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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2007 (17/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de enero de 2007 337757 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA N° 107-MDCH Chorrillos, 12 de enero del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Art. 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que la Administración Municipal adopta una estructura gerencial y que las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión; Que, asimismo el último párrafo del Artículo 5º de la referida Ley señala que corresponde al Concejo las funciones normativas permitiéndole dictar. Modi fi car o derogar Ordenanzas, y adoptar conforme a Ley, consecuentemente corresponde al Concejo aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, dicho documento constituye un instrumento de gestión administrativa y que se utiliza como norma para el cumplimiento de la función municipal orientado a optimizar el servicio hacia la comunidad; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto EN MAYORÍA de los miembros del Concejo y la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, se acuerda lo siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, que consta de siete Títulos, 143 Artículos y seis Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición sobre esta materia que se le oponga. Regístrese y comuníquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 16159-1 Dictan normas referidas a las remuneraciones de los trabajadores de la Municipalidad ORDENANZA Nº 108/MDCH Chorrillos, 12 de enero del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO :El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha: CONSIDERANDO : Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece expresamente el ejercicio de una autonomía política, económica y administrativa para las municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de los Gobiernos Locales, atributo esencial que se encuentra del mismo modo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que en su artículo II del Título Preliminar, señala que en la autonomía conferida, radica la facultad que tienen las municipalidades de poder ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración, los mismos que deben de estar impartidos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, la autonomía política del Concejo se trasluce en la capacidad normativa dentro de su jurisdicción; la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante Ordenanzas Municipales, las que de acuerdo a lo establecido en el Inc. 4) del Artículo 200º de la Constitución tiene el rango de Ley; Que, en mérito a lo dispuesto en el artículo 26º y siguientes de la Ley Nº 27972, las Municipalidades adoptan una estructura gerencial para su administración, la misma que en su dimensión básica comprende a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la o fi cina e asesoría jurídica y la o fi cina de planeamiento y presupuesto, además de otros órganos y unidades que se han establecido en concordancia con la disponibilidad económica de la entidad y a sus límites presupuestales asignados para el gasto corriente; Que, tanto el Reglamento de Organización y Funciones como la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos (Organigrama), instrumentos de gestión se han adecuado a lo dispuesto en el artículo 26º y siguientes de la Ley Nº 27972, generando que la Municipalidad haya adoptado una estructura gerencial para su administración, en donde se han incluido Gerencias, Subgerencias y Jefaturas que se han establecido para una adecuada articulación y mejor operatividad institucional, siempre en concordancia con la disponibilidad económica de la entidad y a sus límites presupuestales asignados para el gasto corriente, siendo que con dicha estructura orgánica se logre que la Municipalidad sea conducida en diversas especialidades de índole municipal con la participación activa de un selecto plantel de funcionarios de con fi anza que son profesionales de indiscutible capacidad y experiencia; Que, dentro del concepto de una administración Municipal e fi ciente y con estricta sujeción a las normas de austeridad, es necesario adoptar las medidas que conduzcan alcanzar que la actividad del Gobierno Municipal se cumpla de manera óptima; Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007 aprobado por la Ley Nº 28927, concordante con el artículo 26º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto en Mayoría de los señores Regidores se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL NORMA REFERIDAS A LAS REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Artículo Único.- Los reajustes de remuneraciones, boni fi caciones, aguinaldos, asignaciones especiales, refrigerios y movilidad del personal de con fi anza y/o Gerentes, serán fi jados por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, teniendo en cuenta el nivel jerárquico de cada cargo, la exigencia de especialización que conlleva a la responsabilidad que acarrea para el servidor público que lo detente, siempre que se cuente con el correspondiente fi nanciamiento así como la previsión presupuestal respectiva; para este efecto, el Presupuesto de la Municipalidad deberá contener mención expresa del monto anual asignado al pago de remuneraciones por cargo de con fi anza y/o Gerentes. POR TANTO :Mando se registre, publique y cumpla. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 16162-1