Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2007 (15/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339745

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 64-2007
MORDAZA MORDAZA, 8 de febrero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO el Informe N° 001-2007-CEPAD/MDJM de fecha 25 de enero de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 050-2007 de fecha 18 de enero de 2007, se conformo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, en el articulo MORDAZA de la precitada Resolucion, se dispone que la Comision designada, queda investida de las facultades de calificacion de las denuncias que le MORDAZA remitidas, pronunciarse sobre la procedencia de abrir procesos administrativos disciplinarios y conducir los mismos con arreglo a ley; Que, con Acuerdo de Concejo N° 008-2007/MDJM de fecha 10 de enero de 2007, se declaro la situacion de desabastecimiento inminente del servicio de limpieza publica y recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos, barrido de calles y mantenimiento de parques y jardines de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por el plazo de 90 dias; Que, en concordancia con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 21 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM en el articulo 3 del indicado Acuerdo dispone que la Gerencia Municipal realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar la responsabilidad derivada de la referida situacion de desabastecimiento; Que, con Memorandum N° 039-2007/MDJM/A, se dispuso el pase a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin que proceda conforme a lo establecido en el articulo 166 del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. N° 005-90-PCM; Que, conforme a lo senalado en el documento del vistos, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, procedio al analisis del Memorandum N° 269-2006-GAJ de fecha 11 de diciembre de 2006 e Informe N° 349-2006-MDJM/ GAJ de fecha 12 de diciembre del 2006, ambos emitidos por el Gerente de Asesoria Juridica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remitidos a la Unidad de Tesoreria, con conocimiento de la Gerencia de Administracion y a la Gerencia Municipal respectivamente que, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de la Republica, mediante Sentencia de fecha 9 de agosto de 2006, en MORDAZA instancia, confirmo la Sentencia de fecha 13 de octubre de 2003, que declaro fundada la demanda y en consecuencia nula la Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones N° 0199-MDJM/CAC de fecha 10 de febrero de 1999, mediante la cual se aprobo el otorgamiento de la buena pro de la Licitacion de Publica Especial N° 01-98-MDJM a la empresa Tour Car Sociedad Anonima ­ hoy INNTEC S.A. -, asi como nulos los demas actos derivados y sucesivos; Que, el Procurador Publico Municipal con Memorandum N° 04-2007-MDJM/PP de fecha 5 de enero de 2007, refiere que contra la Sentencia indicada, no cabe recurso impugnatorio alguno, por lo que ha adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, del analisis de la documentacion remitida se ha determinado que el ex Gerente Municipal y el ex Gerente de Administracion, actuaron con negligencia al no haber adoptado acciones inmediatas frente a la Sentencia de fecha 13 de octubre de 2003, confirmada el 9 de agosto del 2006, por el desabastecimiento inminente que se avecinaba lo que obligo a declarar la situacion de desabastecimiento inminente, por cuanto no se convoco oportunamente el MORDAZA de seleccion correspondiente;

Que, en consecuencia, resulta necesario determinar la presunta responsabilidad administrativa de los funcionarios, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal y MORDAZA Jump Llano, ex Gerente de Administracion; por la comision de la falta tipificada como negligencia en el desempeno de sus funciones tipificada en el inciso d) del articulo 28 del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y el articulo 163 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Municipal y MORDAZA JUMP LLANO, ex Gerente de Administracion; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE a los procesados por intermedio de la Unidad de Tramite Documentario en forma personal dentro del termino de 72 horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion, para que en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion presente sus descargos; en caso no poder efectuarse la notificacion personal, se debera proceder a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 050-2007, llevar adelante el MORDAZA administrativo instaurado en el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- PONGASE en conocimiento de la Gerencia Municipal, Organo de Control Institucional y Unidad de Personal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

26765-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Rectifican error material incurrido en el Acuerdo de Concejo Nº 003-2007ML, mediante el cual se exonero de MORDAZA de seleccion la adquisicion de combustibles
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 055-2007-ALC/ML
Lurin, 5 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO: El Oficio Nº E 088-2007GNP/APS de la Subgerencia de Administracion de la Plataforma del SEACE, del CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISIONES DEL ESTADO - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de enero del 2007, se aprobo el ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-ML, el mismo que resuelve Declarar en la situacion de Desabastecimiento Inminente, por espacio de hasta Noventa (90) dias, el servicio de adquisicion de combustibles para la flota vehicular y maquinarias de la Municipalidad Distrital de Lurin; Que, en dicho Acuerdo establece en su articulo 2º lo siguiente: .... "Articulo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurin, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva el servicio de adquisicion de combustibles para la flota vehicular y maquinarias de la municipalidad, por la causal invocada en el articulo precedente, procediendose

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