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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de febrero de 2007 339063 VISTO: Los siguientes informes: Informe Nº 001-2007-MDY/ AL, Informe Nº 001-2007-CPVL/MDY, Informe Nº 001-2007-ABAST/MDY, e, Informe Nº 001-GM/MDY, los cuales fueron vistos en sesión de Concejo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27470 - Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche y su modi fi catoria Ley Nº 27712, D.S. Nº 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y D.S. Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; La Municipalidad Distrital entre sus funciones que la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su Art. 84º, inciso 2, apartado 2.11 re fi ere que la Municipalidad Distrital es ejecutor de Programa del Vaso Leche en concordancia con normativa de la materia; El Programa del Vaso de Leche debe cumplir con el requisito, que exige un abastecimiento obligatorio para atender a los bene fi ciados; En tal sentido, según señala el Art. 21º del D.S. Nº 083- 2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; POR TANTO: Estando en uso y atribuciones que con fi ere la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar el desabastecimiento inminente del PROGRAMA VASO DE LECHE. Artículo Segundo.- Publíquese dentro de los diez días de aprobada la presente resolución, en Diario O fi cial El Peruano, y Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Artículo Tercero.- Remítase copia de la resolución y los informes que sustenta la presente resolución a Contraloría General de República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Cuarto.- Dése cuenta a las instancias respectivas para su conocimiento y cumplimento. Regístrese, comuníquese y archívase.GASPAR CÓRDOVA CÓRDOVA Alcalde 23180-1 PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de Resolución que aprueba fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS SEDALIB S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2007-SUNASS-CD Lima, 31 de enero de 2007 VISTOS: La Resolución Nº 005-2006-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima – EPS SEDALIB S.A., conforme a lo establecido en el artículo 32º de la Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento; El Memorándum Nº 006-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS SEDALIB S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – y sus modi fi catorias, faculta a los organismos reguladores a fi jar las tarifas de los servicios públicos bajo su ámbito; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27838 – Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas – establece que el Organismo Regulador deberá prepublicar en su página web institucional y en el Diario O fi cial El Peruano, el Proyecto de Resolución que fi je la tarifa regulada y una relación de los informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan su sustento; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27838 señala que el Organismo Regulador está obligado, con anterioridad a la publicación de la Resolución que fi ja tarifas reguladas, a realizar audiencias públicas descentralizadas en las que sustentarán y expondrán los criterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes que servirán de justi fi cación en la fi jación de las tarifas reguladas; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, se aprobó la “Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento”, la cual dispone (i) la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación en el ámbito de la prestación de servicios de la EPS y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que apruebe la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; El Consejo Directivo en Sesión Nº 001-2007; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de la Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima – EPS SEDALIB S.A.; así como su exposición de motivos y la relación de los documentos que la sustentan, los cuales forman parte de la presente Resolución. La publicación referida se efectuará en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario