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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (04/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Lima, domingo 4 de febrero de 2007 339067 - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 19 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 19 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 24 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 19 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 38 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 38 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 47 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 38 m3. b. Vigencia de Asignación de consumo- La Asignación de Consumo de 38 m3 se aplicará hasta el término del segundo año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. A partir del tercer año será de aplicación solamente la Asignación de Consumo de 19 m3. A.2.- Localidades de Chepen, Chocope, Pachanguilla, Puerto Malabrigo, Paijan y Moche. 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/./Mes) 2,50 El cargo fi jo se reajusta por efecto de la in fl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 029-2005-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,263 0,263 0,297 0,297 0,297 Doméstico 0 a 8 0,930 0,930 1,049 1,049 1,049 8 a 20 1,062 1,062 1,198 1,198 1,198 20 a más 2,358 2,358 2,660 2,660 2,660 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 1,668 1,668 1,882 1,882 1,882 20 a más 2,772 2,772 3,127 3,127 3,127 Industrial 0 a 60 2,358 2,358 2,660 2,660 2,660 60 a más 3,292 3,292 3,713 3,713 3,713 Estatal 0 a 20 1,062 1,062 1,198 1,198 1,198 20 a más 2,358 2,358 2,660 2,660 2,660 b) Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,141 0,141 0,159 0,159 0,159 Doméstico 0 a 8 0,497 0,497 0,561 0,561 0,561 8 a 20 0,568 0,568 0,641 0,641 0,641 20 a más 1,261 1,261 1,422 1,422 1,422 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 0,892 0,892 1,006 1,006 1,006 20 a más 1,483 1,483 1,673 1,673 1,673 Industrial 0 a 60 1,261 1,261 1,422 1,422 1,422 60 a más 1,761 1,761 1,986 1,986 1,986 Estatal 0 a 20 0,568 0,568 0,641 0,641 0,641 20 a más 1,261 1,261 1,422 1,422 1,422 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 16% y 12,8% correspondientes a los años 1 y año 3, respectivamente. Sin embargo, el incremento tarifario se realizará de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Doméstico(1)Social 19 24 15 VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Comercial Industrial Estatal(2) 28 95 19 24 (1) Categoría Doméstico a. Aplicación de Asignación de Consumo- Usuarios con Asignación de Consumo actual de 19 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 19 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 38 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 24 m3. b. Vigencia de Asignación de consumo- La Asignación de Consumo de 24 m3 se aplicará hasta el término del segundo año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. A partir del tercer año será de aplicación solamente la Asignación de Consumo de 19 m3. (2) Categoría Estatala. Aplicación de Asignación de Consumo- Usuarios con Asignación de Consumo actual de 19 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 19 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 38 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 24 m3. b. Vigencia de Asignación de consumo- La Asignación de Consumo de 24 m3 se aplicará hasta el término del segundo año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. A partir del tercer año será de aplicación solamente la Asignación de Consumo de 19 m3. B.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS . 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoría se re fi eren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al límite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el límite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicará sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignación de consumo aplicable. 2. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicará de acuerdo al procedimiento para la determinación del importe a facturar por agua potable establecido en la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS.PROYECTO