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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de febrero de 2007 339704 CONSIDERANDO: Que el 27 de febrero de 2007, en la ciudad de Quito, República de Ecuador se llevará a cabo una Reunión convocada por la Secretaría Permanente de la Organización Latinoamericana de Energía - OLADE; Que es indispensable la participación de un representante del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN en la mencionada Reunión debido a que ella se abordarán temas que tendrán un alto impacto en las transacciones internacionales de electricidad, pues se plantea como agenda, el fortalecimiento de la Decisión 536 de la Comunidad Andina de naciones - CAN; Que, por tanto se ha designado al Gerente General Adjunto de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN con la fi nalidad que asista al citado evento; Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por el presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Víctor Ormeño Salcedo, Gerente General Adjunto de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 26 al 28 de febrero de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 860,00 Viáticos US$ 400,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 ------------ Total US$ 1 290,25 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º .- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 27476-8 AGRICULTURA Relación de plaguicidas químicos de uso agrícola y productos biológicos formulados registrados en el mes de enero de 2007 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 212-2007-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 6 de febrero de 2007 CONSIDERANDO Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor signi fi cación socioeconómica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo señalado por el Artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, establece que la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdirección de Insumos Agrícolas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-2006-AG- SENASA se continua con el proceso de implementación del ROF del SENASA; asumiendo sus funciones la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y la Subdirección de Insumos Agrícolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiendo en su Artículo 53° que el SENASA publicará mensualmente la relación de plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentación especí fi ca para el registro y control de productos biológicos se aplicarán las disposiciones referentes al registro de éstos, contendidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG; Que, el Artículo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercialización y Control de Plaguicidas Agrícolas y Sustancias Afines, aprobado con Decreto Supremo Nº 15-95-AG, y actualmente aplicable sólo para el registro de los productos biológicos formulados, señala que el SENASA publicará mensualmente la relación de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorándum Nº 285-2007-AG- SENASA-DIAIA-SDIA de fecha 2 de febrero de 2007, la Subdirección de Insumos Agrícolas ha remitido el listado de plaguicidas químicos de uso agrícola y productos biológicos formulados registrados en el mes de enero de 2007; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 16-2000-AG y sus normas modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 008-2005- AG, la Resolución Jefatural Nº 001-2006-AG-SENASA, la Resolución Jefatural Nº 021-2006-AG-SENASA y la Resolución Jefatural Nº 044-2006-AG-SENASA; y con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de los plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes de enero de 2007, según la siguiente relación: Nº de Registro PQUANombre comercialIngrediente activoClasePaís de origenTitular del registro 066- SENASAPermekill 50 CEPermethrin InsecticidaGran Bretaña / PerúPineral Andina S.A. 067- SENASANexus 50 SLCianamida hidrogenadaRegulador de crecimientode plantasChile Hortus S.A. 068- SENASAFunga fl or 500 CEImazalil Fungicida BélgicaInversiones Interamericanas S.A. Artículo 2º.- Disponer la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de los productos biológicos formulados registrados en el mes de enero de 2007, según la siguiente relación: Nº de Registro PBUANombre comercialIngrediente activoClasePaís de origenTitular del registro 086-SENASA Tri-HorAuxinas + Ácido giberelico + Ácidos nucleicos + AminoácidosBioestimulante PerúComercial AndinaIndustrial S.A.C. 087-SENASA FolcistinAATC + Acido fólicoBioestimulante ArgentinaC. Carbo & Cia. S.A.C. 088-SENASA Biorend Quitosano Bioestimulante ChileAgroimex S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE L. JAVE NAKAYO Director General (e)Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 26699-1