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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2007 (26/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338391 inmersa en responsabilidad disciplinaria por infracción a los deberes y prohibiciones previstas en dicha norma; Que, asimismo, cabe señalar que si bien la doctora Montes Rengifo fue destituida por el Consejo Nacional de la Magistratura del cargo de Juez Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, por Resolución N° 046-2002-PCNM de fecha 25 de junio de 2002; sin embargo, este hecho no es óbice para que el Consejo proceda de acuerdo a sus atribuciones, ya que en el presente caso se le está procesando por hechos distintos a los que fue destituida; Que, de todo lo actuado se ha acreditado que la doctora María Teresa Jesús Montes Rengifo ha percibido doble remuneración durante el período de 22 de mayo de 1997 al 28 de febrero de 1999, es decir, ha cobrado de la entonces Gerencia Ejecutiva de Proyectos y Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial, con fondos administrados por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, honorarios por servicios profesionales, y también a través de la Gerencia General del Poder Judicial haberes en su condición de magistrado y que ha vulnerado el principio y deber de exclusividad de la función jurisdiccional al haber realizado labores de capacitación como Consultora Senior, para la entonces Gerencia de Operaciones de los Centros Juveniles del Poder Judicial, durante el período antes referido, no obstante ser Juez Titular del Segundo Juzgado de Familia de Lima; hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y la desmerece en el concepto público, lo que la hace pasible de la sanción de destitución, de conformidad con lo previsto en el artículo 31º numeral 2 de la Ley 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos sufi cientes para aplicar en este caso, la sanción de destitución, por lo que en uso de las facultades previstas por los artículos 154º inciso 3 de la Constitución Política, 31º numerales 2, 32º y 34º de la Ley 26397, y 35º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión del 16 de noviembre del 2006, sin la presencia del señor Consejero Edwin Vegas Gallo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y en consecuencia, destituir a la doctora María Teresa de Jesús Montes Rengifo, del cargo de Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la medida a que se contrae el artículo primero de la presente resolución en el registro personal de la magistrada destituida, debiéndose asimismo cursar o fi cio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y a la señora Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR EDMUNDO PELÁEZ BARDALES ANIBAL TORRES VÁSQUEZ EFRAIN ANAYA CARDENAS MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ CARLOS MANSILLA GARDELLA 19385-1CONTRALORIA GENERAL Aprueban Planes Anuales de Control 2007 de 240 Órganos de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de control del Sistema Nacional de Control RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 019-2007-CG Lima, 23 de enero de 2007Visto, las Hojas de Recomendación Nº 002 y Nº 003- 2007-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, que propone la aprobación del Plan Anual de Control 2007 de doscientos cuarenta (240) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 315- 2006-CG del 20 de octubre de 2006, se aprobaron los Lineamientos de Política para la Formulación de los planes de control de los Órganos del Sistema Nacional de Control – año 2007 y la Directiva Nº 07-2006-CG/PL – “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2007”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la formulación y evaluación del Plan Anual de Control (PAC) de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC); Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 2.1 del literal G. que las unidades orgánicas de línea evaluarán los proyectos de PAC en términos de su sujeción a los lineamientos de política aprobados, los criterios y procedimientos contenidos en dicha Directiva y las disposiciones especí fi cas que fueran impartidas por las mismas, como producto de cuya evaluación emitirán su conformidad sobre el proyecto de PAC; Que, asimismo en el numeral 3. del literal G. señala que las unidades orgánicas de línea informarán a la Gerencia de Planeamiento y Control a más tardar el 22 de diciembre, la relación de proyectos de PAC que cuentan con su conformidad, y cuya información se encuentra debidamente registrada en el Sistema de Auditoría Gubernamental (SAGU) de la Contraloría General de la República (CGR), la cual, como responsable del proceso de planeamiento, veri fi cará selectivamente la información registrada en el SAGU de la CGR, integrando los proyectos de PAC que cuentan con la respectiva conformidad y procederá a elaborar la propuesta para su aprobación correspondiente; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control ha sido informada por las respectivas unidades orgánicas competentes de la CGR, respecto a los proyectos de PAC 2007 de los OCI que cuentan con su conformidad; procediendo dicha Gerencia a veri fi car selectivamente la información registrada en el SAGU, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su trámite de aprobación correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobación de los proyectos de PAC 2007 de un total de doscientos cuarenta (240) OCI, cuya formulación y cumplimiento es obligatorio por parte de los órganos que conforman el SNC; En uso de las facultades previstas en los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los P lanes Anuales de Control 2007 de doscientos cuarenta (240) Órganos de