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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (15/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de febrero de 2007 339714 el Servicio Policial, lesión sufrida como “CONSECUENCIA DEL SERVICIO”; Que, mediante R.M. Nº 0817-2006-IN/PNP de 8MAR2006, se le autorizó al citado ex servidor PNP para viajar al extranjero y someterse a tratamiento Médico Especializado en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA-CUBA, por un período de VEINTIÚN (21) días; Que, con O fi cio Nº 293-06-DIRSAN-PNP-DIREJADM- DTE de 11OCT2006, el Director Ejecutivo de Administración de los Servicios de Salud de la DIRSAN-PNP, solicita se expida Resolución autoritativa para viaje al extranjero del SOT2 AE PNP (R) Héctor Reynaldo MORENO KITMANG, para continuar con su Tratamiento Médico Quirúrgico Especializado, de 15 sesiones de Cámara Hiperbárica, Injerto óseo para resolver foco de la Pseudoartrosis, Alargamiento de hueso resolviendo el acortamiento del miembro inferior izquierdo de 10 cm. posteriormente fi sioterapia especializado, en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA- CUBA, por un período de TRES (3) meses, por adolecer de “PSEUDOARTROSIS DE FRACTURA SUPRACONDILEA DE FÉMUR IZQUIERDO OPERADO (M84.1)”; Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú, mediante, las Actas de Junta Médica Nº 503-06.HN.LNS.PNP.DIVCIR- DEPTRA de 21JUN2006 y de la Junta Inter-Sanidades Nº 009-06-HC.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA de 14JUL2006, el mencionado ex servidor PNP requiere continuar con su Tratamiento Médico Quirúrgico Especializado, de 15 sesiones de Cámara Hiperbárica, Injerto óseo para resolver foco de la Pseudoartrosis, Alargamiento de hueso resolviendo el acortamiento del miembro inferior izquierdo de 10 cm. posteriormente fi sioterapia especializado, en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA-CUBA; Que, el Informe Nº 375-2006-DIREJADM-DIRECFIN- PNP-DEP/DA.SDB, de 30OCT2006, señala que la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionado ex servidor el concepto de Remuneración por Tratamiento Médico Quirúrgico Especializado en el Extranjero y el O fi cio Nº 293-06- DIRSAN-PNP-DIREJADM-DTE de 11OCT2006, mediante el cual el Director Ejecutivo de Administración de los Servicios de Salud de la DIRSAN-PNP, comunica que cubrirá los gastos del Tratamiento Médico Quirúrgico Especializado al mencionado Hospital; asimismo sufragará el gasto de pasaje, equipaje e Impuesto CORPAC para el mencionado ex servidor PNP; Que, de conformidad a lo preceptuado en la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viaje al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, D.S. Nº 047-2002-PCM de 5JUN2002 que aprueba normas reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por R.M. Nº 1472-2006-IN/PNP de 9JUN2006; Lo dictaminado por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en su Dictamen Nº 4583-2006-DGPNP/AJ de 7NOV2006; Lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al SOT2 AE PNP (R) Héctor Reynaldo MORENO KITMANG, para ser sometido a tratamiento Médico Quirúrgico Especializado en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA-CUBA, por un período de TRES (3) meses, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionado ex servidor PNP la cantidad de ONCE MIL OCHENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 11,088.00) DÓLARES AMERICANOS, por concepto de remuneración por Tratamiento Médico en el extranjero. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos que demande su tratamiento Médico Especializado en el Complejo Cientí fi co Ortopédico Internacional “FRANK PAIS” de LA HABANA-CUBA; por la suma de DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 16,686.00) DÓLARES AMERICANOS; asimismo sufragará el gasto por concepto de Pasaje la cantidad de MIL NUEVE CON 84/100 ($ 1,009.84) DÓLARES AMERICANOS y TREINTA CON 25/100 ($ 30.25) DÓLARES AMERICANOS por Impuesto CORPAC. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a solicitar liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por la señora Ministra del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 27476-9 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición activa de procesado y disponen su presentación al Gobierno de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2007-JUS Lima, 14 de febrero de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 022-2007/COE-TC del 6 de febrero de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado JOSÉ ALBERTO OLIVERI AGURTO, formulada por el Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 22 de noviembre de 2007 y su Resolución Consultiva Integradora de fecha 24 de enero de 2007, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado JOSÉ ALBERTO OLIVERI AGURTO, por delito contra la administración pública - peculado en agravio del Estado Peruano (Exp. Nº 81-2006); Que, mediante el Informe Nº 022-2007/COE-TC del 6 de febrero de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima, el 25 de julio de 2001, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 27827 del 22 de agosto de 2002 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JOSÉ ALBERTO OLIVERI AGURTO, formulado por el Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala