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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361271 Delegan funciones a la Secretaría General para aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Ministerio, durante el Ejercicio Fiscal 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2007-MINCETUR/DM Lima, 21 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone en el Artículo 7º que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsable en materia presupuestaria; asimismo, faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establece expresamente la misma Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, conforme al artículo 40º, numeral 40.2, de la citada Ley, las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, función que el Titular puede delegar Que, es propósito del Titular del Pliego 035- MINCETUR, promover y apoyar la agilización y efi cacia en la toma de decisiones, a fi n de optimizar la gestión en materia presupuestaria; De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Secretaria General, durante el Ejercicio Fiscal 2008, la función de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo informe técnico debidamente sustentado de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 146591-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Operación de Administración de Deuda Pública DECRETO SUPREMO N° 216-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 109-96-EF de fecha 04.11.96, se aprobó la emisión de los Bonos Brady, en el marco del Plan Financiero de la República del Perú del año 1996 (Plan Brady);Que, en el marco de la autorización dada por la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley N° 28563, y sus modifi catorias, el Ministerio de Economía y Finanzas realizará una operación de administración de deuda, bajo la modalidad de redención anticipada, parcial o total a valor nominal, de la deuda derivada de los Bonos Brady, a fi n de mejorar el perfi l del servicio de la deuda pública externa, y así lograr un alivio en la caja fi scal; Que, el numeral 37.1 del Artículo 37° de la acotada Ley General dispone que las operaciones de administración de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas; Que, asimismo, en el marco de la autorización otorgada en el numeral 7.2 del Artículo 7° de la Ley N° 28928, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2007, a través del Decreto Supremo Nº 011-2007-EF, se autorizó la emisión de Bonos Soberanos en el mercado interno hasta por la suma de S/. 2 331 000 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a atender los requerimientos fi nancieros del Sector Público No Financiero del Año Fiscal 2007; Que, al haber sido cubiertos en su totalidad los requerimientos fi nancieros antes indicados con recursos ordinarios y parte de la colocación de los Bonos Soberanos autorizados por el Decreto Supremo Nº 011- 2007-EF, así como con otras fuentes de fi nanciamiento, se contará con recursos provenientes de la colocación de los citados Bonos Soberanos que no serán utilizados para ese fi n; Que, por lo tanto, resulta conveniente modifi car el destino de los montos obtenidos por la colocación de Bonos Soberanos realizada en el marco del Decreto Supremo N° 011-2007-EF y que se encuentren pendientes de utilización al 31.12.07, disponiéndose que los mismos, sean empleados en fi nanciar parcialmente dicha operación de administración de deuda; Que, adicionalmente, la referida operación de administración de deuda podrá ser fi nanciada parcialmente con cargo a los recursos provenientes de emisiones de bonos en el mercado local; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la presente norma, en aplicación del literal I) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 28563; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación de la operación de administración de deuda Apruébese la operación de administración de deuda, bajo la modalidad de redención anticipada, total o parcial a valor nominal, de los Bonos Brady, emitidos en el marco del Plan Financiero de la República del Perú del año 1996 (Plan Brady). Artículo 2°.- Modifi cación del destino de recursos Modifíquese el destino de los recursos provenientes de la emisión y colocación de Bonos Soberanos autorizada por el Decreto Supremo N° 011-1007-EF, que se encuentren pendientes de utilización al 31.12.07, a efectos que tales montos sean empleados en el fi nanciamiento parcial de la operación de administración de deuda a realizarse en el Año Fiscal 2008 que aprueba el artículo precedente. Artículo 3°.-Emisión interna de Bonos Soberanos Autorícese la emisión interna de Bonos Soberanos,