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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2007 (26/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de enero de 2007 338398 mediante el Formulario de Identidad Nº 19730034 solicitó otra inscripción bajo el nombre de MARIA ROSARIO ORTIZ RAMOS en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales; Que, mediante Resolución de la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central Nº 348-2005-GP/SGDAC-RENIEC y en merito al Informe Nº 1086-2005-GP/SGDAC/DR RENIEC elaborado por el Área de Habilitaciones y Cancelaciones, se dispuso la exclusión defi nitiva de la Inscripción Nº 27718178 a nombre de MARIA ROSARIO ORTIZ BANDA; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de la ciudadana se encuentra tipifi cado como delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica al haber aportado datos falsos al Registro de Estado Civil, ilícito contemplado en el artículo 428º del Código Penal; por cuanto dicha ciudadana no obstante contar con una partida de nacimiento inscrita en forma regular con la cual obtuvo su Documento Nacional de Identidad, pretendió obtener otra inscripción, aportando datos falsos con respecto al lugar y fecha de su nacimiento, para lo cual en forma irregular implementó un proceso administrativo para obtener una partida de nacimiento en vía administrativa, lo cual era incompatible; toda vez que, dicho proceso está orientado para aquellos casos de personas que no cuentan con inscripción registral civil en ninguna O fi cina de Registro Civil del país, generando con ello multiplicidad de inscripción registral, respecto de una misma persona, vulnerando así la intangibilidad del Registro de Estado Civil, lo que conllevó a la cancelación del Acta Nº 63477381 del Libro de Nacimientos del año 2004 de la O fi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Jaén, departamento de Cajamarca, por tratarse de múltiple inscripción con aporte de datos falsos; Que, si bien en la partida original de la citada ciudadana, se había consignado mal el apellido de su madre y de igual manera su apellido materno, la ciudadana tenía expedito su derecho para hacerlo valer con arreglo a ley, y no implementar un procedimiento extraordinario como si no contara con partida de nacimiento, veri fi cándose que recurrió al órgano jurisdiccional para solicitar la recti fi cación de su partida de nacimiento, conforme se desprende de la copia remitida por el Jefe de la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Tacabamba mediante O fi cio Nº 027-2006-MDT- OREC; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la ciudadana MARIA ROSARIO ORTIZ RAMOS, por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20287-4SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Edpyme Edyficar el traslado de oficina especial ubicada en el distrito de Ate, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 42-2007 Lima, 22 de enero de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME EDYFICAR solicitando autorización de esta Superintendencia para el traslado de su o fi cina ubicada en el distrito de Ate, provincia de Lima, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1420-2006 de 31 de octubre de 2006 se autorizó la apertura de la citada ofi cina especial; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifi can el traslado de domicilio solicitado , habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C” mediante Informe Nº 019- 2007-DEM “C “ y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 0118-2005 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Edy fi car el traslado de su o fi cina especial ubicada en la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre, cruce con la Calle R. Huallaga, Asociación Los Ángeles, sector D, Mz D – Lote 22, hacia su nuevo local en Av. Carretera Central 6670 – CP Vitarte Central, distrito de Ate, provincia de Lima y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 20105-1 Actualizan capital social mínimo de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros correspondiente al año 2007 CIRCULAR Nº CS-13-2007 CIRCULAR Nº CS-13-2007 AS-13-2007 ------------------------------------------ Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al año 2007 ------------------------------------------ Lima, 23 de enero de 2007