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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de enero de 2007 337300 Artículo 2º .- Disponer que el Reglamento del Registro Nacional del Deporte con su respectiva modi fi catoria se publique en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE TÍTULO I OBJETO Y NATURALEZA DEL REGISTRO Artículo 1º.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer normas para la cabal aplicación del artículo 26º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, en adelante “LA LEY”, y artículo 20º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, en adelante “EL REGLAMENTO”, así como los procedimientos para inscribir y otorgar información del Registro Nacional del Deporte –RENADE-, el mismo que se rige por dicha normatividad y el presente Reglamento. De conformidad con el artículo 21º del REGLAMENTO, el Instituto Peruano del Deporte, en adelante “IPD”, mediante Resolución de Presidencia, aprueba el Reglamento del Registro Nacional del Deporte. Artículo 2º.- DENOMINACIÓN El Registro Nacional del Deporte, el cual en adelante también se podrá referir por su denominación abreviada RENADE, de acuerdo a la estructura orgánica del IPD, es una Subdirección dependiente de la Dirección Nacional de Capacitación y Técnica Deportiva, tiene carácter público y en él se anotará la información contenida en el artículo 26º de LA LEY, conforme a lo señalado en este Reglamento. Artículo 3º.- NATURALEZA DEL REGISTRO EL RENADE es un registro público, administrativo y tiene carácter informativo, fi nes estadísticos y constituye base de datos administrativos con información relevante para el Sistema Deportivo Nacional. TÍTULO II REGISTRO CAPÍTULO I CONTENIDO DEL REGISTRO Artículo 4º.- INFORMACIÓN REGISTRAL En el RENADE se registra la siguiente información: 4.1. Ficha técnica de los deportistas a fi liados 4.2. Ficha técnica de los profesionales, especialistas, técnicos y dirigentes deportivos. 4.3. Ficha técnica de las Organizaciones Deportivas 4.4. Ficha técnica de la infraestructura deportiva a nivel nacional. 4.5. Las marcas, récords y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional. 4.6. Las metas y objetivos alcanzados anualmente por el Plan Nacional del Deporte. Artículo 5º.- FUNCIONES Sus funciones son las siguientes: 5.1. Plani fi car, organizar, conducir y ejecutar las actividades del RENADE. 5.2. Inscribir la fi cha técnica de los deportistas a fi liados 5.3 Inscribir la fi cha técnica de los profesionales, especialistas, técnicos y dirigentes deportivos. 5.4 Inscribir la fi cha técnica de las Organizaciones Deportivas. 5.5 Inscribir la fi cha técnica de infraestructura deportiva a nivel nacional. 5.6 Inscribir las marcas, records y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional. 5.7 Inscribir las metas y objetivos alcanzados anualmente por el Plan Nacional del Deporte. 5.8 Llevar el padrón de miembros de las organizaciones deportivas debidamente actualizado. 5.9 Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.5.10 Otras que le asigne la Dirección Nacional de Capacitación y Técnica Deportiva por disposición del Consejo Directivo del IPD. Artículo 6º.- COPIAS LITERALES Cualquier persona puede solicitar al RENADE, copia literal de las fi chas técnicas y demás información disponible en el registro, las que serán expedidas conforme a lo previsto en el TUPA del IPD, previo pago de los derechos correspondientes. CAPÍTULO II DE LAS SECCIONES DEL REGISTRO Artículo 7º.- SECCIONES El RENADE se ordenará en Secciones de acuerdo a la siguiente clasi fi cación: 7.1. SECCIÓN PRIMERA : Deportistas A fi liados. 7.2. SECCIÓN SEGUNDA : P r o f e s i o n ales, Especialistas, Técnicos y Dirigentes Deportivos. 7 . 3 . S E C C I Ó N T E R C E R A : Organizaciones Deportivas. 7.4. SECCIÓN CUARTA : Infraestructura deportiva a nivel nacional. 7.5. SECCIÓN QUINTA : Marcas, récords y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional. 7.6. SECCIÓN SEXTA : Metas y Objetivos alcanzados por el Plan Nacional del Deporte. SUBCAPÍTULO I SECCIÓN PRIMERA DE LOS DEPORTISTAS AFILIADOS Artículo 8º.- INSCRIPCIÓN DEL DEPORTISTA AFILIADO Se inscribe en esta Sección el deportista a fi liado a una organización deportiva constituida e inscrita en el Registro Público con arreglo a lo dispuesto .en el artículo 37º de la Ley. Para efectos de la inscripción de los deportistas afi liados, entre ellos los deportistas cali fi cados de alto nivel, las Federaciones Deportivas Nacionales deberán remitir, dentro de los tres primeros meses de cada año, una solicitud con la indicación de dichos deportistas. Artículo 9º.- LIBRO Esta Sección consta de Un (1) Libro denominado “De los Deportistas A fi liados”, el mismo que comprende dos partes: 9.1. De los Deportistas A fi liados 9.2. De los Deportistas Cali fi cados de Alto Nivel. Artículo 10º.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Son requisitos de inscripción los siguientes: 10.1. Formato de solicitud. 10.2. Constancia de participación deportiva como integrante de preselección o selección nacional expedida por la organización deportiva a la que pertenece. 10.3. Currículo deportivo del deportista a fi liado. SUBCAPÍTULO II SECCIÓN SEGUNDA DE LOS PROFESIONALES, ESPECIALISTAS, TÉCNICOS Y DIRIGENTES DEPORTIVOS. Artículo 11º.- INSCRIPCIÓN DE PROFESIONALES, ESPECIALISTAS, TÉCNICOS Y DIRIGENTES DEPOR- TIVOS. Se inscribe en esta Sección a las personas que participan de una manera activa y directa en el deporte a fi liado, tales como: Profesionales, Especialistas, Técnicos y Dirigentes Deportivos, su currículo y las sanciones impuestas que estuvieren vigentes. Artículo 12º.- LIBROS Esta Sección consta de Cuatro (4) Libros denominados: