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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360645 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 025-2007-EF/15.01 Lima, 20 de diciembre de 2007CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 086-2007-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 121-2006-EF y la Tabla Aduanera del Maíz aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, por Decreto Supremo Nº 133-2007-EF se sustituyó la Tabla Aduanera de Lácteos aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y se dispuso que tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de diciembre de 2007; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 1/12/2007 al 15/12/2007 210 321 415 3 798 Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD GUIULFO SUAREZ-DURAND Viceministro de Economía 145784-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban Adenda Nº 10 al Convenio suscrito entre el Ministerio y el PNUD, aprobado por R.S. Nº 001-2003-MIMDES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2007-MIMDES Lima, 19 de diciembre de 2007CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de febrero de 2003 se suscribió el Convenio de Cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en adelante el Convenio, con el objeto de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia entre las partes para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para la formulación, programación, ejecución y monitoreo de acciones relacionadas con las orientaciones de la política social encargadas por el Gobierno al MIMDES, el mismo que fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 001-2003-MIMDES, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 1 de marzo de 2003; Que, mediante las Resoluciones Supremas Nºs. 025- 2003-MIMDES, 025-2004-MIMDES, 001, 009 y 013-2005-MIMDES, 001, 003 y 016-2006-MIMDES, se aprobaron la primera Adenda de fecha 30 de diciembre del 2003 y las Adendas Nºs. 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09, respectivamente, al mencionado Convenio; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos, los mismos que son aprobados, así como sus respectivas adendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente, por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; Que, mediante Informe Nº 519-2007-MIMDES/OGPP- OPPI de fecha 18 de diciembre de 2007, la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, señala las ventajas y benefi cios para la suscripción de la Adenda Nº 10 al Convenio, asimismo otorga la disponibilidad de recursos presupuestales para el fi nanciamiento de la mencionada Adenda Nº 10 al Convenio suscrito por el MIMDES y el PNUD; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Adenda Nº 10 al Convenio suscrito el 27 de febrero de 2003, entre el MIMDES y el PNUD, por el cual, entre otros, se amplía la vigencia del mismo al 31 de diciembre de 2008, para la implementación del proyecto PER/03/014 “Implementación de la Nueva Estructura del MIMDES”; De conformidad con la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Adenda Nº 10 al Convenio suscrito el 27 de febrero de 2003, entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2003-MIMDES. Artículo 2º.- Autorizar al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a efectuar las transferencias de recursos necesarias al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para la implementación y administración de las actividades previstas en el mencionado Convenio. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 145790-7