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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360726 y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Sexta.- Encárguese a las Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, Departamento de Defensa Civil, Departamento de Comercialización y Anuncios y Departamento de Policía Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza y su difusión. Sétima.- Incorpórese al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad los requisitos, procedimientos y tasas establecidas en esta Ordenanza de conformidad con lo señalado en el Anexo de la presente Ordenanza. Octava.- Deróguese las Ordenanzas y las demás normas que se opongan a la presente Ordenanza Novena.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 145025-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Establecen días no laborables compensables para el personal de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0022-2007-ALC/MSI San Isidro, 19 de diciembre de 2007EL ALCALDE DE SAN ISIDRO; yCONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y su modifi catoria Ley Nº 27680, las Municipalidades Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, para ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 195-2007-EF, se fi jó, excepcionalmente, para el Gobierno Central, un período del 17 al 31 de diciembre de 2007 para el goce de vacaciones de sus trabajadores, y que los Gobiernos Locales podrán adoptar, según estimen conveniente, medidas de similar fi n, en el marco de sus competencias y funciones; Que, conforme al análisis técnico que ha efectuado la Gerencia de Recursos Humanos, resulta conveniente que los servidores de la Municipalidad de San Isidro suspendan sus labores los días 24, 26, 27, 28 y 31 de diciembre del 2007; Que, durante el período indicado se suspenderá la recepción documentaria considerándose dichos días como inhábiles, entendiéndose prorrogados los plazos administrativos procesales durante los días que dure la suspensión; Que, no obstante lo antes expuesto, determinadas áreas de la Municipalidad brindarán sus servicios de manera restringida de tal manera que no se afecte el servicio que se brinda a la comunidad del distrito; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, Numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer los días Lunes 24, Miércoles 26, Jueves 27, Viernes 28 y Lunes 31 de diciembre de 2007 como días no laborables compensables para el personal de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Artículo Segundo.- Las horas dejadas de laborar en el período de suspensión establecido en el artículo precedente, serán compensadas a partir del mes de enero de 2008, a razón de una hora diaria. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Obras y Servicios Municipales, Subgerencia de Logística y Servicios Generales y la Procuraduría Pública Municipal continúen laborando en forma restringida durante dicho período, debiendo establecer en coordinación con la Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Administración y Finanzas, los turnos, horarios y personal que cubrirán las labores esenciales de cada una de las áreas mencionadas. La Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Secretaría Técnica de Defensa Civil y la Subgerencia de Fiscalización continuarán desarrollando sus labores y funciones, a fi n de prevenir durante esos días la presentación de hechos que alteren la seguridad y el orden público, informando permanentemente a la autoridad pertinente cual situación irregular. Articulo Cuarto.- Disponer que en los días señalados en el artículo precedente, se suspenderá la recepción documentaria por la Ofi cina de Trámite Documentario de la Municipalidad de San Isidro, considerándose dichos días como inhábiles, entendiéndose prorrogados los plazos administrativos procesales por los días que dure la suspensión de labores. Articulo Quinto.- La Gerencia Municipal podrá emitir las directivas que fueran necesarias para salvaguardar la prestación de servicios públicos esenciales en la jurisdicción del distrito durante los días señalados en el artículo 1° del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase.E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 145252-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 000048-2007- MDSJM DECRETO DE ALCALDIA Nº 000013-2007-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 19 de diciembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, el Informe Nº 191-2007-GR-MDSJM de fecha 19 de Diciembre de 2007, de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 1449-2007 de fecha 19 de Diciembre de 2007 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Primero y Séptimo de la Ordenanza Municipal Nº 000048-2007-MDSJM de fecha 16 de noviembre de 2007, la Mega