Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2007 (26/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338391

inmersa en responsabilidad disciplinaria por infraccion a los deberes y prohibiciones previstas en dicha norma; Que, asimismo, cabe senalar que si bien la doctora MORDAZA MORDAZA fue destituida por el Consejo Nacional de la Magistratura del cargo de Juez Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por Resolucion N° 046-2002-PCNM de fecha 25 de junio de 2002; sin embargo, este hecho no es obice para que el Consejo proceda de acuerdo a sus atribuciones, ya que en el presente caso se le esta procesando por hechos distintos a los que fue destituida; Que, de todo lo actuado se ha acreditado que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha percibido doble remuneracion durante el periodo de 22 de MORDAZA de 1997 al 28 de febrero de 1999, es decir, ha cobrado de la entonces Gerencia Ejecutiva de Proyectos y Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial, con fondos administrados por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, honorarios por servicios profesionales, y tambien a traves de la Gerencia General del Poder Judicial haberes en su condicion de magistrado y que ha vulnerado el MORDAZA y deber de exclusividad de la funcion jurisdiccional al haber realizado labores de capacitacion como Consultora MORDAZA, para la entonces Gerencia de Operaciones de los Centros Juveniles del Poder Judicial, durante el periodo MORDAZA referido, no obstante ser Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Familia de Lima; hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y la desmerece en el concepto publico, lo que la hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo previsto en el articulo 31º numeral 2 de la Ley 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso, la sancion de destitucion, por lo que en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la Constitucion Politica, 31º numerales 2, 32º y 34º de la Ley 26397, y 35º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion del 16 de noviembre del 2006, sin la presencia del senor Consejero MORDAZA Vegas Gallo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA disciplinario y aceptar el pedido de destitucion formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, y en consecuencia, destituir a la doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cargo de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Disponer la inscripcion de la medida a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion en el registro personal de la magistrada destituida, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA 19385-1

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Planes Anuales de Control 2007 de 240 Organos de Control Institucional de entidades bajo el ambito de control del Sistema Nacional de Control
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 019-2007-CG MORDAZA, 23 de enero de 2007 Visto, las Hojas de Recomendacion Nº 002 y Nº 0032007-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, que propone la aprobacion del Plan Anual de Control 2007 de doscientos cuarenta (240) Organos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 3152006-CG del 20 de octubre de 2006, se aprobaron los Lineamientos de Politica para la Formulacion de los planes de control de los Organos del Sistema Nacional de Control ­ ano 2007 y la Directiva Nº 07-2006-CG/PL ­ "Formulacion y Evaluacion del Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucional para el ano 2007", la cual establece los criterios tecnicos y procedimientos para la formulacion y evaluacion del Plan Anual de Control (PAC) de los Organos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC); Que, la mencionada Directiva establece en el numeral 2.1 del literal G. que las unidades organicas de linea evaluaran los proyectos de PAC en terminos de su sujecion a los lineamientos de politica aprobados, los criterios y procedimientos contenidos en dicha Directiva y las disposiciones especificas que fueran impartidas por las mismas, como producto de cuya evaluacion emitiran su conformidad sobre el proyecto de PAC; Que, asimismo en el numeral 3. del literal G. senala que las unidades organicas de linea informaran a la Gerencia de Planeamiento y Control a mas tardar el 22 de diciembre, la relacion de proyectos de PAC que cuentan con su conformidad, y cuya informacion se encuentra debidamente registrada en el Sistema de Auditoria Gubernamental (SAGU) de la Contraloria General de la Republica (CGR), la cual, como responsable del MORDAZA de planeamiento, verificara selectivamente la informacion registrada en el SAGU de la CGR, integrando los proyectos de PAC que cuentan con la respectiva conformidad y procedera a elaborar la propuesta para su aprobacion correspondiente; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control ha sido informada por las respectivas unidades organicas competentes de la CGR, respecto a los proyectos de PAC 2007 de los OCI que cuentan con su conformidad; procediendo dicha Gerencia a verificar selectivamente la informacion registrada en el SAGU, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su tramite de aprobacion correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobacion de los proyectos de PAC 2007 de un total de doscientos cuarenta (240) OCI, cuya formulacion y cumplimiento es obligatorio por parte de los organos que conforman el SNC; En uso de las facultades previstas en los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2007 de doscientos cuarenta (240) Organos de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.