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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2007 (25/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de enero de 2007 338293 departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 18925-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 2105/INC Lima,18 de diciembre de 2006 VISTO, el Expediente Nº 12979 de fecha 1º de setiembre de 2006 que contiene el O fi cio Nº 1311-2006- AG-PETT-DE-DTSL de fecha 31 de agosto de 2006 del Dr. Hernán M. Icochea Ricse, Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O fi cio Nº 1311-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 31 de agosto de 2006, el Dr. Hernán M. Icochea Ricse, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes técnicos corregidos de los sitios arqueológicos Cerro Millonario y Allicama, ubicados en los distritos de Huandoval y Bolognesi respectivamente, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, elaborados por el Lic. Aurelio Rodríguez Rodríguez; Que, mediante Informe Nº 1014-2006-INC-DREPH/ DA/SDIC/LDZM de fecha 22 de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha efectuado la revisión de los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos antes mencionados, ubicados en la provincia de Pallasca, departamento de Ancash, no encontrándose ninguna observación, así como también señala que los mencionados sitios no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 1030 de fecha 1º de diciembre 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Cerro Millonario, ubicado en el distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash; 2. Allicama, ubicado en el distrito de Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Ancash; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Millonario Nº 58-INC-PETT-2004, a escala 1/1,000, de fecha febrero 2005, con un área de 1.5860 Ha y un perímetro de 496.93 m., ubicado en el distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Allicama Nº 115-INC-PETT-2004, a escala 1/ 1,000, de fecha febrero de 2005, con un área de 0.8430 Ha y un perímetro de 421.65 m., ubicado en el distrito Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación los sitios arqueológicos siguientes: 1. Cerro Millonario, ubicado en el distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash. 2. Allicama, ubicado en el distrito de Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Millonario Nº 58-INC-PETT-2004, a escala 1/1,000, de fecha febrero 2005, con un área de 1.5860 Ha y un perímetro de 496.93 m., ubicado en el distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Allicama Nº 115-INC-PETT-2004, a escala 1/ 1,000, de fecha febrero de 2005, con un área de 0.8430 Ha y un perímetro de 421.65 m., ubicado en el distrito Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional Instituto Nacional de Cultura 18925-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 2106/INC Lima,18 de diciembre del 2006 VISTO, el Expediente Nº 18158 de fecha 31 de octubre de 2006 que contiene el O fi cio Nº 1681-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 30 de octubre de 2006 del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial