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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338382 Visto: El Expediente Nº 06-002608-001, que contiene el Memorándum Nº 2245-07/2006-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 294-94- SA/DM, de fecha 27 de junio de 1994, se aprobó el Instrumento Normativo denominado “Doctrina, Normas y Procedimientos para el Control de la Malaria en el Perú”; Que, por Resolución Directoral Nº 094-2001-DGSP, de fecha 7 de agosto de 2001, se aprobó la Directiva Nº005-2001-DGSP-DEAIS-DPCRD-PCMOEM: “Atención Curativa de la Malaria, Nuevos Esquemas Terapéuticos en el Tratamiento de la Malaria en el Perú”, a fin de garantizar la curación de los pacientes afectados por la malaria, reducir el reservorio humano infectado, interrumpir la cadena de transmisión de la malaria y, asegurar la efectividad de los servicios de salud en la administración del tratamiento respectivo; Que, por Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA, de fecha 2 de agosto de 2004, se estableció, entre otras, la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Otras Transmitidas por Vectores, con la fi nalidad de reducir las tasas de morbilidad y mortalidad por causa de dichas enfermedades, fortaleciéndose de esta forma el desarrollo integral de la población en riesgo; Que, dentro de este contexto, se ha elaborado la “Norma Técnica de Salud para la Atención de la Malaria y Malaria Grave en el Perú”, la cual de fi ne y uni fi ca criterios que deben ser observados por los prestadores de salud en el diagnóstico y atención curativa de la malaria y malaria grave, sobre la base de los esquemas terapéuticos estandarizados de e fi cacia comprobada que garanticen la curación de los pacientes, la reducción de complicaciones y, faciliten la efectividad de los servicios de salud en la administración del tratamiento respectivo, siendo de aplicación obligatoria en todos los establecimientos de salud del ámbito nacional, públicos y privados; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 054-MINSA/DGSP- V.01: “Norma Técnica de Salud para la Atención de la Malaria y Malaria Grave en el Perú”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Otras Transmitidas por Vectores, se encargará de la difusión, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la citada Norma Técnica de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables del cumplimiento de la mencionada Norma Técnica de Salud, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La O fi cina General de Comunicaciones publicará la referida Norma Técnica de Salud en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 294-94-SA/DM, de fecha 27 de junio de 1994, así como la Resolución Directoral Nº 094-2001-DGSP, de fecha 7 de agosto de 2001 y demás disposiciones que se opongan a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 19700-2TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROjoven RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2007-TR Lima, 25 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198– 2004–TR, de fecha 2 de agosto de 2004, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven, Unidad Ejecutora 002, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Acápite 2.3.1 del Numeral 2.3 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo establece que la Dirección Ejecutiva es la instancia de conducción técnica y administrativa del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven y está a cargo del Director Ejecutivo; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 286-2006-TR de fecha 14 de agosto de 2006, se designó al señor Cristian Renato Colchado Chunga, como Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes – PROjoven; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que cabe emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta su renuncia; Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor CRISTIAN RENATO COLCHADO CHUNGA, al cargo de Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROjoven del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 20292-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2007-TR Lima, 25 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198– 2004–TR, de fecha 2 de agosto de 2004, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven, Unidad Ejecutora 002, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Acápite 2.3.1 del Numeral 2.3 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo establece que la Dirección Ejecutiva es la instancia de conducción técnica y administrativa del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven y está a cargo del Director Ejecutivo; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROjoven, citado precedentemente;