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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 111

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360737 meses de diciembre 2007 y enero 2008; el mismo que no podrá exceder de 20 días calendarios. Artículo 2º: EXONERAR, del proceso de Selección correspondiente la Adquisición de Alimentos para la Atención de los Comedores Populares, Hogares y Albergues, Población en riesgo y de Salud y Obras Comunales de la Provincia de Cajamarca, para los meses de diciembre 2007 y enero 2008. Artículo 3º: AUTORIZAR, a la Ofi cina General de Administración, en coordinación el área usuaria se proceda al proceso defi nitivo para la Adquisición de Alimentos para la atención de los Comedores Populares, Hogares y Albergues, Población en riesgo y de salud y Obras Comunales de la Provincia de Cajamarca, para los meses de diciembre 2007 y enero 2008, a través del procedimiento establecido en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo No. 084-2004-PCM, cuyo valor referencial asciende aproximadamente a la suma de S/. 776,262.14 (SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 14/100 NUEVOS SOLES). Artículo 4º: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda a fi n de determinar la responsabilidad administrativa, civil o penal de los funcionarios involucrados y que ha dado lugar a la presente declaratoria, en un plazo no mayor de 15 días calendarios. Artículo 5º: La Adquisición de Alimentos para la atención de los Comedores Populares, Hogares y Albergues, Población en riesgo y de salud y Obras Comunales de la Provincia de Cajamarca, para los meses de diciembre 2007 y enero 2008, será en los siguientes términos: 5.1. Los Productos materia de exoneración son los siguientes: No. PRODUCTOS UNIDAD MEDIDACANTIDAD MES DICIEMBRE 2007CANTIDAD MES ENERO 2008CANTIDAD TOTAL EXONERADA 01 Trigo Entero Kg. 70,000 70,000 140,000 Kg.02 Arroz Pilado Kg. 34,418.50 34,418.50 68,837 Kg.03 Arveja Entera Kg. 30,579 30,579 61,158 Kg.04 Aceite Vegetal Kg. 16,471.50 16,471.50 32,943 Kg. 5.2 El presente proceso de selección será fi nanciado a través de las Fuentes de Financiamiento: Fuente 01 Recursos Ordinarios – Rubro 00 Recursos Ordinarios; Fuente 13 Donaciones y Transferencias. Artículo 6º: PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y remitir copias del mismo y sus informes a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro del plazo de Ley, así como su publicación en el SEACE. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO AURELIO LA TORRE SÁNCHEZ Alcalde Provincial 145409-1 MUNICIPALIDAD DISTRTIAL DE HUATA Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria y equipo para la conservación y mantenimiento de vías de comunicación, servicios de salubridad, salud y otros ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 145-2007-MDH Huata, 7 de diciembre de 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE HUATA. VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 6 de diciembre del 2007, el contenido del informe técnico signado con el Exp. N° 1374-2007, y el Informe legal N° 029-2007, respecto a la Declaratoria de Emergencia de las vías de comunicación, servicios de salubridad, salud, educación y principalmente la Construcción, Mantenimiento y rehabilitación de carreteras del todo el territorio del distrito de Huata; así como brindar asistencia a la población del distrito que comprende a sus comunidades y caseríos; y la Urgencia la Adquisición de Maquinaria y Vehículos por la modalidad de exoneración del proceso de selección ; y las respectivas formas de fi nanciamiento para la materialización de la adquisición, y; CONSIDERANDO:Que, el articulo del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tiene facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 19° del Texto único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia, declaradas de conformidad con dicha ley. Que, el articulo 22° del Decreto Supremo N° 083- 2004-PCM, establece que la Situación de Emergencia es aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. El Reglamento establecerá los mecanismos y plazos para la regularización del procedimiento correspondiente. El resto de la actividad necesaria para completar el objetivo propuesto por la Entidad ya no tendrá el carácter de emergencia y se adquirirá o contratará de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. Que, la causal descrita precedentemente guarda relación con lo formado en el artículo 142° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece: la situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan de grave peligro o necesidad que afecten la defensa nacional”, cuyos requisitos se dan en el presente caso concreto, toda vez que la Municipalidad Distrital de Huata, de acuerdo al informe técnico signado con el Exp. N° 1374-2007, no cuenta a la fecha ningún volquete, ni cargador frontal, cuya situación no permite avanzar con la programación y ejecución de obras que son de urgente atención, por cuanto deviene en la paralización o retardo en la ejecución, creando malestar en la población, y que la próxima temporada de lluvias estaría causando perjuicios irreparables, deteriorando las carreteras y redes de comunicación, que indirectamente perjudican a la ejecución o culminación de las obras que viene ejecutando por contrato la Municipalidad. Que, en tal sentido, la adquisición y la exoneración del proceso de selección, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del Inc. c) del articulo 20º del Decreto Supremo N° 083- 2004-PCM, disponiéndose el cumplimiento del articulo 148°