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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360641 CONSIDERANDO: Que, el numeral 64.2 del artículo 64º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y a propuesta de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, se autorizan las modifi caciones presupuestarias necesarias, durante el mes de diciembre, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, con el objeto de conciliar y completar los registros presupuestarios de ingresos y gastos efectuados durante el año fi scal; Que, existen diversos Gobiernos Regionales que al cierre del presente año fi scal requieren de recursos presupuestales para atender gastos de carácter continuo a fi n de poder efectuar un adecuado proceso de cierre del presupuesto del año fi scal 2007; Que, el pliego Ofi cina de Normalización Previsional- ONP perteneciente al Sector Economía y Finanzas presenta saldos presupuestales que pueden ser transferidos a favor de diversos Gobiernos Regionales; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia de partidas de conformidad con lo establecido por el artículo 64º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 29 445 603,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 095 : O fi cina de Normalización Previsional-ONP FUENTE DE 1 : Recursos OrdinariosFINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles) 5. GASTOS CORRIENTES 2. Obligaciones Previsionales 29 445 603,00 =========== TOTAL 29 445 603,00 A LA:SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 5. GASTOS CORRIENTES 29 445 603,00 =========== TOTAL 29 445 603,00 Los pliegos y grupos genéricos habilitados se detallan por Gobiernos Regionales de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Autorícese a los Titulares de los Pliegos comprendidos en la presente transferencia de partidas a aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos a los que se refi ere el artículo precedente, a nivel de unidad ejecutora, función, programa, subprograma y actividad, dentro de los tres (3) días siguientes de la publicación del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro del mismo plazo a los organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411. 2.2 Las Ofi cinas de Presupuesto o la que haga sus veces en los Gobiernos Regionales, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 Las Ofi cinas de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Responsabilidad sobre el destino de los recursos Los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas, por ningún motivo se destinan al otorgamiento de nuevos y/o incremento de benefi cios o prestaciones, sean pecuniarias o en especie, tales como canastas, asignaciones, bonos, distribuciones, retribuciones, estímulos, asignaciones extraordinarias por trabajo asistencial (AETA), benefi cios de toda índole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, incluido los incentivos laborales que se otorgan a través del CAFAE. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PLIEGOS HABILITADOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES) PLIEGO \ GRUPO GENÉRICO DE GASTO MONTO SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS GOBIERNOS REGIONALES 440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 651,148 3. BIENES Y SERVICIOS 500,000 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 151,148 441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH 355,988 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 355,988 442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC 1,177,695 1. PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 1,000,000 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 177,695 443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA 720,000 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 720,000 444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO 8,126,523 1. PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 7,990,822 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 135,701 445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 850,674 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 850,674 446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 161,398 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 161,398 447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 108,360 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 108,360 448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO 363,990 4. OTROS GASTOS CORRIENTES 363,990