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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (01/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de febrero de 2007 338892 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTÍSIMO SALVADOR DE PACHACÁMAC Visto el Informe Nº 008-2007-GA/MDSSP, de la Gerencia de Administración de cual remite el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Santísimo Salvador de Pachacámac, para el Ejercicio Presupuestal correspondiente al período 2007; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establecen que las municipalidades son órganos del Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 053-2006-MDP/C, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA 2007) y promulgado mediante Resolución de Alcaldía Nº 733-2006-MDP/A de fecha 27 de diciembre del 2006; Que el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM establece que “Cada Entidad elaborará un Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones; dicho plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, la Gerencia de Administración y la Unidad de Logística en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto han procesado y consolidado los requerimientos de los usuarios de la Municipalidad Distrital de Santísimo Salvador de Pachacámac, para la elaboración del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2007, la misma que debe ser aprobada mediante Resolución de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º incisos 6) y 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Santísimo Salvador de Pachacámac para el ejercicio presupuestal del año fi scal 2007. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Administración supervise la Aprobación y Difusión del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, en los medios establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 084-2007-PCM. Regístrese, comuníquese, archívese. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 21626-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban subdivisión de lote ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 135 -06-GODU/MDS Surquillo, 16 de noviembre de 2006 LA GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDADDE SURQUILLO Visto, el Expediente N° 83493-05, promovido por doña EDITH SALAZAR EUSTAQUIO de FLORES, don: MARCO HERMINIO FLORES AGUILAR y don, CARLOS ALBERTO SALAZAR CHUQUILLANQUI, quienes solicitan la SUBDIVISIÓN del Lote Matriz. Ubicado con frente a calle Borges N° 121 (Manzana M, Lote 12), esquina con calle Chejov (Antes Calle C) de la Urbanización Popular Villa Victoria y El Porvenir Parcela 1 del distrito de Surquillo, con el área de 206.00 m2, en tres Sublotes 12A, 12B y 12C;CONSIDERANDO: Que, los recurrentes acreditan la propiedad del Lote Matriz con la Copia Literal de Dominio Partida N° P03194240 de la SUNARP; planos de ubicación y Localización (U-l), planos de Subdivisión de Lote (SUB-1), y Memoria Descriptiva de la Subdivisión de Lote; y demás documentos que obran en autos; cumple con lo exigido por el TUPA; Que, en el Informe N° 007-05/SGCHU/GODU del 16-06- 2005, de Catastro, se detalla que el Lote Matriz materia de la Subdivisión de acuerdo a la veri fi cación de los Planos U -1 y SUB –1 comprenden; el Sublote 12A con 103.00 m2, ubicado en calle Borges N°121 esquina con pasaje Chejov, el Sublote 12B con 51.50 m2, ubicado en pasaje Chejoy, y el Sublote 12C con 51.50 m2, ubicado en pasaje Chejov; Que, el precedente Informe de Catastro y Habilitaciones urbanas aprueba la Subdivisión solicitada del Lote Matriz de 206.00 m2, ubicado con frente a calle Borges N° 121 (Manzana M, Lote 12), esquina con calle Chejov (Antes calle C) de la Urbanización Popular Villa Victoria y El Porvenir - Parcela 1 del distrito de Surquillo, de la provincia y departamento de Lima; con la zoni fi cación I1R (Zona de Vivienda Taller); Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás normas vigentes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Subdivisión del Lote Matriz de 206.00 m2, sito, en calle Borges N° 121 (Manzana M, Lote 12), esquina con calle Chejov (Antes Calle C) de la Urbanización Popular Villa Victoria y El Porvenir - Parcela 1 del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; con la Zoni fi cación I1R, Zona de Vivienda Taller; conforme al área, linderos y medidas perimétricas siguientes: ÁREA LOTE MATRIZ 206.00 m2 (PLANO: SUB 1) Por el Frente, con calle Borges, con 10.30 ml. Por la Derecha, con LOTE 11, con 20.00 ml. Por la Izquierda, con calle Chejov (Antes calle C), con 20.00 ml. Por el Fondo, con LOTE 1, con 10.30 ml. ÁREA SUBLOTE 12A 103.00 m2 (PLANO: SUB –1) Por el Frente, con calle Borges, con 10.30 ml. Por la Derecha, con LOTE 11, con 10.00 ml.Por la Izquierda, con calle Chejov (Antes calle C), con 10.00 mI. Por el Fondo, con el SUBLOTE 12B, con 10.30 ml. ÁREA SUBLOTE 12B 51.50 m2 (PLANO: SUB-1) Por el Frente, con calle Chejov (Antes Calle C), con 5.00 ml. Por la Derecha, con SUBLOTE 12A,con 10.30 ml. Por la Izquierda, con SUB-LOTE 12C, con 10.30 ml. Por el Fondo, con el LOTE 11, con 5.00 ml. ÁREA SUBLOTE 12C 51.50 m2 (PLANO: SUB-1) Por el Frente, con calle Chejov (Antes Calle C), con 5.00 ml. Por la Derecha, con SUBLOTE 12B, con 10.30ml.Por la Izquierda, con LOTE 1, con 10.30 ml.Por el Fondo, con el LOTE 11, con 5.00 ml. Artículo Segundo.- Las características de los Sub- Lotes resultantes 12A, 12B y 12C fi guran en los Planos y Memoria Descriptiva anexos, que forman parte de la presente Resolución debidamente visados. Artículo Tercero.- Los recurrentes en cumplimiento de lo prescrito en el numeral II -XII-4.2, Capítulo XIII, del Reglamento Nacional de Construcciones y del D.S. N° 038- 85-VC, deben abonar el 2% del Lote Matriz cuya división da origen a tres Sublotes precitados, o redimirlo en dinero según el valor arancelario del terreno. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, que corre a cargo de los recurrentes, el cual debe efectuarse dentro de 30 días a partir de su noti fi cación. Artículo Quinto.- Transcríbase esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la revisión de los aportes que correspondan, asimismo, a la O fi cina Registral de Lima y Callao, para la Inscripción Inmobiliaria que corresponda. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente determinación a la Sub gerencia de Catastro