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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de diciembre de 2007 360279 (15) Implementar uno o más Grupos de Intervención Rápida - GIRED para su jurisdicción, integrados por personal capacitado en operaciones de emergencia especializadas, a fi n de desplegarlo a las zonas de la emergencia, en apoyo a los Comités de Defensa Civil afectados. Asimismo, fomentar la implementación de estos grupos por los Comités de Defensa Civil de los Gobiernos Locales de su jurisdicción. (16) Mantener coordinaciones en su ámbito jurisdiccional, con los representantes Sectoriales, Regionales y Locales, Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, para que cada organismo del Sistema Regional de Defensa Civil, formule y ejecute su respectivo Plan de Operaciones de Emergencia. En la Atención(1) Mantener en sesión permanente a las Comisiones de Línea: Operaciones, Educación y Capacitación; Logística; Salud; Ley, Orden e Inspecciones Técnicas; y, Comunicaciones del COER y asesorar a los Comités de Defensa Civil de su ámbito jurisdiccional, mientras dure la emergencia. (2) Conducir el empleo racional de los recursos de personal y materiales que los Sectores de la Administración Pública e Instituciones integrantes del SIREDECI han puesto a disposición del Comité Regional, de acuerdo a los planes de operaciones y a la situación presentada, coordinando las operaciones para brindar atención de emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la población afectada aplicando las medidas previstas. (3) Efectuar la evaluación de daños y el análisis de necesidades en el ámbito de su competencia, informando al COEN a través del SINPAD. Supervisar y centralizar la evaluación preliminar y defi nitiva de daños y mantener enlace con los Comités de Defensa Civil, involucrados en la emergencia. (4) Disponer la conformación y despliegue de los Grupos de Intervención Rápida - GIRED a las zonas de la emergencia, en apoyo a los Comités de Defensa Civil de su jurisdicción, involucrados en la atención de emergencias cuya magnitud y situación lo justifi que. (5) Regular las operaciones de las Instituciones y Entidades de Primera Respuesta. (6) Dirigir la evacuación de la población de lugares afectados hacia áreas de seguridad, en los casos que la situación lo requiera. (7) Coordinar las acciones para el restablecimiento de los servicios públicos esenciales (agua, desagüe, energía eléctrica, vías de comunicaciones). (8) Otras actividades propias de su función integradora y multisectorial. En la Rehabilitación (1) Liderar el proceso de formulación y supervisar la ejecución de planes y programas de rehabilitación de las zonas de su jurisdicción afectadas por desastres, en estrecha coordinación con los organismos involucrados. (2) Promover y asesorar la formulación de Fichas Técnicas a nivel de los Gobiernos Locales, de acuerdo a lo estipulado en las directivas emitidas por el Gobierno central en el marco de los Programas de Rehabilitación vigentes. (3) Canalizar los requerimientos de apoyo material, técnico, económico y fi nanciero para la rehabilitación de zonas afectadas por desastres, para su gestión ante la Cooperación Técnica Internacional. c) Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI(1) Establecer las políticas y lineamientos que orienten los procesos de preparación y de atención de las emergencias por los organismos que integran el SINADECI, en concordancia con las estrategias establecidas en el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres. (2) Mejorar permanentemente y difundir la doctrina, como herramienta orientadora para la formulación de los Planes de Operaciones de Emergencia por todos los niveles del SIREDECI.(3) Elaborar y mejorar los procedimientos para la “evaluación de riesgos”, “evaluación de daños y análisis de necesidades”, los protocolos para las acciones especializadas inherentes a la atención de las Emergencias; incluyendo los lineamientos para el manejo de la Ayuda Humanitaria, así como, para la organización de la participación de la población en el contexto de la atención de la emergencia y efectuar su difusión mediante manuales. (4) Formular el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia. Efectuar el seguimiento y monitoreo del proceso de elaboración y/o actualización de los planes derivados del Plan Nacional de Operaciones de Emergencia, a ser elaborado por los Sectores, Gobiernos Regionales y Locales. (5) Normar, coordinar, orientar y supervisar las actividades de preparación para la respuesta ante los desastres por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Sectores. (6) Promover, en coordinación con el Sector Educación y otros organismos competentes, la difusión de contenidos sobre los procesos de preparación y de atención de las emergencias, con la fi nalidad que la población tome conciencia de su propia vulnerabilidad; de la importancia de la prevención y de la necesidad de organizarse para la adecuada participación en los casos de emergencia. (7) Promover a nivel de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la adecuación de la infraestructura, la asignación del equipamiento, la obtención y capacitación de los recursos humanos necesarios para la efi ciente operación de los Centros de Operaciones de Emergencia (COER, COEP, COED) y puestos de comando de emergencia. (8) Desarrollar y mejorar en forma permanente el aplicativo informático para el registro de información para la prevención y atención de desastres y en general del Sistema de Información para la Prevención y Atención de Emergencias SINPAD, promoviendo su empleo por los COE de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Defensa Civil. (9) Promover a nivel de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la activación y funcionamiento permanente de los Comités de Defensa Civil y sus Comisiones, brindando asesoría permanente por intermedio de las Direcciones Regionales de Defensa Civil. (10) Promover la creación y desarrollo de Instituciones de Primera Respuesta ante Desastres, así como de otros dispositivos legales en materia de atención de desastres. (11) Normar y coordinar la ayuda externa e interna que se reciba para fi nes de la atención de las emergencias. (12) Asesorar al Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, y a la Presidencia del Consejo de Ministros en aspectos de competencia del presente plan. En la Atención (1) Monitorear en forma permanente la situación a nivel nacional referida a las emergencias y peligros reportados por los Comités de Defensa Civil de los diferentes niveles u otras entidades componentes del SINADECI, integrándola en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN. (2) Supervisar la atención de las emergencias por los organismos competentes del SINADECI. (3) Apoyar, los esfuerzos de los SIDERECI, cuando su capacidad de respuesta en la atención sea superada por la magnitud de la emergencia presentada. (4) Disponer la conformación y despliegue de los Grupos de Intervención Rápida - GIRED a las zonas de la emergencia, en apoyo a los Comités de Defensa Civil involucrados en la atención de emergencias cuya magnitud y situación lo justifi que. (5) Emitir opinión técnica sobre las solicitudes de Declaratoria de Estado de Emergencia en materia de atención de desastres y, de ser el caso, tramitar el dispositivo correspondiente. (6) Orientar a los medios de comunicación social y brindarles información real y oportuna sobre las evaluaciones de daños, las acciones efectuadas por el