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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2007 (25/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de enero de 2007 338297 aprobado mediante Resolución N° 136-2006-INDECOPI/ DIR, de fecha 28 de diciembre de 2006; Que, según lo señalado en el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal correspondiente; Que, asimismo, el artículo 25° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, dispone que dicho Plan será aprobado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, dentro de los treinta días naturales siguientes a la aprobación del presupuesto institucional; Que, el artículo 26° del referido Reglamento, señala que el Plan Anual aprobado deberá publicarse en el SEACE en un plazo no mayor a cinco días hábiles de su aprobación, estando a disposición de los interesados en la dependencia encargada de la adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la página web de ésta; Que, la Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su artículo 9º señala los montos máximos totales para la determinación de los procesos de selección para efectuar Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicaciones Directas en las entidades del Sector Público; Que, mediante Memorándum N° 024-2007/GAF-Con, el Área de Contabilidad y Presupuesto ha informado que se cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2007; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, al encontrarse bajo el ámbito de aplicación de las normas citadas, ha elaborado su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2007, siendo necesaria su aprobación por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; En uso de las facultades que con fi ere el inciso d) del Artículo 42° del Decreto Ley N° 25868; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECOPI correspondiente al ejercicio 2007, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas publique la presente Resolución y el citado Plan Anual en el SEACE, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECOPI para el año 2007, se encuentre a disposición del público en general en el portal del INDECOPI: www.indecopi.gob.pe o en el Área de Logística y Control Patrimonial ubicada en la sede central del INDECOPI, sito en Calle La Prosa 138, San Borja, donde podrá adquirirse pagando la tasa correspondiente al costo de su reproducción. Regístrese, publíquese y archívese. RODOLFO CASTELLANOS SALAZAR Gerente General (e) 18468-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran a la Dirección Regional Lima de proceso de selección para la adquisición de alimentos destinados a los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y Huacho RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 035-2007-INPE/P Lima, 19 de enero de 2007VISTOS, el O fi cio Nº 023-2007-INPE/16 de fecha 16 de enero de 2007, que adjunta el Informe Técnico N° 001-2007-INPE/16.05-URMyS e Informe Legal Nº 001-2007-INPE/16.04 de fechas 12 y 15 de enero de 2007, respectivamente, de la Dirección Regional Lima, por el que solicita se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y Huacho, O fi cio Nº 130-2007-INPE/10 e Informe Nº 012-2007-INPE/06 de fecha 18 de enero de 2007, de las O fi cinas General de Administración y Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial N° 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2006; por el que incluyó el proceso de selección de Licitación Pública N° 0003-2006-INPE/16 para el “Suministro de raciones alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de Lima Norte 2 de la Dirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentra incluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario de Aucallama Huaral e ítem 2: Establecimiento Penitenciario Carquín Huacho; Que, mediante Informe Técnico N° 001-2007-INPE/16.05- URMyS de fecha 12 de enero de 2007, la Dirección Regional Lima, indica que el 17 de mayo de 2006, el Comité Especial otorgó la buena pro al CONSORCIO PROALCAM S.R.L. – NEGOCIACIONES RIDEBLAN S.A.C, en los Ítems 1 y 2 de la referida Licitación Pública Nº 0003-2006-INPE/16, que comprende los Establecimientos Penitenciarios de Aucallama Huaral y Carquín Huacho, señala además, que el CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L. y el CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - NEGOCIACIONES HAROL’S E.I.R.L., interpusieron recursos de apelación contra la descali fi cación de su propuesta y contra el otorgamiento de la buena pro, respectivamente; cuyos recursos fueron resueltos por la Dirección Regional Lima mediante Resolución Directoral Nº 980-2006-INPE/16 de fecha 2 de junio de 2006; Que, ante este acto, las indicadas fi rmas posteriormente interpusieron recursos de revisión ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, el cual mediante Resolución Nº 629/2006.TC-SU de fecha 25 de agosto de 2006, dispuso que el Comité Especial efectúe una nueva evaluación de las propuestas, siendo el caso que, con fecha 20 de setiembre de 2006, se otorga la buena pro al CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - NEGOCIACIONES HAROL’S E.I.R.L. y se descali fi có al CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L.; Que, el citado consorcio CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L., interpone nuevamente recurso de apelación contra la descali fi cación de su propuesta, el cual fue declarado infundado por la Dirección Regional Lima, mediante Resolución Directoral Nº 1822-2006-INPE16 de fecha 6 de octubre de 2006; ante lo cual el referido consorcio interpone recurso de revisión contra dicha resolución ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, el mismo que fue resuelto, con fecha 26 de diciembre de 2006, por la Sala Única del Tribunal del CONSUCODE, en el sentido de que se prosiga con la cali fi cación de la propuesta del CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L y se otorgue la buena pro a quien corresponda; Que, en cumplimiento de lo resuelto por el CONSUCODE, la Dirección Regional Lima mani fi esta que el Comité Especial, con fecha 5 de enero de 2007, otorgó la buena pro del citado ítem 01: alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Huaraz, al CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - NEGOCIACIONES HAROL’S E.I.R.L.; y en el ítem 02: alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Huacho, al CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L.; sin embargo, con fecha 12 de enero de 2007, dichos consorcios han presentado recursos de apelación contra el otorgamiento de la buena pro de ambos ítems, los mismos que están pendientes de resolver;