 2) Tareas Específi cas a) Sectores(1) Ministerio de Salud(a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir el riesgo de daños a la salud de las personas y al óptimo funcionamiento de los servicios de salud. (b) Adecuar las capacidades de respuesta de los servicios de salud en función del riesgo de daños a la salud de la población y el medio ambiente, incluyendo la operatividad de la infraestructura, equipos y la disponibilidad de stock de material médico y medicamentos pertinentes. (c) Prever el stock de insumos y equipos de saneamiento ambiental para asegurar la obtención de agua segura, control vectorial y eliminación de excretas y residuos sólidos, en las emergencias que puedan presentarse. (d) Desarrollar programas de información, comunicación y educación a la población sobre saneamiento ambiental, vigilancia epidemiológica, eliminación de residuos, disposición de excretas, etc., en el contexto de la respuesta a emergencias que se puedan presentar. (e) Conformar Brigadas de Salud (primeros auxilios, evacuación, búsqueda y rescate, etc.) al interior de los Comités Distritales, Provinciales y Regionales de Defensa Civil y capacitar al personal que las conforma y en general, al personal de la salud, para la atención médica de las emergencias que puedan presentarse. (f) Brindar asistencia de salud a la población afectada, incluyendo las acciones de salud mental. (g) Supervisar las condiciones de salubridad del ambiente en las zonas afectadas y en los refugios y/o albergues temporales que se establezcan. (2) Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social(a) Mantener a través del Programa Nacional de Apoyo Alimentario (PRONAA), depósitos regionales con una adecuada reserva de alimentos, para proporcionar ayuda oportuna a la población de las zonas afectadas por fenómenos naturales o inducidos. (b) Disponer la atención con alimentos a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, de la población damnifi cada y afectada que sea determinada por los Comités de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales, organizándola en cocinas comunitarias, albergues o refugios u otra modalidad, según sea el caso, coordinando con los organismos competentes para que la atención se extienda hasta la fecha en que culmine la emergencia. (c) Disponer, en coordinación con los Comités de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales de las zonas afectadas, acciones que contribuyan a facilitar el reinicio de las actividades cotidianas y económicas de las poblaciones que hayan sido evacuadas por grandes períodos o reubicadas en razón a emergencias, en el contexto de la Ley sobre Desplazamientos Internos y su reglamento. (d) Apoyar el esfuerzo de los Sistemas Regionales de Defensa Civil, en las actividades de sensibilización y capacitación de la población para hacer frente a las emergencias que puedan presentarse, mediante campañas de difusión y acciones de asistencia técnica del sector. (e) En coordinación con el Sector Salud, brindar atención psicológica a la población damnifi cada y afectada, mediante programas del sector, tales como la campaña ”Dale abrigo a un amigo” y otras, en estrecha coordinación con los Comités de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales. (3) Ministerio de Agricultura(a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir el riesgo de daños a la actividad agrícola y pecuaria, en benefi cio de la población de las zonas que podrían ser afectadas por las emergencias. (b) Promover, en coordinación con los Comités de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales, la ejecución de Obras por Peligro Inminente, para evitar daños en áreas agrícolas. (c) Prever el desarrollo de campañas sanitarias para hacer frente a plagas y epidemias que puedan dañar la producción agrícola y pecuaria. (d) Prever la asistencia con insumos agrícolas y pecuarios (alimento para ganado, medicinas, semillas, etc.), para reducir el impacto de los fenómenos naturales que originan las emergencias que puedan presentarse. (e) Disponer que los Organismos Públicos Descentralizados - OPD a su cargo, apoyen en el ámbito de su competencia, a los Comités de Defensa Civil Regionales y Locales en actividades que coadyuven a la atención de las emergencias, en el contexto de la política sectorial y del concepto de la operación. (f) Promover la capacitación de las organizaciones agropecuarias en la planifi cación y ejecución de actividades de preparación, a fi n de incrementar su capacidad de respuesta, que consideren temas como: - La utilización responsable de los recursos hídricos, el manejo adecuado de las cuencas altas y colectoras, el logro de una efectiva restauración ambiental. - La importancia del mantenimiento de cauces, evitando los procesos de colmatación y sedimentación de cuencas con participación de la población. - El manejo de bosques y explotación forestal, que impidan la tala indiscriminada de árboles que trae como resultado la desertifi cación, afecta las condiciones meteorológicas y produce la desestabilización de suelos que facilitan la erosión y los deslizamientos.