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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2007 (09/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de enero de 2007 337305 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: El informe del 2 de enero del 2007 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 230- 2006-Callao-PR, expedida el 20 de diciembre de 2006 por el Gobierno Regional del Callao se renueva la con fi anza a don Rogelio Juan Galarza Mesías como Director Regional de Educación del Callao; Que, con fecha 8 de Diciembre de 2006 se publica la Ley Nº 28926, que regula el Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales de conformidad con la autonomía administrativa reconocida por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú para dichos gobiernos subnacionales. Que, la referida norma modi fi ca la duodécima disposición transitoria, complementaria y fi nal de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902, disponiendo que la designación y cese de los Directores Regionales corresponde al Presidente Regional a propuesta del respectivo Gerente Regional. Estando al informe de visto, y de acuerdo a las atribuciones conferidas al Presidente del Gobierno Regional por el inciso c) del Artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CESAR, en el cargo de Director Regional de Educación del Callao a don Rogelio Juan Galarza Mesías, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- ENCARGAR a doña Elva Izquierdo Rios, Jefa de la Unidad de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación del Callao, en tanto se realice el Concurso de Méritos correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 13283-6 Ratifican resolución que declaró nulidad de la Res. Nº 109-2006-Gobierno Regional del Callao/PR y de los contratos celebrados bajo su vigencia ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 011 Callao, 5 de enero de 2007 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 5 de enero de 2007, con el voto aprobatorio de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao ACUERDA: 1. RATIFICAR la Resolución Nº 039-2007-Gobierno Regional del Callao/PR. que declaró la Nulidad de la Resolución Nº 109-2006-Gobierno Regional del Callao/PR y de los contratos celebrados bajo la vigencia de la misma. 2. Encargar al Órgano de Control Interno y al Procurador Público Regional, establecer las responsabilidades administrativas y/o legales que correspondan. 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 13283-5GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 135-MVES, que estableció beneficio de regularización tributaria, y de diversos artículos de la Ordenanza Nº 134-MVES ORDENANZA MUNICIPAL Nº 148 -MVES Villa El Salvador, 29 de diciembre de 2006 Visto: El Informe Nº 062-2006-GAT/MVES, de fecha 26.12.2006, suscrito por el Gerente de Administración Tributaria. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son instituciones con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que se ejerce a través de Ordenanzas; Que, las Municipalidades promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas existentes, siendo competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, mediante el Art. 1º de la Ordenanza Municipal Nº 135- MVES, se estableció prorrogar hasta el 31.08.2006, el plazo para el pago sin intereses de la 1ra. y 2da. cuota del Impuesto Predial 2006, así como de la 1ra. hasta la 7ma. cuota mensual de los arbitrios 2006 en el distrito de Villa El Salvador; y en el Art. 2º de dicha Ordenanza también se aprobó el Bene fi cio de Regularización Tributaria 2006, mediante la reducción de intereses aplicadas a todas aquellas deudas contraídas hasta el 31.12.2005, bene fi cio tributario que tiene como fecha de vencimiento el 31.08.2006; y asimismo mediante el Art. 3º de la norma legal mencionada, entre otros, se suspendió el cobro de intereses y la actualización de los montos adeudados por arbitrios adeudados a la Municipalidad, hasta el 31.08.2006; Que, mediante los Arts. 7º y 8º de la Ordenanza Municipal Nº 134-MVES se autorizó la Declaración Jurada Masiva de Datos para actualizar la información relativa al impuesto predial, los cuales tienen como fecha de vigencia 60 días calendario a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, es decir hasta el 21.08.2006; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 140-MVES, entre otros, se prorrogó hasta el 31.12.2006, la Ordenanza Municipal Nº 135-MVES por la cual los vecinos del distrito podían acogerse al bene fi cio de regularización tributaria 2006, así como también se prorrogó hasta dicha fecha la vigencia de los Arts. 7º, 8º y 9º de la Ordenanza Municipal Nº 134-MVES; Que, mediante Informe Nº 1268-2006-GDESUR-MVES, la Gerencia de Desarrollo Urbano, solicita la ampliación hasta el 31.01.2007 del Art. 7º de la Ordenanza Municipal Nº 134-MVES con la fi nalidad de dar una mejor ayuda y facilidades a la población del distrito; Que, mediante Informe Nº 062-2006-GAT/MVES, la Gerencia de Administración Tributaria hace de conocimiento que pese al bene fi cio y facilidades aprobadas, aún existen deudores tributarios, que faltan regularizar su situación tributaria; y que asimismo existen aún contribuyentes que necesitan actualizar la información de su predio en relación al Impuesto predial, lo que incidirá en la recaudación del ejercicio 2007; Que, resulta conveniente seguir prorrogando el plazo señalado en el Art. 3º de la Ordenanza Municipal Nº 135- MVES, referido al plazo de vencimiento para el acogimiento al Bene fi cio de Regularización Tributaria 2005, para que los vecinos se acojan a los bene fi cios otorgados; Estando a lo expuesto, contando con la opinión legal favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, expresada mediante Informe Nº 1425-2006-OAJ/MVES del 28.12.2006, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Artículo 1º.- Prorrogar por 60 días calendario más, la Ordenanza Municipal Nº 135-MVES, la cual establece el