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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360635 Fte. Fto. : 02 Rubro : 09 Recursos Directamente RecaudadosCadena de Gasto : 6.5.11.51 Equipamiento y Bienes DuraderosImporte : S/. 75,000.00 Nuevos Soles Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador de la provincia y departamento de Lima, con la fi nalidad que le permita adquirir tres (03) camionetas, conforme a los considerandos de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Villa El Salvador es responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, del correcto uso de la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos, así como de las acciones necesarias para llevar a cabo la adquisición de las camionetas referidas en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 145790-3 Declaran Gobiernos Regionales aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del PMAAP RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 49-2007-PCM/SD Mirafl ores, 19 de diciembre de 2007 VISTO: El Ofi cio Nº 910-2007-AG-DVM, y el Informe Nº 040- 2007-PCM/SD-LENC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 100- CND-P-2006, se aprobaron las Normas Específi cas para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 076- 2006-PCM; Que, por Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM publicado el 12 de abril de 2007, Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 007-2007-PCM/SD del 04 de julio de 2007, y Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 031-2007-PCM/SD del 12 de octubre de 2007, se amplió sucesivamente los plazos previstos en la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006 para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP); teniéndose a la fecha, que dichos plazos culminan el 21 de diciembre de 2007; Que, mediante ofi cio de vistos, el Viceministro de Agricultura solicita la ampliación del plazo para la culminar la mencionada transferencia; Que, mediante informe de vistos, se recomienda declarar a los Gobiernos Regionales que se identifi can en el artículo 1º de la presente resolución, aptos para acceder a la mencionada transferencia, y se concluye a favor de ampliar los plazos hasta el 31 de diciembre de 2007; De conformidad a las Leyes Nº 27783 y Nº 27867, y sus normas modifi catorias y complementarias, los Decretos Supremos Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM y Nº 038-2007-PCM, y las Resoluciones Presidenciales Nº 058-CND-P-2006 y Nº 100- CND-P-2006 y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declaración de Gobiernos Regionales aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del PMAAP Declarar que los Gobiernos Regionales de Ancash, Huancavelica, Junín, Madre de Dios y Moquegua, han cumplido con todos los Mecanismos de Verifi cación requeridos, por tanto están aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura. Artículo 2°.- Culminación de la transferencia El Ministerio de Agricultura, deberá continuar con el procedimiento establecido en la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006 y sus modifi catorias, a efectos de culminar y concretar la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales. Artículo 3º.- Ampliación Ampliar hasta el 31 de diciembre de 2007, los plazos para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura previstos por Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 007-2007-PCM/SD, con efi cacia anticipada al término de los mismos, y teniendo como referencia lo dispuesto en la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006 y el Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 145775-1