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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (18/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de diciembre de 2007 360280 SINADECI, así como de las necesidades de la población damnifi cada y afectada. (7) Emitir opinión técnica sobre las fichas técnicas presentadas por los Gobiernos Regionales y Locales, gestionando recursos para financiar gastos temporales que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente y brindar respuesta oportuna en caso de emergencia. (8) Formular, en los casos necesarios, la solicitud de ayuda internacional por desastres, canalizando su gestión a través del Ministerio de Relaciones Exteriores. En la Rehabilitación(1) Orientar a los Gobiernos Regionales en su condición de Presidentes de los Comités de Defensa Civil, en relación con la rehabilitación de las zonas afectadas. (2) Emitir opinión técnica sobre las fi chas técnicas presentadas por los Gobiernos Regionales y Locales, gestionando recursos para fi nanciar los proyectos que tengan por fi nalidad ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los servicios básicos a los niveles que tenían antes de la ocurrencia de la emergencia. (3) Efectuar el control, seguimiento y monitoreo de las obras aprobadas e incluidas en el programa de prevención y atención de desastres. 4. INSTRUCCIONES DE COORDINACIÓN a. El presente Plan entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del dispositivo legal de su aprobación. b. Los Presidentes de los Comités Regionales de Defensa Civil, en su calidad de máxima Autoridad del Sistema Regional de Defensa Civil SIREDECI , los Titulares de los Sectores y Jefes de los Organismos que integran el SINADECI , son responsables de formular sus Planes de Operaciones de Emergencia sobre la base de los conceptos y lineamientos contenidos en el presente plan. En tal sentido, deberán preparar y emitir sus Planes Regionales de Operaciones de Emergencia y sus Planes Sectoriales de Operaciones de Emergencia en un plazo de SESENTA (60) días hábiles de la fecha de entrada en vigencia del presente Plan. c. Los Titulares de los Sectores, Presidentes de los Comités de Defensa Civil y Jefes de los organismos que integran el SINADECI, son responsables de la ejecución, seguimiento, supervisión y evaluación de las acciones dispuestas para las fases de aplicación del presente Plan, en los aspectos de su competencia. d. Las coordinaciones para la articulación de acciones entre las Autoridades Sectoriales y las instituciones que conforman el SIREDECI, se efectuarán en el seno de las Comisiones establecidas en la Organización de su respectivo Comité Regional de Defensa Civil, las cuales se encuentran descritas en el Manual de Conocimientos Básicos para Comités de Defensa Civil y Oficinas de Defensa Civil. Asimismo, de forma similar, se considerarán las coordinaciones en los ámbitos de acción de los Comités Provinciales y Distritales. e. Las coordinaciones en el contexto del SIREDECI , entre los Comités Regionales y los Comités de nivel Provincial y Distrital se efectuarán mediante los Centros de Operaciones de Emergencia Provinciales y Distritales en el ámbito de su competencia en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencia Regional. f. El INDECI en su condición de ente rector, conductor y normativo del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI , tendrá a su cargo la coordinación de las operaciones de emergencia a nivel nacional. g. El INDECI coordinará con el Ministerio de RREE respecto a los requerimientos de apoyo externo que sean necesarios. h. El INDECI coordinará, mediante el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN, con los respectivos Centros de Operaciones de Emergencias Regionales y en caso sea necesario con los correspondientes Centros de nivel local.5. ADMINISTRACIÓN Y LOGÍSTICA a. PersonalCada organismo del SINADECI, involucrado en el presente Plan, asumirá las funciones que le corresponde, con su personal orgánico. Asimismo, deberá tomar las previsiones a fi n de dotar las Secretarías Técnicas, Centros de Operaciones, Módulos de Comunicaciones y en general las ofi cinas relacionadas al SINADECI y SIDERECI bajo su competencia, con personal sufi ciente y debidamente capacitado que asegure el óptimo cumplimiento de las tareas asignadas. b. LogísticaLos requerimientos logísticos y fi nancieros que demanden la preparación y ejecución de las actividades previstas en el presente Plan, serán de responsabilidad de cada organismo del SINADECI. La asignación de los recursos económicos para fi nanciar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por fi nalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente natural u originado por el hombre, brindar una respuesta oportuna a la población; así como ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles de servicios básicos que tenían antes de la ocurrencia de un desastre y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres, se efectuarán con cargo a los fondos de Contingencia que proporcione el Gobierno Central. El acceso a los recursos económicos antes indicados será aprobado por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres-CMPAD, que en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, coordinará, evaluará priorizará y supervisará las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o sean afectadas por desastres de gran magnitud, los cuales serán incluidos en el Programa de Rehabilitación vigente. En tal sentido, los procedimientos específi cos se encuentran establecidos en las Directivas Reglamentarias del Ministerio de Economía y Finanzas, que contienen el Procedimiento Simplifi cado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la CMPAD y establecen los Criterios y Procedimientos para la incorporación de Recursos. 6. Control, Coordinación y Comunicacionesa. Control y CoordinaciónLos Presidentes de los Comités Regionales de Defensa Civil y Titulares de Sectores que integran el SINADECI intercambiarán la información pertinente a las operaciones de emergencia vía sus Centros de Operaciones de Emergencia (COE). b. ComunicacionesLas comunicaciones se efectuarán de acuerdo a lo indicado en el Anexo E Comunicaciones . ANEXOS A Organización B SituaciónC Matriz de Diagnóstico de PeligrosD Concepto de la OperaciónE Comunicaciones ANEXO A ORGANIZACIÓN 1. Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres - CMPAD Comisión encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños,