Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2007 (18/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2007

sistemas de comunicaciones que son propios del INDECI, y los de las instituciones publicas del Estado (Sectores) que lo conforman (SINADECI), debe ir mas alla e inventariar la totalidad de los medios de comunicaciones de su jurisdiccion (recursos humanos o radio operadores y radio aficionados, sistemas y equipos de comunicaciones) considerando los de las instituciones publicas y privadas (empresas y clubes de radio aficionados), de manera de planificar su empleo e integrarlos al sistema de comunicaciones del SINADECI o SIREDECI segun corresponda, para efectos de la atencion de emergencias o de ejercicios de comunicaciones. b. El sistema considera el empleo de las Redes de Comunicaciones cuya denominacion, finalidad y otras caracteristicas, se encuentran especificadas en el Apendice I al presente Anexo. c. Como MORDAZA general, y en cuanto sea posible, los sistemas de comunicaciones del SINADECI y del SIDERECI estaran sustentados sobre la base de los MORDAZA normales de comunicaciones y los equipos propios. Cuando estos enlaces no esten disponibles, se recurrira al empleo de los sistemas de comunicaciones de las Instituciones Publicas (Sectores) que integran el SINADECI, tales como Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru, Sector Salud, Sector Transportes y Comunicaciones, Sector Agricultura, segun sea el caso. A falta o saturacion de estos sistemas, se recurrira al empleo de los recursos materiales y humanos de las instituciones privadas y clubes de radio aficionados. d. Los equipos y sistemas de comunicaciones que conforman las redes de comunicaciones, deben contar con sistemas de baterias, UPS, alimentacion por grupos electrogenos y en general con alimentacion electrica de emergencia, que les permitan funcionar cuando no se cuente con fluido electrico. e. Adicionalmente, se debera disponer de equipos de comunicaciones portatiles (radios MORDAZA man-pack, telefonos satelitales, etc.) a fin de poder desplegarlos a la MORDAZA afectada por la emergencia o a otras ubicaciones, en los casos en que los Centros de Operaciones de Emergencia MORDAZA afectados o se considere la necesidad de instalar puestos de comunicaciones en el area de la emergencia. f. Es responsabilidad de la Autoridad a cargo de cada organismo del SINADECI o del SIDERECI, dotar a sus COE y en general a los escalones que integran su organizacion, con los equipos de comunicaciones, sistemas asociados a los mismos y personal especializado para su operacion y mantenimiento. g. Es responsabilidad de la Autoridad responsable de cada organismo del SINADECI o del SIDERECI, efectuar las coordinaciones y dictar los procedimientos pertinentes al funcionamiento de sus comunicaciones de modo de integrarlas aprovechando las facilidades de comunicaciones con que cuentan las instituciones publicas, privadas y clubes de radio aficionados de su jurisdiccion y garantizar la celeridad y fidelidad de la informacion a ser transmitida y recibida. h. El MORDAZA fundamental es contar con la posibilidad real de que la informacion con los reportes iniciales de emergencia y peligros, la evaluacion de danos, requerimientos y directivas para su atencion, fluya desde las areas afectadas a los Centros de Operaciones de Emergencia Distritales, Provinciales y Regionales y hacia el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional, en beneficio de la oportuna y eficiente atencion de la poblacion damnificada o afectada. i. A nivel nacional, el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que el servicio de radioaficionados es una forma particular del servicio de radiocomunicacion, con fines de intercomunicacion, entretenimiento, experimentacion e investigacion y que el Estado fomenta esta actividad sujeta a control, contando con un Reglamento Especifico del Servicio de Radioaficionados; formulado por la Direccion General de Telecomunicaciones (aprobado por Resolucion Ministerial Nº 460-95-MTC15.17 del 16 Noviembre 1955). El reglamento en mencion, en sus articulos 5º,10º y 11º considera la prestacion de servicios de interes publico, para casos de emergencia, en estrecha coordinacion con el Sistema Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Al respecto, los operadores del servicio de radio aficionados estan autorizados para efectuar transmisiones temporales

