Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (01/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de febrero de 2007 338890 Que, la recurrente adjunta los Planos de Ubicación, de Lotización y Memoria Descriptiva; Certi fi cado de Zoni fi cación y Vías Nº 138-99-MML/DMDU-OPDM, y el Plano de Zoni fi cación Nº 533-99-MML/DMDU-OPDM/ DPTN, en formato A-4, expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, Declaraciones Juradas legalizadas de inexistencia de canales de regadío, de inexistencia de feudatario, así como que, los dé fi cit de aportes tanto de recreación pública, como al Ministerio de Educación serán redimidos en dinero, Carta SP-SPYO-23492 otorgada por EDELNOR que informa que es técnicamente factible suministrarle el servicio eléctrico y Carta Nº 1256-2003/ET- N de SEDAPAL, que señala que la habilitación Programa de Vivienda La Alborada de Santa Rosa II, esta considerada en el Sector 256, del estudio denominado “Factibilidad para el mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los ex Fundos Oquendo, Santa Rosa, Naranjal, Chuquitanta y Parque Porcino del distrito de San Martín de Porres”, que forma parte de los actuados en el expediente administrativo; Que, mediante Acuerdo Nº 04-2002, tomado en Sesión Nº 04-2002 de fecha 24-10-02, la Comisión Técnica Dictaminadora y Cali fi cadora de Habilitaciones Urbanas de San Martín de Porres, dictamino en forma favorable la Habilitación Urbana Ejecutada de Densidad Media R-4, Residencial de Densidad Alta R-5 de Tipo Progresivo por contar con obras parcialmente ejecutadas del terreno de 16,100.00 m², ubicado en la Parcela UC 10210, del ex Fundo Santa Rosa, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, el recurrente presenta el Plano de Lotización, al cual se le asigna el Nº 053-02-DPHU-DDU/MDSMP, el mismo que ha sido visado por los Miembros de la Comisión Técnica Dictaminadora y Cali fi cadora de Habilitaciones Urbanas de esta Comuna; Que, de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML, se han establecido el aporte de Recreación Pública con un área de 2,276.39 m², con un dé fi cit de 2,276.39 m², como aporte del Ministerio de Educación un área de 276.06 m², con un dé fi cit de 276.06 m² , el aporte para SERPAR con un área total de 276.06 m², con un dé fi cit de 276.06, aporte para Otros Fines: 275.72 m², con un dé fi cit de 275.72 m²; Que, el recurrente ha cumplido con el pago por gastos administrativos, mediante Recibos de Pago Nº 1108537 por Derecho de Trámite, Nº 1108538 y Nº 1146051 por Inspección Ocular, Nº 1146050 y Nº 060172126 por Revisión de Proyecto, y Nº 010218402 por Emisión de Resolución; Que, mediante Informe Técnico N° 251-2002-MDSMP- DDU-DPHU de fecha 27 de setiembre de 2002, se otorga la procedencia administrativa del trámite de habilitación urbana ejecutada de tipo progresivo, por haber cumplido con los requisitos y pagos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Estando al Informe Nº 1420-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, la Ordenanza 292-MML, y por el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, la Habilitación Urbana Ejecutada de Tipo Progresivo, para uso Residencial de Densidad Media R4 y Residencial de Densidad Alta–R5 denominada PROGRAMA DE VIVIENDA “LA ALBORADA DE SANTA ROSA II” del terreno de 16,100.00 m², ubicado en la Parcela UC. 10210 del ex Fundo Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 053-02-DPHU- DDU/MDSMP. Artículo Segundo.- Autorizar a INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.Lda, . para ejecutar en un plazo de dos años computados a partir de la fecha de Noti fi cación de la presente Resolución, las obras faltantes de habilitación, como son la culminación de obras de electri fi cación, agua potable, alcantarillado, pistas y veredas del predio de 16,100.00 m², debiendo sujetarse al plano fi rmado, a las características y especi fi caciones técnicas siguientes:Diseño: Se hará según el siguiente Cuadro de Áreas: Área Total Bruta 16,100.00 m² Área Afecta Vía Metropolitana 2,297.10 m²Área afecta a Aportes 13,802.90 m²Área Afecta a Aportes R5 6,893.10 m²Área Afecta a Aportes R4 6,909.80 m²Área Útil Vendible : 7,700.73 m²Área de Vías 6,102.17 m² CUADRO DE APORTES * APORTES REGLAMENTO R5 (m²)REGLAMENTO R4 (m²)TOTAL REGLAM R5 y R4 (m²)PROYECTO (m²)DÉFICIT (m²) RECREACIÓN PÚBLICA23% 1,585.41 10% 690.98 2,276.39 ------- 2,276.39 MIN. EDUCACIÓN2% 137.86 2% 138.20 276.06 ------- 276.06 OTROS FINES4% 275.72 ---- ------ 275.72 ------- 275.72 SERPAR (Parq. Zonales)2% 137.86 2% 138.20 276.06 ------- 276.06 VENDIBLE MINIMO12% 827.17 5% 345.49 1,172.66 Incluido en área útil conformado por lotes en Esquina y Av. * Los aportes en dé fi cit serán redimidos en dinero Calzadas: Podrán ser del Tipo Rígido o del Tipo Flexible. La cali fi cación del tipo de habilitación es “B”, las dimensiones y características de los componentes de las calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas de esta Municipalidad, tomando en cuenta la carga por efecto del transito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. Aceras: Serán de concreto de calidad f’c = 140 Kg. / cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuara sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾ “ cada 5ml. Sardineles: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. Ancho x 0.30 m altura, de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069-2001- MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Construcciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Obras sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. Electricidad: Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inició y terminó de las obras, los mismos que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. Instalaciones telefónicas: para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER que quede como carga inscrita en el Registro de Predios la obligación de los propietarios de cancelar el dé fi cit de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dinero antes de la Recepción de Obras, en consecuencia quedan en garantía los Lotes del 1 al 27 de la Manzana B. El défi cit de aportes para Recreación Pública de 2,276.39 m² y para Otros Fines de 275.72 m², serán valorizados y cancelados en la Municipalidad de San Martín de Porres, el dé fi cit para el Ministerio de Educación de 276.06 m²,