Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2007 (10/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

337340

NORMAS LEGALES
32

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de enero de 2007

suponerse validamente que -en un escenario en el cual no hubiesen sido ejecutadas practicas de dumping en los precios de los vasos de origen argentino- la MORDAZA de produccion nacional hubiese podido ofrecer mejores condiciones en precios y, por ende, contar con mayores oportunidades de vender sus productos en lugar de los vasos originarios de Argentina. Aunque esta es una situacion hipotetica, el ejercicio demuestra que, en la ausencia de practicas desleales de comercio en el MORDAZA local, la MORDAZA de produccion nacional habria estado en condiciones de competir -via precios- con el resto de proveedores en el MORDAZA y ante cualquier cliente, incluyendo a MORDAZA Dorados, empresa que -como se ha senalado- conocio y evaluo tambien la oferta de la empresa local. Cabe senalar que, si bien no es factible atribuir en forma exclusiva las decisiones de compra a las diferencias en precio entre los productos ofrecidos, MORDAZA Dorados senalo que los "costos" -los precios- de estos productos son aspectos relevantes para determinar las decisiones de compra de los productos investigados. Prueba de ello es la sustitucion entre las importaciones originarias de los EUA y los productos investigados, determinada tambien por la existencia de diferencias entre los precios de ambos proveedores. En ese sentido, se puede afirmar que la politica de precios de American Plast ha repercutido sobre los proveedores de vasos de polypapel en el MORDAZA, entre ellos, la MORDAZA de produccion nacional en tanto altero las decisiones de compra de potenciales clientes -como MORDAZA Dorados- y limito las posibilidades de Peru Cups de ser seleccionada como proveedor de estos agentes en el MORDAZA local. En resumen, MORDAZA Dorados -unica empresa que adquirio los vasos originarios de Argentina- tambien evaluo los vasos fabricados por la MORDAZA de produccion nacional, como parte de su conjunto de potenciales proveedores. Pero sus decisiones de compra estuvieron determinadas por las condiciones de venta de Amercan Plast -es decir, por el nivel de precios ofrecidos, resultado a su vez de la aplicacion de practicas de dumping. Eso le permitio ingresar al MORDAZA local en lugar de las importaciones de terceros paises -tal como MORDAZA Dorados lo senalo- y a la vez limitar las posibilidades de venta de otros proveedores incluyendo a la MORDAZA de produccion nacional. Asi, en tanto MORDAZA Dorados no realizo compras exclusivas a ninguna empresa en particular, sino que lo que hace es efectuar adquisiciones dependiendo de las opciones presentadas, las condiciones ofrecidas por un proveedor basadas en la existencia de practicas desleales de comercio -es decir, en la aplicacion de practicas de dumping en los precios ofrecidos- tienen necesariamente repercusion sobre el resto de proveedores en el mercado. III.5. Publicacion de la resolucion En aplicacion de lo establecido en el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM32, corresponde disponer la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano por una sola vez. IV. RESOLUCION DE LA SALA Primero.- confirmar en todos sus extremos la Resolucion Nº 035-2006/CDS-INDECOPI expedida por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios el 16 de marzo de 2006. Segundo.- publicar la presente resolucion por unica vez en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo dispuesto en la legislacion antidumping aplicable. Con la intervencion de los senores vocales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Marzi y MORDAZA MORDAZA Zolezzi Ibarcena. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

DECRETO SUPREMO Nº 006-2003-PCM, Articulo 33º.- Publicacion de resoluciones.- La resolucion de inicio de investigacion, asi como las resoluciones que establezcan derechos antidumping o derechos compensatorios, provisionales y definitivos, las que supriman o modifiquen tales derechos y las que ponen fin o suspenden la investigacion seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez.

13458-1

INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS Y AFROPERUANO
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de arrendamiento de local y la adquisicion de licencias de software
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 078-2006-INDEPA-PE MORDAZA, 22 de diciembre de 2006 VISTOS: El Memorandum Nº 404-2006-INDEPA/ADM, de fecha 20 de diciembre de 2006, mediante el cual se remite los Informes Tecnicos Nº 112-2006-INDEPA-ADM/LOG, de fecha 1 de diciembre de 2006 y Nº 130-2006-INDEPA-ADM/LOG, de fecha 19 de diciembre de 2006, emitido por la Oficina de Logistica; el Memorando Nº 086-2006-INDEPA-OGPP, de fecha 21 de diciembre de 2006, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, los Informes Legales Nº 075-ASESORIAJURIDICA/2006-INDEPA y 091-ASESORIAJURIDICA/2006-INDEPA, de fechas 1 y 21 de diciembre de 2006, emitidos por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial N° 0032006-INDEPA-PE, de fecha 27 de enero de 2006, el Titular del Pliego aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano - INDEPA para el Ano Fiscal 2006; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 075-2006INDEPA-PE, de fecha 12 de diciembre de 2006, el Titular del Pliego, aprobo la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano para el Ano Fiscal 2006, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica N° 001-2006-INDEPA/S "Contratacion del Servicio de Arrendamiento de Local para la Sede Central del INDEPA"; Que, el objetivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano ­ INDEPA ­ es proponer y supervisar el cumplimiento de las politicas nacionales, asi como de coordinar con los Gobiernos Regionales la ejecucion de los proyectos y programas, dirigidos a la promocion, defensa, investigacion y afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, sector de mayor pobreza y exclusion del MORDAZA, el cual se caracteriza por ser pluricultural y multilingue; para lo cual, resulta indispensable que la Institucion cuente con un inmueble, el cual permitira cumplir con los servicios, actividades y operaciones inherentes que realiza la Entidad; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, exonera del MORDAZA de seleccion, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la referida MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del articulo 20º de la citada Ley se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.