de contacto y comunicacion en situaciones de emergencia declarada en apoyo al Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, en frecuencias no atribuidas a los radio aficionados bajo autorizacion del Ministerio y a retransmitir la informacion meteorologica, sismologica, propagacion senales de MORDAZA, traficos de emergencia o senales horarias que hayan sido emitidas por organismo oficiales o privados, bajo el conocimiento y autorizacion de estos. j. Asimismo, dispone expresamente que toda estacion de Radioaficionado debe estar habilitada permanentemente para operar en la banda de 40 metros, con el objeto de poder participar en apoyo al servicio de emergencia y al Sistema Nacional de Defensa Civil. La frecuencia de MORDAZA, alarma y seguridad sera 7100 Khz. Adicionalmente, la Nota P16 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF. (Aprobado por RM Nº187-2005-MTC/03 del 01 MORDAZA de 2005, modificada por RM Nº 777-2005-MTC/03 del 31 octubre de 2005), dispone que en casos de catastrofes naturales, las bandas atribuidas al servicio de radio aficionados en 3,5 MHz, 7,0 MHz, 10,1 MHz, 14,0 MHz, 18,068 MHz, 21,0 MHz, 24,89 MHz y 144 MHz podran ser utilizadas por la administracion. k. Se constituira una Red de Comunicaciones de Emergencia de Radioaficionados, la misma que sera complementaria de la Red de Coordinacion de Operaciones de Emergencia del SINADECI y formara parte del sistema integral de Radiocomunicaciones del SINADECI. l. La Red de Comunicaciones de Emergencia de Radioaficionados estara conformada por aficionados peruanos voluntarios y con predisposicion a comprometer sus equipos, conocimientos, colaboracion y tiempo para hacer posible el funcionamiento permanente de la Red, las 24 horas, los 365 dias, y se conducira en el contexto del convenio MORDAZA suscrito, en arreglo al presenta apendice y a las condiciones y normas ampliatorias que imparta el Instituto Nacional de Defensa Civil como ente rector y responsable del Sistema Nacional de Defensa Civil. m. La integracion de los radioaficionados a la Red, debera ser organizada por los diferentes representantes de los Radio Clubes legalmente constituidos a nivel regional, provincial y distrital, dependiendo de la autoridad jurisdiccional que tenga a cargo las responsabilidades de Defensa Civil, es decir, los Presidentes de Gobiernos Regionales, Alcaldes Provinciales, Alcaldes Distritales. n. La Red de Comunicaciones de Emergencia de Radioaficionados, tendra como contraparte y entidad directriz al Radio Club del Peru, que establecera una comision coordinadora entre sus socios, debiendo estar integrada por radio aficionados activos; facilmente ubicables y con los conocimientos necesarios para poner en funcionamiento la Red. De igual manera el INDECI nombrara a un representante quien cumplira las funciones de Coordinador General de la red, en representacion de esta institucion, teniendo MORDAZA entidades la responsabilidad de dirigir, vigilar y tomar las medidas que el caso requiera para el buen funcionamiento de la presente Red de Emergencia o. La Red de Comunicaciones de Emergencia de Radioaficionados se establecera en la frecuencia designada para la Cadena Peruana de MORDAZA y se enlazara a traves de las frecuencias autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones asignadas al servicio de radio aficionados empleando sus propios indicativos, el esquema funcional y los procedimientos establecidos seran considerados en los Agregados al Apendice I. 4. Redes de Telecomunicaciones del SINADECI. El sistema de Telecomunicaciones del SINADECI esta conformado por las Redes de Comunicaciones, que se indica a continuacion: a. Red de Telefonia Celular para Autoridades del SINADECI. b. Red de Coordinacion de Operaciones de Emergencia del SINADECI. c. Red Informatica del Sistema Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres - SINPAD. e. Red Telefonica administrativa del SINADECI.

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