Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2007 (04/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de febrero de 2007

PROYECTO
actual de Consumo actual de Consumo actual de Consumo actual de Consumo
Comercial 28

339067

-

Usuarios con Asignacion de Consumo 19 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 19 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 24 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 19 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 38 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 38 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 47 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 38 m3.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Domestico(1) 24

19

Social 15

VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Industrial Estatal (2) 95 19

24

(1) Categoria Domestico b. Vigencia de Asignacion de consumo a. Aplicacion de Asignacion de Consumo La Asignacion de Consumo de 38 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 19 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 19 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 19 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 38 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 24 m3. actual de Consumo actual de Consumo

A.2.- Localidades de Chepen, Chocope, Pachanguilla, Puerto Malabrigo, Paijan y Moche. 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/./Mes) 2,50 El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 029-2005-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN

b. Vigencia de Asignacion de consumo La Asignacion de Consumo de 24 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 19 m3.

(2) Categoria Estatal a. Aplicacion de Asignacion de Consumo -

a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE RANGOS CATEGORIA m3/mes RESIDENCIAL Social 0 a mas Domestico 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 Industrial Estatal 20 a mas 0 a 60 60 a mas 0 a 20 20 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) 0,263 0,930 1,062 2,358 1,668 2,772 2,358 3,292 1,062 2,358 Ano 2 0,263 0,930 1,062 2,358 1,668 2,772 2,358 3,292 1,062 2,358 Ano 3 (1) 0,297 1,049 1,198 2,660 1,882 3,127 2,660 3,713 1,198 2,660 Ano 4 0,297 1,049 1,198 2,660 1,882 3,127 2,660 3,713 1,198 2,660 Ano 5 0,297 1,049 1,198 2,660 1,882 3,127 2,660 3,713 1,198 2,660

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Usuarios con Asignacion de Consumo 19 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 19 m3. Usuarios con Asignacion de Consumo 38 m3 se le aplicara Asignacion de equivalente a 24 m3.

actual de Consumo actual de Consumo

b. Vigencia de Asignacion de consumo La Asignacion de Consumo de 24 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 19 m3.

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. 2. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento para la determinacion del importe a facturar por agua potable establecido en la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS.

b) Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) 0,141 0,497 0,568 1,261 0,892 1,483 1,261 1,761 0,568 1,261 Ano 2 0,141 0,497 0,568 1,261 0,892 1,483 1,261 1,761 0,568 1,261 Ano 3 (1) 0,159 0,561 0,641 1,422 1,006 1,673 1,422 1,986 0,641 1,422 Ano 4 0,159 0,561 0,641 1,422 1,006 1,673 1,422 1,986 0,641 1,422 Ano 5 0,159 0,561 0,641 1,422 1,006 1,673 1,422 1,986 0,641 1,422

RESIDENCIAL Social 0 a mas Domestico 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 Industrial Estatal 20 a mas 0 a 60 60 a mas 0 a 20 20 a mas

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 16% y 12,8% correspondientes a los anos 1 y ano 3, respectivamente. Sin embargo, el incremento tarifario se realizara de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

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