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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 103

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360729 Logística, al no advertir que la prestación de servicio de mantenimiento de equipos, estaba contemplado como un servicio gratuito en las “Especifi caciones Técnicas” de las Bases, que forman parte del Contrato Nº 05-2005-EXO-MSS, Servicio de Radio Troncalizado Digital, generando que se efectivice prestación adicional por el servicio de mantenimiento, originando la indebida erogación de recursos por la suma de S/.9, 371.92 Nuevos Soles de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Que, asimismo señala que, la mencionada ex Subgerente de Logística estaba obligada a cumplir los términos señalados en las Bases Administrativas, en atención a lo señalado por el Artículo 25º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y, de igual forma el Artículo 201º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la referida Ley. Del mismo modo, se recomienda al Sr. Alcalde en su calidad de Presidente del Concejo Municipal de Santiago de Surco, disponga que previa autorización del Concejo Municipal, se derive al Sr. Procurador Público Municipal de la Corporación Edil, a fi n de que se inicie las acciones legales pertinentes en atención a la responsabilidad civil de la citada ex funcionaria, por el perjuicio ocasionado contra el patrimonio de dicha entidad edil; Que, el Informe Especial N° 004-2007-02-2168, Código Nº 2-2168-2007-001 – Determinación de Responsabilidad Civil, derivada del Examen Especial a las Exoneraciones a los Procesos de Selección - Período 2005 - 2006, Modifi cado, constituye prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales, de conformidad con el inciso f) del Artículo 15º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, a través del Informe Nº 741-2007-OAJ-MSS de fecha 03.09.2007, la Oficina de Asesoría Jurídica se ratifica en la Conclusión emitida en su Informe Nº 665-2007-OAJ-MSS de fecha 24.07.2007, opinando que la Procuraduría Pública Municipal deberá proceder a formular las acciones de responsabilidad Civil correspondientes, contra la ex funcionaria Thelmy María del Pilar Mendoza Michilot al haber negligencia en el desempeño de sus obligaciones lo que ha generado que la Municipalidad asumiera indebidamente gastos de mantenimiento de equipos por la suma de S/. 9,371.92 Nuevos Soles, para lo cual se deberá autorizar a la Procuraduría Pública Municipal, mediante Acuerdo de Concejo en virtud del Informe Especial Nº 004-2007-02-2168 – Modificado, elaborado por la Oficina de Control Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando a los Dictámenes Conjuntos Nros. 024 y 033-2007-CGM-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, al Informe Especial Nº 004-2007-02-2168 – Modifi cado, de la Ofi cina de Control Institucional, los Informes Nº 665 y Nº 741-2007-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 23) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adoptó por MAYORIA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal para que en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad de Santiago de Surco, inicie las acciones legales pertinentes contra la Ex - Funcionaria Sra. THELMY MARÍA DEL PILAR MENDOZA MICHILOT, en virtud al Informe Especial N° 004-2007-02-2168, Código Nº 2-2168-2007-001 – Determinación de Responsabilidad Civil, derivada del Examen Especial a las Exoneraciones a los Procesos de Selección - Período 2005 - 2006, Modifi cado, de la Ofi cina de Control Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco.Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General remitir copias autenticadas de los antecedentes del presente Acuerdo a la Procuraduría Pública Municipal, para el inicio de las acciones legales pertinentes, quien debe informar periódicamente del estado del proceso al Concejo Municipal. Así mismo encárgasele la trascripción del presente Acuerdo para el Órgano de Control Institucional. POR TANTO:Registre, publique, comunique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 145536-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de disposición final de residuos sólidos - relleno sanitario ACUERDO DE CONCEJO N° 128-2007-ACSS Santiago de Surco, 19 de diciembre de 2007EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha, VISTO:El Dictamen Conjunto Nº 005-2007-CGM-CSCMA- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal, de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1805-2007-SG-MSS de la Ofi cina de Secretaría General, el Memorándum Nº 2112-2007-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Memorándums Nros. 1007 y 1055-2007-GMA-MSS de la Gerencia de Medio Ambiente, el Memorándum Nº 1055-2007-OPP-MSS de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, los Informes Nros. 2236 y 2246-2007-SGL-GAF-MSS de la Subgerencia de Logística, el Informe Nº 1051-2007-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, sobre desabastecimiento inminente del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario; y CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Memorándum Nº 1007-2007-GMA- MSS, de fecha 05.12.2007, la Gerencia de Medio Ambiente hace llegar a la Subgerencia de Logística, el Informe Nº 698-2007-SGRR-GMA-MSS de fecha 05.12.2007 de la Subgerencia de Gestión de Residuos Sólidos, con el fin de tramitar la exoneración por causal de desabastecimiento inminente, originado por la demora del fallo del Tribunal de CONSUCODE respecto del Recurso de Apelación contra la Buena Pro del Concurso Público Nº 001-2007-MSS, adjunta el Informe Técnico para la Contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario;