Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2007 (25/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
Tarifa (S/./m3) Ano 2 (1) 0,283 0,723 0,351 0,426 0,886 0,351 0,723 0,580 1,312 0,886 1,850 Ano 3 0,283 0,723 0,351 0,426 0,886 0,351 0,723 0,580 1,312 0,886 1,850 Ano 4 (2) 0,295 0,755 0,366 0,445 0,925 0,366 0,755 0,606 1,370 0,925 1,931 Ano 5 0,295 0,755 0,366 0,445 0,925 0,366 0,755 0,606 1,370 0,925 1,931

338303

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Estatal Comercial Industrial (1) (2) 0 a 50 50 a mas 0 a 30 30 a mas 0 a 60 60 a mas 0 a 15 15 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas RANGOS m3/mes

Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.
n

ICG
i 1

ICI i n

Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8.2% correspondientes al ano 2. Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 4.4% correspondientes al ano 4. Sin embargo, si el incremento es menor al establecido en el Anexo Nº2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion, la SUNASS determinara las tarifas a aplicar por cada categoria y rango de consumo.

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua, el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:
ICI = (Valor Obtenido - Valor Ano Base)/(Valor Meta Gestion - Valor Ano Base) x 100

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO m3/mes Social 15 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 60 Estatal 50

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. Para las localidades de Contumaza y San MORDAZA, el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios pertenecientes al primer rango de consumo de la categoria social no incluira el cargo fijo. 3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento para la determinacion del importe a facturar por agua potable establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen facturado de agua potable determinado de acuerdo a la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. 3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. ANEXO Nº 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de SEDACAJ S.A para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria.

Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de la Meta de Gestion obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario, entre el valor previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
ICI = (# Conexiones Obtenidasi / # Conexiones Metai ) x 100
i=1 i=1 n n

Para el caso de la evaluacion de la meta de actualizacion de catastro se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.
ICI = Valor Obtenido / Valor Meta Gestion x 100

Para el caso de la evaluacion de la meta de presion minima se procedera a dividir: el valor minimo obtenido por la empresa entre el valor minimo de la presion requerida.
ICI = Valor Minimo Obtenido / Valor Meta Gestion x 100

Para el caso de la evaluacion de la meta de presion MORDAZA se procedera a dividir: el valor MORDAZA obtenido por la empresa entre el valor MORDAZA de la presion requerida.
ICI = Valor Meta Gestion/ Valor MORDAZA Obtenido x 100

Este calculo de Indices de Cumplimiento Individual se realizara con respecto a las Metas de Gestion para el ano anterior al incremento tarifario. Si el valor obtenido por la empresa es mayor al determinado como Meta de Gestion se considerara un nivel de cumplimiento individual de 100%, y si es menor al valor del ano base (cuando sea aplicable) se considerara un cumplimiento de 0%. Si la Meta de Gestion se refiere a una variable cuya mejora signifique la reduccion de su valor, si el valor obtenido es mayor al valor del ano base (cuando sea aplicable) se considerara un cumplimiento de 0%, y si el valor obtenido es menor al determinado como Meta de Gestion se considerara un cumplimiento individual de 100%. II.- INCREMENTOS TARIFARIOS La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas en el ano previo al ano de aplicacion del incremento tarifario autoriza a SEDACAJ S.A. a aplicar dicho incremento de la Formula Tarifaria aprobada.

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