Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2007 (18/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
(7) Ministerio de Educacion

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2007

(e) Prever la disponibilidad de estructuras Bayly para la habilitacion de puentes de emergencia. (f) Organizar y mantener equipos moviles de reparacion de la red de comunicaciones del MTC, para actuar oportunamente en casos de emergencia. (g) Propiciar, en casos de emergencia, la operatividad de la Red de Telefonia Rural en la MORDAZA afectada, asi como que los operadores de los servicios publicos de telecomunicaciones den prioridad a los requerimientos de los organismos del SINADECI responsables de brindar la atencion de emergencia. (h) Disponer que los terminales terrestres, maritimos y aereos se encuentren preparados para una oportuna respuesta a las emergencias que puedan presentarse. (5) Ministerio Saneamiento de Vivienda, Construccion y

(a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir el riesgo de danos a la infraestructura de servicios publicos de agua y alcantarillado en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (b) Promover, en coordinacion con los Comites de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales, la ejecucion de obras por peligro inminente para minimizar danos en viviendas que podrian ser afectadas por las emergencias. (c) Establecer, en estrecha coordinacion con los gobiernos locales, las normas pertinentes a la utilizacion transitoria de areas publicas, como albergues temporales, en casos de desastres. (d) Estudiar las medidas tecnicas economicas y legales inherentes a la rehabilitacion de viviendas a consecuencia de un desastre. (e) Participar en coordinacion con los Gobiernos Locales y Fuerzas Armadas, en las operaciones de remocion de escombros y demolicion de edificaciones que presentan peligro a la comunidad. (f) Gestionar, en coordinacion con los gobiernos locales, dispositivos legales que faciliten la recuperacion de las areas urbanas afectadas por desastres o que faciliten la reubicacion de la poblacion damnificada y/o afectada. (g) Promover la capacitacion de la poblacion en tecnicas de mejoramiento de la construccion de sus viviendas, para hacerlas mas seguras y resistentes a los fenomenos naturales; asi como del mejor aprovechamiento del espacio y adecuada ubicacion de las viviendas. (6) Ministerio de Energia y Minas (a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir el riesgo de danos a la infraestructura de servicios publicos de generacion de energia y abastecimiento de combustible en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (b) Promover, en coordinacion con los Comites de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales, la ejecucion de obras por peligro inminente para minimizar danos en la infraestructura del sector que podria resultar afectada por las emergencias. (c) Establecer, en estrecha coordinacion con los Gobiernos Locales, un sistema que asegure el abastecimiento normal de combustible, carburantes y lubricantes, particularmente en poblaciones vulnerables y que pueden quedar aisladas ante la ocurrencia de fenomenos naturales o inducidos. (d) Organizar y mantener equipos con personal y medios necesarios, que aseguren el mantenimiento y/o restablecimiento inmediato de los servicios de energia electrica, prioritariamente a hospitales, almacenes con reservas, locales de alimentos refrigerados, en casos de desastre. (e) Asegurar el suministro de electricidad de emergencia con prioridad para hospitales, almacenes con productos alimenticios refrigerados, albergues u otros. (f) Asegurar el adecuado nivel de abastecimiento de carburantes y combustibles a las zonas afectadas.

(a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir el riesgo de danos a la infraestructura educativa y a la poblacion escolar en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (b) Promover, en coordinacion con los Comites de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales, la ejecucion de obras por peligro inminente para minimizar danos a la infraestructura educativa y poblacion escolar en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (c) Coordinar, por intermedio de la Oficina de Infraestructura Educativa OINFE del Ministerio de Educacion, la suscripcion de convenios con el Ministerio de Vivienda, para la implementacion de aulas con modulos prefabricados que cuenten con todos los materiales educativos pertinentes y sus correspondientes modulos de servicios, para la atencion de la poblacion educativa, en caso de requerirse la reubicacion total de las zonas afectadas. (d) Determinar, en coordinacion con las Direcciones Regionales de Educacion - DRE, las Instituciones Educativas que recibiran a los ninos y ninas que requieran ser reubicados. (e) Disponer la capacitacion de las Comisiones Permanentes de Defensa Civil de las Instituciones Educativas, en coordinacion con los Comites de Defensa Civil a fin de que contribuyan al esfuerzo de sensibilizacion de la poblacion y difusion de precauciones. Ello con el objeto de reducir los efectos de las emergencias que puedan presentarse sobre la salud de la poblacion escolar. (f) Disponer que las DRE en el ambito de su jurisdiccion y en estrecha coordinacion con los Comites de Defensa Civil de las localidades afectadas, verifiquen las siguientes acciones: - Elaboracion por las Instituciones educativas de los Planes de Seguridad y evacuacion y las medidas pertinentes para la evacuacion y seguridad de la poblacion estudiantil. - Realizacion de simulacros con el fin de familiarizar a la poblacion escolar con los planes de seguridad. - Adecuada asistencia de la poblacion escolar que sea afectada por las emergencias. - Monitoreo de las Instituciones Educativas por intermedio de las Unidades de Gestion Local para conocer la situacion de la comunidad educativa a fin de determinar el nivel de impacto a consecuencia de las emergencias presentadas. (g) Impulsar el desarrollo del Servicio Escolar Solidario en los centros educativos, para incentivar acciones de prevencion y atencion de desastres y proyeccion a la comunidad. (h) Impulsar la implementacion y el desarrollo de los contenidos curriculares de "Aprendiendo a Prevenir", en todos los niveles escolares y las instancias del sector educativo. (i) Dictar normas para establecer mecanismos que permitan el uso temporal de la infraestructura educativa, estadios, coliseos etc, como centros de atencion a las familias afectadas en casos de emergencia. (j) Disponer las medidas pertinentes a la reanudacion de las actividades educativas en las zonas afectadas, adoptando medidas que viabilicen esta accion a la brevedad posible. (8) Ministerio del Interior (a) Desarrollar acciones dirigidas a reducir danos a la infraestructura publica y policial y al mantenimiento del orden publico y del normal desarrollo de las actividades cotidianas de la poblacion en las zonas que podrian ser afectadas por las emergencias. (b) Disponer la participacion de la Sanidad de la PNP, para que en coordinacion con el Sector Salud, ejecute las acciones previstas para casos de emergencias o desastres.

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