Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2007 (15/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de febrero de 2007

a llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de menor cuantia, conforme al siguiente detalle: a) Descripcion del producto a adquirir: · 1,227 Glns de 90 oct. · 3,564.25 Glns. de Petroleo Diesel D-2 b) Valor Referencial: · Precio Unitario: S/. 13.09 Precio Total: S/. 16,061.43 (Gasolina de 90 oct.) · Precio Unitario: S/. 10.57 Precio Total: S/. 37,674.12 (Petroleo Diesel D-2) c) Fuente de Financiamiento: Recursos directamente recaudados. d) Tiempo de Exoneracion: Hasta Noventa (90) dias.....". Que, de acuerdo a lo senalado en el Art. 201º inc. 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que "los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision"; Que, del mismo modo el Art. 201º inc. 201.2 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, indica que "la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original"; De conformidad con las facultades establecidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR por error material el articulo MORDAZA del ACUERDO DE CONCEJO Nº 0032007-ML de fecha 8 de enero del 2007, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: .... "Articulo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurin, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva el servicio de adquisicion de combustibles para la flota vehicular y maquinarias de la municipalidad, por la causal invocada en el articulo precedente, procediendose a llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion por exoneracion, conforme al siguiente detalle: a) Descripcion del producto a adquirir: · 1,227 Glns de 90 oct. · 3,564.25 Glns. de Petroleo Diesel D-2 b) Valor Referencial: · Precio Unitario: S/. 13.09 Precio Total: S/. 16,061.43 (Gasolina de 90 oct.) · Precio Unitario: S/. 10.57 Precio Total: S/. 37,674.12 (Petroleo Diesel D-2) c) Fuente de Financiamiento: Recursos directamente recaudados. d) Tiempo de Exoneracion: Hasta Noventa (90) dias.....". Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Subgerencia de Logistica y Margesi y Bienes el estricto cumplimiento de la presente Resolucion, debiendose tomar las medidas correctivas que el caso lo amerita y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

VISTO; El Informe Nº 0019-2007-DRDE/GM de fecha 12.2.07 de la Direccion de Rentas y Desarrollo Economico, por el cual solicita ampliacion del plazo de la Ordenanza Nº 142-MDR; el Informe Nº 025-2007-GM-MDR de fecha 13.2.07 y el Proveido S/N del despacho de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 142-MDR de fecha 16.1.07, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20.1.07, se establecio el Beneficio Tributario y No Tributario por el Pago de Impuesto Predial de los anos 1998 al 2006, Arbitrios Municipales de los anos 2002 al 2006, Multas Tributarias y Administrativas, hasta el dia 15 de febrero; Que, mediante Informe Nº 0019-2007-DRDE/GM de fecha 12.2.07, el Director de Rentas y Desarrollo Economico solicita disponer a quien corresponda que, mediante el acto administrativo respectivo, se proceda a la prorroga de la Ordenanza Nº 142, que establece el Beneficio Tributario y No Tributario en nuestro distrito, hasta el 28.2.07; Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 142-MDR senala que se autoriza al MORDAZA para que a traves de Decreto de Alcaldia pueda disponer las medidas complementarias para la implementacion de la Ordenanza y/o ampliacion de los plazos establecidos; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 142-MDR y los articulos 20º numeral 6) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2007 el plazo para acogerse a los distintos BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS establecidos por la Ordenanza Nº 142-MDR. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Direccion de Rentas y Desarrollo Economico, Oficina de Administracion y Finanzas, Unidad de Informatica, Unidad de Ejecutoria Coactiva y Secretaria General a traves de la Unidad de Imagen Institucional, la implementacion y difusion del presente Decreto de Alcaldia. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA a los catorce dias del mes de febrero de dos mil siete. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

27095-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican las Ordenanzas Nºs. 134 y 137-MSI y aprueban condonacion de arbitrios e intereses moratorios generados por predios de propiedad de asociaciones que brindan educacion a menores provenientes de hogares economicamente menos favorecidos
ORDENANZA Nº 190-MSI
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO:

26720-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse a beneficios tributarios y no tributarios establecidos mediante Ordenanza Nº 142-MDR
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2007-MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA

Visto en Sesion Ordinaria de fecha 21 de diciembre y continuada el 26 de diciembre de 2006, el Informe Nº 19382006-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 4 del articulo 195º de la Constitucion Politica, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley;

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