Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2007 (10/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337353

Municipalidad Distrital de Brena por un periodo de 30 dias, a partir de la publicacion del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA de la Municipalidad de Brena a constituir una Comision Tecnica a fin de llevar a cabo el mencionado MORDAZA en el plazo anteriormente senalado, la misma que debera contar con los recursos necesarios para cumplir a cabalidad sus funciones. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion de Recursos el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo notificar el presente Acuerdo a las Gerencias y Unidades para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Recaudacion y Orientacion al Contribuyente, expresada a traves del Informe Nº 01-2007-SGROC-GAT/MC de fecha 2 de enero de 2007; Que, con Informe N° 01-2007-GAJ/MC del 4 de enero de 2007, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que la citada propuesta cumple con los parametros establecidos en la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, y el D.S. N° 135-99-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, de conformidad con los Informes Nº 02-2007-GAT/ MC y Nº 01-2007-GAJ/MC, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Asuntos Juridicos respectivamente, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

14000-1

Articulo Primero.- OTORGAR LA CONDONACION de los reajustes e intereses moratorios del Impuesto Predial hasta el ano 2006, y de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002 a 2006 de acuerdo a las siguientes consideraciones: 1ro. CONDONESE los reajustes e intereses moratorios acumulados en las cuentas corrientes en via ordinaria y/o Convenio de Fraccionamiento, de los tributos: Impuesto Predial, por los periodos 1996 al 2006, y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines por los periodos 2002 a 2006. 2do. Las deudas tributarias que se encuentren en Cobranza Coactiva y contra las que se hayan interpuesto medidas cautelares, se acogeran a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, a la cancelacion de la deuda tributaria correspondiente a cada ejercicio. En este caso, la medida cautelar se mantendra hasta la cancelacion total de la deuda materia de la cobranza coactiva. En estos casos, le resulta aplicable, ademas, la exoneracion del pago de las costas procesales que hubiere generado. 3ro. El pago al contado de cualquier deuda en aplicacion de la presente ordenanza, implica el desestimiento automatico de los recursos impugnatorios asi como las solicitudes no contenciosas que se hayan interpuesto contra dichas deudas solo en el caso que existiera un expediente en tramite, de no haberlo no se considerara este inciso. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 31 de enero de 2007. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria asi como a la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Unidad de Relaciones Publicas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DISPENSAR de la lectura y Aprobacion del Acta para su inmediata publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Otorgan beneficio tributario de condonacion de reajustes e intereses moratorios del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 225-C/MC Comas, 5 de Enero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de enero de 2007, el Informe Nº 02-2007-GAT/MC de fecha 3 de enero de 2007 del Gerente de Administracion Tributaria, sobre otorgamiento de beneficios tributarios; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, de conformidad a lo establecido en Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Articulo 40º de la MORDAZA, se establece que la Ordenanza es el instrumento normativo por medio de los cuales se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones (multas) respecto de los tributos que administran; Que, los indices de morosidad al pago de los tributos municipales: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, se mantienen a pesar de los esfuerzos de cobranza ordinaria, debido principalmente al incremento de los reajustes, moras e intereses y gastos administrativos, acumulados por los anos dejados de pagar, conforme a lo establecido en las normas legales vigentes por lo que se hace necesario establecer mecanismos que posibiliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, otorgandoles, a los contribuyentes, las mas amplias facilidades y beneficios; Que, es politica de la actual gestion, dictar medidas que favorezcan a la poblacion, en especial a los sectores de escasos recursos, producto de la situacion economica que atraviesa el MORDAZA, lo que no les permite cumplir con sus obligaciones de caracter tributario; Que, con Informe N° 02-2007-GAT/MC de fecha 3 de enero de 2007 la Gerencia de Administracion Tributaria, hace suya la propuesta presentada por la Sub Gerencia de

13839-1

Aprueban licencia solicitada por el MORDAZA para ausentarse de la Municipalidad y encargan sus funciones al MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 02-2007-C/MC. Comas, 5 de enero 2007. EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de enero del 2007, la solicitud de Licencia, presentada por el Dr. MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.