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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de febrero de 2007 339053 SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR, a partir de la fecha la renuncia del servidor JUAN BENDEZU CANCHOA, al cargo público de con fi anza de Director de la O fi cina de Inteligencia de la O fi cina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario, nivel F-2, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- ROTAR, a partir de la fecha al servidor JUAN BENDEZU CANCHOA, Agente Penitenciario, nivel STF, de la O fi cina General de Seguridad al Establecimiento Penitenciario de Lurigancho de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario, donde se le asignará funciones. Artículo 3°.- DISTRIBUIR, copia de la presente resolución al interesado e instancias correspondientes, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MAVILA LEÓN Presidente 23102-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen montos de servicios de emisión, determinación y distribución de tributos para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 270-MDB Barranco, 15 de enero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en Sesión Extraordinaria de la fecha, visto el Informe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto Nº 003-2007-OPP-MDB, e Informe Nº 11-OAJ/MDB de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley, señalando que las Ordenanzas son las normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, a cobrar no más de 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria Vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de Declaraciones Juradas; Que, resulta necesario señalar los montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de tributos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2007;Que, mediante Decreto Supremo Nº 213-2006-EF se determina el valor de la UIT en S/. 3,450 nuevos soles para el ejercicio fi scal del año 2007, siendo necesario establecer los montos del servicio de emisión mecanizada para el ejercicio 2007; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 003-2007- OPP-MDB de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS DE LOS SERVICIOS DE EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE TRIBUTOS PARA EL EJERCICIO 2007 DEL DISTRITO DE BARRANCO Artículo Primero.- Mantener en S/. 10.00 (diez y 00/100 nuevos soles) anuales, el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables por servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación, distribución de la declaración jurada, cronograma de pagos del Impuesto Predial del ejercicio 2007 y hojas de liquidación; hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional se abonará S/. 2.50 (dos y 50/100 nuevos soles) por el servicio mencionado. Artículo Segundo.- Mantener en S/. 1.00 (un y 00/100 nuevos soles) por cada mes, el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables por servicio de emisión mecanizada de determinación de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública (barrido de calles y recojo de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo, incluyendo la distribución a domicilio de la determinación de las tasas y cronograma de pagos correspondientes al ejercicio 2007. Artículo Tercero.- Aprobar el Informe Técnico que incluye los cuadros de estructura de costos y los cuadros de estimación de ingresos por el servicio de emisión mecanizada de la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2007, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Facúltese al Alcalde a dictar las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 23383-1 Suprimen cobro de derechos por interposición de recursos impugnativos en trámites de las unidades orgánicas de la municipalidad ORDENANZA Nº 272-MDB Barranco, 29 de enero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Memorándum de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto Nº 009-07-OPP-MDB y el Informe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Nº 16-2007-OAJ/MDB; CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el proceso de amparo tramitado bajo el