Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2007 (18/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

360278

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2007

(c) Disponer el apoyo a los Comites de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales en las siguientes actividades: Empadronamiento de la poblacion en peligro, organizandola para las actividades de respuesta a la emergencia, incluyendo su evacuacion. Brindar seguridad para el desplazamiento ordenado de la poblacion y en el traslado, almacenamiento y distribucion de los recursos logisticos y ayuda humanitaria que lleguen a la MORDAZA afectada. Brindar seguridad en los albergues y/o refugios temporales establecidos en la MORDAZA de emergencia. Brindar seguridad en el patrimonio Publico y Privado. Brindar seguridad a los equipos tecnicos de los diferentes sectores del Estado e Instituciones participantes de la respuesta, en las labores que realicen en la MORDAZA afectada. (9) Ministerio de Defensa (a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir danos a la infraestructura publica y de las Fuerzas Armadas y en casos de excepcion, al mantenimiento del orden publico y del normal desarrollo de las actividades cotidianas de la poblacion en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (b) Disponer la participacion de la Sanidad de las Fuerzas Armadas, para que en coordinacion con el Sector Salud, ejecute las acciones previstas para casos de emergencias o desastres. (c) Proporcionar apoyo con el personal, material y equipamiento disponible, a requerimiento de los Comites de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales de las zonas afectadas por las emergencias que puedan presentarse, a fin de participar en las tareas de preparacion, transporte, evacuacion; mantenimiento y rehabilitacion de vias. (d) Realizar acciones civicas que coadyuven al reforzamiento de los asentamientos temporales y permanentes que se establezcan posteriormente como producto de los planes del presente plan. (e) Disponer la participacion y coordinacion estrecha de los Institutos Armados al interior de los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales segun corresponda. (10) Ministerio de Relaciones Exteriores. (a) Canalizar y gestionar las solicitudes de ayuda internacional que formule y consolide el INDECI, cuando la capacidad nacional para atender las emergencias que puedan presentarse, MORDAZA sido rebasada. (11) Ministerio Publico y Fiscalia de la Nacion (a) Instruir a sus miembros que como representantes institucionales integran las Comisiones de Ley, Orden e Inspecciones Tecnicas de los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales, para que en el contexto de la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y los intereses publicos velen por la transparencia de las acciones a realizar durante las diferentes fases de las operaciones de emergencia, especialmente referidos a : Que las Autoridades competentes tomen las medidas de prevencion de desastres ante las diversas situaciones y especialmente ante el peligro inminente. Investigar las irregularidades que se presenten, procediendo conforme al ordenamiento legal vigente. Certificar y confirmar la veracidad de la entrega del apoyo logistico y ayuda humanitaria a la poblacion damnificada. Supervisar y disponer la investigacion de denuncias en el caso del mal uso de los recursos destinados a la prevencion y atencion de desastres. b) Gobiernos Regionales (1) Implementar la organizacion del Sistema Regional de Defensa Civil, emitiendo los dispositivos legales

pertinentes, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el organismo rector del SINADECI. (2) Garantizar el funcionamiento permanente del Comite Regional de Defensa Civil, sus Comisiones y la Oficina de Defensa Civil. (3) Organizar, implementar y mantener en funcionamiento permanente el Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER), incluyendo el empleo del aplicativo informatico del Sistema Nacional de Informacion para la Prevencion y Atencion de Desastres (SINPAD). (4) Monitorear en forma permanente su jurisdiccion, por intermedio de los organismos que conforman el SIREDECI, a fin de estar en capacidad de identificar en forma oportuna los peligros inminentes de caracter natural u originados por el hombre, analizando las vulnerabilidades y estimando los riesgos que estos implican, a fin de determinar las acciones pertinentes para reducir los efectos daninos del desastre y prepararse para una respuesta oportuna, eficaz y eficiente. (5) Elaborar, centralizar y mantener actualizados los inventarios de los recursos humanos y materiales disponibles en su jurisdiccion que pueden ser empleados para la atencion de las emergencias que puedan presentarse. (6) Mantener un dispositivo de almacenes ubicados estrategicamente en su jurisdiccion y dotados convenientemente de los stocks de equipos y herramientas para operaciones de emergencia y material de ayuda humanitaria establecidos sobre la base de las estadisticas de recurrencia de emergencias y la evaluacion de riesgos, que permitan brindar oportunamente la atencion de emergencia a la poblacion. (7) Coordinar con el PRONAA de su jurisdiccion que mantengaun stock adecuado de alimentos que permita brindar oportunamente la atencion de emergencia a la poblacion. (8) Contrastar los recursos disponibles en su jurisdiccion con los requerimientos para la asistencia ante los peligros que puedan presentarse, a fin de tomar las previsiones para programar la adquisicion, el desarrollo, movilizacion u obtencion de los equipos y materiales, asi como las competencias que deben tener los recursos humanos disponibles y que no han sido satisfechos. (9) Formular e incluir en los planes regionales las acciones a desarrollar por los organismos que conforman el SIREDECI y las medidas que debe adoptar la poblacion, ante los posibles fenomenos naturales y/o inducidos por el hombre que puedan presentarse en su jurisdiccion, en el contexto de lo indicado en el Anexo C - Concepto de la Operacion, tomando en consideracion las particularidades especificas y caracteristicas de su region. (10) En coordinacion con los elementos de primera respuesta que actuan en su jurisdiccion, organizar y capacitar, oportuna y permanentemente, a las Brigadas de Defensa Civil en apoyo a dichos elementos, llevando el Registro de Brigadistas de su jurisdiccion, el mismo que debera ser informado al COEN. (11) Programar y desarrollar cursos de capacitacion en Prevencion y Atencion de Desastres dirigidos a los integrantes de los Comites de Defensa Civil y poblacion de su jurisdiccion en general. (12) Supervisar el funcionamiento de los Comites Provinciales y Distritales de Defensa Civil, asi como su organizacion, implementacion y funcionamiento permanente, incluyendo sus respectivas Comisiones, Centros de Operaciones de Emergencia Provincial/ Distrital (COEP y COED). (13) Desarrollar los programas curriculares, bibliografia y material necesario para las actividades de capacitacion de las autoridades, funcionarios, servidores y del voluntariado en temas inherentes a las operaciones de emergencia. (14) Programar la prueba de los planes de operaciones de emergencia de los niveles locales (Comites Provinciales y Distritales de Defensa Civil) de su jurisdiccion mediante la realizacion de simulacros y simulaciones.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.